El Estado tendr¨¢ que indemnizar a la familia de Jos¨¦ Couso por no presionar a EE UU para que investigara su muerte
El Supremo sostiene que Espa?a ¡°se limit¨® a dar por buenos¡± los argumentos de Washington
El Estado tendr¨¢ que indemnizar con 182.290 euros a la familia de Jos¨¦ Couso, el reportero de Telecinco asesinado en 2003 durante la guerra de Irak, por no presionar a Estados Unidos para que investigara su muerte. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que declar¨® la responsabilidad patrimonial del Estado por los perjuicios ocasionados a la viuda y los hijos de Couso por la ¡°omisi¨®n de protecci¨®n diplom¨¢tica¡±, un deber que, advierten los magistrados, eludi¨® Espa?a. El Estado, sostiene la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ¡°estaba obligado¡± a ¡°hacer gestiones en pro de una investigaci¨®n internacional objetiva de los hechos¡± y no debi¨® ¡°dar la callada por respuesta o limitarse a dar por buenos los argumentos¡± de Estados Unidos.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Wenceslao Olea, rechaza el recurso presentado por la Abogac¨ªa del Estado contra el fallo de la Audiencia Nacional, que reconoci¨® el derecho a una indemnizaci¨®n de 99.430 euros para la viuda del c¨¢mara asesinado y 41.430 para cada uno de sus dos hijos. La resoluci¨®n de la secci¨®n quinta de lo Contencioso sirve para fijar jurisprudencia sobre c¨®mo y cu¨¢ndo los ciudadanos espa?oles pueden invocar la protecci¨®n diplom¨¢tica del Estado tras sufrir un da?o por un delito cometido por otro Estado. Y los magistrados concluyen que la falta de auxilio por parte de la Administraci¨®n puede generar una responsabilidad patrimonial del Estado, como ha ocurrido en este caso.
¡°Los ciudadanos espa?oles tienen derecho a la protecci¨®n diplom¨¢tica por parte de la Administraci¨®n nacional, para el resarcimiento de los perjuicios ocasionados por un hecho il¨ªcito, conforme al Derecho Internacional, ocasionado directamente por otro Estado; siempre y cuando el propio perjudicado no haya podido obtener la reparaci¨®n por los mecanismos de Derecho interno del Estado productor del da?o, siempre que est¨¦n establecidos y sea razonable obtener un pronunciamiento expreso en tiempo razonable¡±, concluye el tribunal. ¡°Lo que no es admisible¡±, a?ade el Supremo, ¡°es omitir cualquier acci¨®n que no sea la de dar por buenas las escuetas explicaciones dadas por las autoridades del Estado que ocasion¨® el da?o, sino la b¨²squeda de una valoraci¨®n objetiva de los hechos, con las consecuencias que resultaran procedentes¡±.
El abogado del Estado aleg¨® ante el Suprmeo que la familia del c¨¢mara no agot¨® los recursos internos de reclamaci¨®n ante los tribunales de los Estados Unidos, un argumento que no acepta el tribunal porque exigirle a la viuda y los hijos adentrarse en una batalla en los tribunales contra Estados Unidos ¡°requiere una importante disponibilidad econ¨®mica de la que no consta pudieran asumir los recurrentes¡±. En definitiva, ¡°si tan necesaria se consideraba por la Administraci¨®n esa pretendida necesidad de haber realizado dicha reclamaci¨®n, bien se pudo no asumir esa reclamaci¨®n la Administraci¨®n espa?ola, que no est¨¢ incluida en la protecci¨®n, pero s¨ª facilitar los medios para dicha reclamaci¨®n¡±, apunta el Supremo.
La sentencia de la Audiencia que ahora ha confirmado el Supremo concluy¨® que no consta por parte del Gobierno espa?ol ¡°la realizaci¨®n de gesti¨®n alguna tendente, no ya al reconocimiento de la ilicitud del ataque [por parte de EEUU], sino a la reparaci¨®n de sus consecuencias patrimoniales de un modo razonable. Y ello pese a las muy numerosas peticiones que al respecto se formularon por diversos grupos parlamentarios seg¨²n consta en el expediente administrativo¡±. Los tribunales espa?oles intentaron investigar lo ocurrido, pero se vieron obligados a dar carpetazo a la causa penal abierta contra los militares estadounidenses debido al recorte en la justicia universal aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy (PP).
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.