El arte de la espontaneidad
El teniente fiscal Juan Ignacio Campos, a cargo desde los primeros d¨ªas de junio de 2020 de las tres investigaciones de la Fiscal¨ªa del Tribunal Supremo sobre actividades presuntamente il¨ªcitas de Juan Carlos I, se plante¨® que era fundamental para su equipo respetar escrupulosamente tres circunstancias, por as¨ª decir, procesales: la notificaci¨®n al representante legal del rey em¨¦rito de cada una de las diligencias de investigac...
El teniente fiscal Juan Ignacio Campos, a cargo desde los primeros d¨ªas de junio de 2020 de las tres investigaciones de la Fiscal¨ªa del Tribunal Supremo sobre actividades presuntamente il¨ªcitas de Juan Carlos I, se plante¨® que era fundamental para su equipo respetar escrupulosamente tres circunstancias, por as¨ª decir, procesales: la notificaci¨®n al representante legal del rey em¨¦rito de cada una de las diligencias de investigaci¨®n a medida que se fueran abriendo, la oferta de su personaci¨®n en ellas y la pr¨®rroga de la investigaci¨®n cada seis meses si fuese necesario, siempre con motivaci¨®n, seg¨²n se establece en las normas de la Fiscal¨ªa General del Estado.
Cada una de esas tres exigencias se cumplieron. Las notificaciones, la propuesta de ser parte de las diligencias y las pr¨®rrogas. En nuestras conversaciones, d¨ªas antes de someterse a una intervenci¨®n quir¨²rgica, Campos me confirm¨® que las notificaciones hab¨ªan sido tres y se?al¨® que propuso al abogado de Juan Carlos I personarse en las investigaciones sin que este ¨²ltimo lo hiciera.
Las primeras diligencias no preocupan a los asesores del em¨¦rito porque el pago de 100 millones de d¨®lares a una cuenta suiza de Juan Carlos I el 8 de agosto de 2008, no declarados a Hacienda, tuvo lugar cuando gozaba de inviolabilidad. La segunda notificaci¨®n fue objeto de la primera regularizaci¨®n fiscal del rey em¨¦rito para evitar el delito fiscal (678.000 euros).
El fiscal de Ginebra Yves Bertossa tuvo la iniciativa de viajar a Madrid para reunirse con el equipo de Campos, el 1 de julio pasado.
Campos ten¨ªa como objetivo que el fiscal suizo cumplimentara una ayuda judicial solicitada (comisi¨®n rogatoria) ya en diciembre y ampliada el 24 de febrero de 2021 sobre las cuentas de la fundaci¨®n Zagatka (enigma en ruso). M¨¢xime cuando horas despu¨¦s del env¨ªo de la citada petici¨®n de ayuda a Suiza, los asesores de Juan Carlos I presentaron una regularizaci¨®n de 4,4 millones de euros por rentas no declaradas recibidas de Zagatka en varios ejercicios.
Esta fundaci¨®n de Liechtenstein hab¨ªa pagado m¨¢s de 8 millones de euros en viajes, realizados entre 2009 y 2018, por Juan Carlos I primero como rey y m¨¢s tarde como em¨¦rito, en aviones privados, a trav¨¦s de las compa?¨ªas Netjets UK, Tag Aviation de Suiza, Vistajet Aviation Services, y, finalmente, Air Partner Aircraft Charter de Reino Unido.
Lo que a la Fiscal¨ªa le interesa es aclarar por qu¨¦, si Orleans asegura ser el propietario de la fundaci¨®n, es Juan Carlos I quien se ha gastado grandes cantidades del dinero de la misma.
Las contingencias fiscales ya hab¨ªan sido planteadas en el procedimiento judicial abierto a ra¨ªz de la filtraci¨®n, el 11 de julio de 2018, del audio de una de las conversaciones que mantuvieron en Londres el comisario jubilado Jos¨¦ Manuel Villarejo y la examante del rey em¨¦rito, Corinna zu Sayn-Wittgenstein, sobre comisiones, testaferros y cuentas en Suiza.
El 4 de septiembre de 2018, el juzgado 6 de la Audiencia Nacional solicit¨® a la Agencia Tributaria informaci¨®n sobre Juan Carlos I. El jefe de la Oficina Nacional de Investigaci¨®n del Fraude (ONIF), Jos¨¦ Manuel Alarc¨®n Estella, contest¨® el 5 de septiembre que Juan Carlos I ¡°no ha presentado declaraci¨®n informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720)¡± y que ¡°en las diversas fuentes de informaci¨®n de que dispone la Agencia Tributaria no hay constancia de que el rey em¨¦rito posea cuentas corrientes en el extranjero¡±. Sin embargo, en un escrito sobre las diligencias del juzgado, los fiscales Ignacio Stampa y Miguel Serrano, advert¨ªan, el 7 de septiembre de 2018, sobre las obligaciones tributarias que pudieran plantearse.
¡°Las potenciales contingencias tributarias que indiciariamente revelan las conversaciones s¨ª es posible que merezcan la atenci¨®n de las autoridades tributarias en su caso, pudieran derivar en un futuro en las correspondientes denuncias por delito fiscal. En este sentido, los t¨¦cnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) emitieron un comunicado el 12 de julio de 2018 en el que manifiestan que las conversaciones que han sido publicadas `tienen la entidad suficiente como para que la AEAT les preste la m¨¢xima atenci¨®n y las verifique¡¯¡±.
Los t¨¦cnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) emitieron un comunicado el 12 de julio de 2018 en el que manifiestan que las conversaciones que han sido publicadas ¡°tienen la entidad suficiente como para que la AEAT les preste la m¨¢xima atenci¨®n y las verifique¡±. La Agencia Tributaria no prest¨®, para usar el lenguaje de los fiscales, la m¨¢xima atenci¨®n ni verific¨® las potenciales contingencias tributarias. No lograron, ya no su ¡°m¨¢xima atenci¨®n¡± sino una m¨ªnima indagaci¨®n.
Desde el pasado mayo, eso s¨ª, Hacienda est¨¢ comprobando los datos aportados en las dos regularizaciones fiscales de diciembre de 2020 y febrero de 2021 por parte de los asesores del em¨¦rito. Al presentar sus regularizaciones, los asesores de Juan Carlos I han puesto el acento en su car¨¢cter espont¨¢neo, lo que explicar¨ªa por qu¨¦ raz¨®n no se personaron en las diligencias, a saber, presentar sus declaraciones complementarias como iniciativa propia sin requerimiento previo. Pero el art¨ªculo 252 de la Ley General Tributaria sobre la regularizaci¨®n voluntaria exige que el ¡°completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria objeto de la regularizaci¨®n¡± se produzca ¡°antes de que el fiscal o el juez de instrucci¨®n realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciaci¨®n de diligencias¡±. El arte de la espontaneidad de las regularizaciones, pues, no puede pasar por alto el ¡°conocimiento formal de la iniciaci¨®n de diligencias¡±, que las tres notificaciones del fiscal Campos al abogado S¨¢nchez-Junco hicieron realidad.