El Supremo confirma una multa a un concejal de Podemos en Salamanca por calumniar en Facebook a dos polic¨ªas
El edil public¨® en 2015 que los agentes ten¨ªan antecedentes por ¡°torturas¡±, hab¨ªan agredido a una anciana y hab¨ªan falsificado certificados m¨¦dicos
El Tribunal Supremo ha ratificado una multa impuesta en 2015 a un concejal de Ganemos Salamanca, que ya no est¨¢ en el cargo, por publicar en Facebook unos mensajes muy cr¨ªticos contra dos polic¨ªas. Gabriel de la Mora, edil de la marca local de Podemos, aseguraba en los textos que los agentes, que hab¨ªan intervenido en un tumulto en un barrio salmantino en los que De la Mora no estuvo presente, ten¨ªan ¡°antecedentes de tortura¡±. Tambi¨¦n los culpaba de atacar a una mujer mayor, de borrar luego v¨ªdeos de sus supuestos ¡°delitos y fechor¨ªas¡± y de falsificar partes hospitalarios. El alto tribunal confirma la resoluci¨®n del Juzgado de lo Penal 2 de Salamanca, ratificada luego por la Audiencia Provincial de Salamanca, sentencias que recurri¨® el acusado, y lo condena por calumnias con publicidad por la difusi¨®n que alcanzaron sus mensajes.
La sentencia, de la que ha sido ponente principal el presidente de la instituci¨®n judicial, Manuel Marchena, recoge que el hombre deber¨¢ pagar 6.000 euros de indemnizaci¨®n por estos comentarios ofensivos y otros 6.750 como multa. La reyerta a la que acudieron los dos agentes calumniados se produjo el 31 de agosto de 2015, cuando ambos intentaron detener a un joven que se hab¨ªa escapado del centro de menores Zambrana de Valladolid y que se hab¨ªa refugiado en casa de su abuela en un barrio salmantino. Entonces varios familiares y allegados del chico trataron de impedir el arresto y se desat¨® el conflicto del que inform¨® la prensa de Salamanca. De la Mora comparti¨® en su perfil de Facebook un enlace de la noticia y lo acompa?¨® con descalificaciones que primeramente fueron estudiadas por el juzgado de primera instancia 2 de Salamanca, luego reprobadas por la Audiencia Provincial y, tras otro recurso, ratificadas por el Supremo.
El mensaje difundido en Facebook del ya exconcejal aseguraba que la pareja de agentes se hab¨ªa ensa?ado contra varios participantes en el tumulto: ¡°Es la polic¨ªa, m¨¢s bien dos concretos polic¨ªas con antecedentes de tortura, los que se han hartado a pegar a una anciana y su familia, lo que ha desencadenado la leg¨ªtima defensa y que todo el barrio se acercara a grabar en v¨ªdeo lo que estaba pasando¡±. Los culpaba tambi¨¦n de ¡°cortar las calles para obligar a la gente a borrar sus m¨®viles y as¨ª poder ocultar las pruebas de sus delitos y fechor¨ªas¡±. Por ¨²ltimo, especificaba que recurr¨ªan a un centro m¨¦dico para falsificar documentos: ¡°Se van al hospital amigo a que les prepare el consiguiente parte de lesiones para as¨ª justificar las detenciones ilegales que practican, y por supuesto mandar el consiguiente comunicado oficial con su peculiar versi¨®n de los hechos y que la acomodaticia prensa ni siquiera se plantear¨¢ contrastar¡±.
El Supremo ha fundamentado su decisi¨®n en que esas afirmaciones no se encuentran protegidas por el derecho a la libertad de expresi¨®n o de comunicaci¨®n de informaci¨®n veraz. Este derecho constitucional no permite ¡°la capacidad para alterar, con consciente falsedad, una leg¨ªtima actuaci¨®n policial¡±, seg¨²n la Sala de lo Penal que ha analizado este caso. La libertad de expresi¨®n, desarrollan los magistrados, ¡°no ampara la difusi¨®n de una informaci¨®n inveraz que atribuye a los agentes de polic¨ªa unos antecedentes por torturas que no existen, que les imputa el acceso delictivo a los dispositivos m¨®viles de los testigos que grabaron los hechos, as¨ª como la falsificaci¨®n de certificaciones m¨¦dicas para as¨ª autoencubrir el delito de detenci¨®n ilegal que tambi¨¦n habr¨ªan cometido¡±, reza la resoluci¨®n.
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