El Constitucional deniega el ¡®habeas corpus¡¯ que pidi¨® Oriol Junqueras al ser elegido eurodiputado
El tribunal de garant¨ªas considera que no hab¨ªa base para cuestionar que el Supremo mantuviera en prisi¨®n al exvicepresidente de la Generalitat
El Constitucional ha rechazado la petici¨®n de habeas corpus que solicit¨® Oriol Junqueras despu¨¦s de ser elegido eurodiputado y de que el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) le reconociera la inmunidad parlamentaria. La petici¨®n del exvicepresidente de la Generalitat fue formalizada en enero de 2020 en un juzgado de Manresa por su esposa, Neus Bramona, para que su marido pudiera plantear la supuesta ilegalidad de su permanencia en prisi¨®n.
El fallo del Constitucional considera que la decisi¨®n de denegar el habeas corpus fue plenamente legal. Esta figura, recogida en la Constituci¨®n y que estipula la ¡°inmediata puesta a disposici¨®n judicial de toda persona detenida ilegalmente¡±, normalmente se aplica frente a un arresto acordado por la polic¨ªa y con el fin de que un juez revise si esa detenci¨®n tiene fundamento.
El arresto de Junqueras no derivaba de una actuaci¨®n policial, sino de los sucesivos autos dictados por el instructor de la causa del proc¨¦s en el Supremo, Pablo Llarena, y de la Sala Penal de ese tribunal, en la que el exvicepresidente de la Generalitat ya hab¨ªa sido condenado a 13 a?os de prisi¨®n por los delitos de sedici¨®n y malversaci¨®n de fondos p¨²blicos.
El criterio del tribunal de garant¨ªas ha sido, por tanto, que no hab¨ªa base para que Junqueras compareciera ante un juez de Manresa ¡ªla sede judicial m¨¢s pr¨®xima a la c¨¢rcel del exvicepresidente¡ª para plantear que se hallaba en una situaci¨®n de detenci¨®n ilegal, cuando su permanencia en prisi¨®n proced¨ªa de resoluciones judiciales previas. A su vez, la Fiscal¨ªa ya inform¨® en contra del habeas corpus desde que la petici¨®n fue planteada. La jueza de Manresa inadmiti¨® la petici¨®n y Junqueras nunca lleg¨® a ser conducido a presencia judicial para exponer sus argumentos.
La defensa de Junqueras ¡ªejercida a lo largo del proceso por el abogado Andreu Van den Eynde¡ª present¨® un recurso de amparo ante el Constitucional por considerar que el mantenimiento del l¨ªder independentista en la c¨¢rcel supon¨ªa una vulneraci¨®n de derechos fundamentales. Esa es la petici¨®n de amparo que el tribunal de garant¨ªas niega ahora.
La defensa se dispone a incluir el cuestionamiento de esta decisi¨®n en el recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que prepara contra la causa penal seguida por el proc¨¦s y el refer¨¦ndum ilegal del 1-O de 2017 contra los l¨ªderes independentistas; una impugnaci¨®n que ya estaba pr¨¢cticamente ultimada.
El Constitucional, por otra parte, rechaz¨® este mi¨¦rcoles otra solicitud de amparo presentada por Junqueras, en este caso contra la denegaci¨®n de su delegaci¨®n de voto en el Parlament catal¨¢n, tras haber sido elegido diputado auton¨®mico en diciembre de 2017. El fallo aplica la doctrina de propio tribunal sobre los l¨ªmites de las delegaciones de voto, por tratarse de un derecho personal del diputado, que no puede trasladarse gen¨¦ricamente a otro parlamentario.
El ¨®rgano de garant¨ªas tiene establecido que el voto puede delegarse en determinadas circunstancias que supongan la imposibilidad de acudir a una determinada sesi¨®n parlamentaria, por ejemplo. Pero su criterio es que resulta exigible que el diputado que delega su voto precise c¨®mo debe actuar el parlamentario que vaya a ejercer ese derecho por delegaci¨®n. Se trata, en suma, de que no haya diputados que cuenten con dos votos ¡ªel suyo y el delegado¡ª, sino que el parlamentario que delega lo haga precisando en cada ocasi¨®n cu¨¢l es el sentido de su voto, de modo que quien lo formalice act¨²e como mero ejecutor de la voluntad del titular del derecho.
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