Interior quiere acabar con los polic¨ªas pluriempleados en tertulias period¨ªsticas
El ministerio ultima el decreto que endurecer¨¢ el r¨¦gimen de incompatibilidades de los agentes para tener un segundo empleo
El Ministerio del Interior ultima un real decreto que endurecer¨¢ el r¨¦gimen de incompatibilidades para los polic¨ªas nacionales que aspiren a tener un segundo trabajo, ya sea en el sector p¨²blico como en el privado. Entre las nuevas medidas, el texto plantea la obligaci¨®n de los agentes que quieran intervenir ¡°en cualquier medio de comunicaci¨®n social audiovisual, impreso o digital¡± para hablar sobre ¡°la actividad policial o en la que se haga uso de informaci¨®n obtenida por raz¨®n de su condici¨®n de polic¨ªa nacional¡± a contar previamente con una ¡°autorizaci¨®n expresa¡± del director general o, en su defecto, de los responsables de la oficina de prensa del cuerpo, seg¨²n recoge el borrador del texto al que ha tenido acceso EL PA?S. Seg¨²n destacan fuentes de Interior, esta parte de la norma se inspira en las ya existentes en otros cuerpos, como los de las polic¨ªas municipales de Madrid y Granada.
Esta medida no afectar¨¢ a los representantes sindicales cuando sus intervenciones en la prensa sean ¡°en defensa de los intereses laborales y profesionales¡± de los polic¨ªas. Seg¨²n detallan fuentes del ministerio, el objetivo es poner coto a la proliferaci¨®n de agentes en tertulias period¨ªsticas, sobre todo de televisi¨®n, que opinan sobre casos policiales con la investigaci¨®n a¨²n en marcha, lo que ha provocado malestar en los responsables de las pesquisas e interferencias en estas. En numerosas ocasiones, los polic¨ªas que acuden a estas tertulias reciben una percepci¨®n econ¨®mica por estas intervenciones. El documento fija entre los objetivos del nuevo decreto evitar que el desempe?o de segundos empleos, como este, provoquen ¡°un deterioro para la imagen y el prestigio de la Polic¨ªa Nacional¡±, que en la actualidad cuenta con 73.001 efectivos.
El texto ¨Dque ser¨¢ analizado este mi¨¦rcoles en una de las comisiones del Consejo de la Polic¨ªa, el ¨®rgano paritario de negociaci¨®n entre los representantes de los agentes y la direcci¨®n general¨D recoge 10 incompatibilidades para trabajar en el ¨¢mbito privado y varios condicionantes para hacerlo en el sector p¨²blico. As¨ª, proh¨ªbe a los agentes en activo licenciados en derecho ejercer la abogac¨ªa o la asesor¨ªa jur¨ªdica por cuenta propia o en bufetes ¡°en asuntos de ¨¢mbito penal o administrativo relacionados con las competencias de la Polic¨ªa Nacional¡±, as¨ª como el desempe?o de la profesi¨®n de procurador o ¡°el ejercicio de cualquier otra actividad que pueda requerir presencia ante los tribunales de justicia en horario laboral¡±.
Adem¨¢s, se considerar¨¢ el ejercicio de la funci¨®n policial incompatible con ¡°el desempe?o de cargo org¨¢nico en partidos pol¨ªticos¡±, sea este retribuido o no. En el caso de polic¨ªas destinados en ¡°unidades de contrataci¨®n o adquisiciones¡±, estos tendr¨¢n prohibido ¡°el desempe?o de actividades en empresas que realicen suministros de bienes, prestaci¨®n de servicios o ejecuci¨®n de obras gestionadas por dichas unidades¡±. El texto tambi¨¦n proh¨ªbe a los polic¨ªas realizar labores de seguridad privada o pertenecer ¡°a consejos de administraci¨®n u ¨®rganos rectores¡± de mercantiles de este sector. Era el caso del comisario Jos¨¦ Manuel Villarejo, que dirig¨ªa en la sombra una sociedad de asesor¨ªa e inteligencia que le report¨® millones de euros de beneficios con el presunto uso irregular de datos confidenciales contenidos en las bases policiales.
Interior tambi¨¦n obligar¨¢ a aquellos polic¨ªas que dejan el cuerpo a esperar dos a?os para desarrollar en empresas privadas ¡°actividades que requieren conocimientos espec¨ªficos adquiridos por el interesado para el ejercicio de sus funciones policiales¡± al considerar que estos fueron ¡°proporcionados y sufragados¡± por la Administraci¨®n durante su formaci¨®n como agentes. Hasta ahora, muchos mandos policiales se colocaban como responsables de seguridad de grandes empresas una vez abandonaban la polic¨ªa.
En su exposici¨®n de motivos, el borrador del decreto incide en que, con estas medidas, ¡°se pretende limitar no solo aquellas actividades que pueda afectar a la disponibilidad y puntualidad para la prestaci¨®n del servicio [de los agentes], sino tambi¨¦n aquellas situaciones potenciales que puedan poner en riesgo la imparcialidad e independencia del personal de la Polic¨ªa Nacional en el ejercicio de sus funciones¡±.
Para los agentes que finalmente consigan la autorizaci¨®n de Interior para compatibilizar otro empleo con sus funciones policiales, el decreto impondr¨¢ l¨ªmites a la percepci¨®n econ¨®mica por este segundo trabajo y, como novedad, les obligar¨¢ a renunciar a parte de sus retribuciones como funcionarios. Tampoco podr¨¢n trabajar en ese segundo empleo m¨¢s de 20 horas semanales. Adem¨¢s, no podr¨¢n ¡°usar el uniforme, prevalerse de su condici¨®n ni invocar esta para obtener ventajas o consideraci¨®n alguna en el desempe?o de actividades privadas¡±.
Para solicitar la autorizaci¨®n, el agente deber¨¢ enviar una instancia a la Divisi¨®n de Personal de la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa en el que deber¨¢ incluir los detalles de la oferta de trabajo, incluido el puesto y la jornada laboral. Interior tendr¨¢ entonces hasta cuatro meses, prorrogable un mes adicional, para resolver la solicitud en un escrito en el que deber¨¢ exponer de manera razonada la decisi¨®n final. ¡°La autorizaci¨®n o reconocimiento de la compatibilidad no supondr¨¢ en ning¨²n caso modificaci¨®n de la jornada y horarios de trabajo en la Polic¨ªa Nacional¡±, recalca el texto.
El proyecto tambi¨¦n detalla aquellas actividades que quedan excluidas del r¨¦gimen de incompatibilidades. Entre estas est¨¢n todas las relacionadas con la administraci¨®n del patrimonio personal o familiar del agente, la direcci¨®n de seminarios o impartici¨®n de conferencias, la preparaci¨®n de candidatos para el ingreso en la Polic¨ªa con un m¨¢ximo de 75 horas anuales, la producci¨®n de obras literarias, art¨ªsticas, cient¨ªficas y t¨¦cnicas, dar clase de manera ¡°ocasional¡± en centros p¨²blicos y privados, y ejercer de ¨¢rbitro y entrenador en competiciones deportivas, siempre que no sea retribuido.
En caso de incumplimiento, el proyecto contempla la aplicaci¨®n al agente del r¨¦gimen disciplinario, que cataloga como falta grave (hasta tres meses de suspensi¨®n de funciones) o muy grave (hasta seis a?os o la separaci¨®n de servicio) el tener un segundo trabajo sin la debida autorizaci¨®n previa cuando esta es necesaria. Adem¨¢s, obliga a los responsables de las unidades que conozcan la existencia de cualquier infracci¨®n del r¨¦gimen de incompatibilidades entre sus agentes a ¡°instar la aplicaci¨®n de la normativa de r¨¦gimen disciplinario¡±. En 2021, la Direcci¨®n General de la Polic¨ªa sancion¨® con 14 meses y medio de suspensi¨®n de empleo y sueldo al entonces l¨ªder de Justicia Policial (Jupol, el sindicato mayoritario entre los agentes), Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa, por ejercer como socio y administrador ¨²nico de una empresa sin contar precisamente con la preceptiva autorizaci¨®n de compatibilidad.
Varias organizaciones sindicales de la Polic¨ªa ya han manifestado su oposici¨®n a varios puntos del proyecto y as¨ª lo expresar¨¢n en la reuni¨®n de este mi¨¦rcoles, la s¨¦ptima que celebran con la administraci¨®n desde que, a comienzos de 2021, se iniciara la negociaci¨®n para acordar el documento definitivo. No obstante, esta oposici¨®n de los representantes de los agentes no impedir¨¢ que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, lo lleve a una pr¨®xima reuni¨®n del Consejo de Ministros para su aprobaci¨®n. Una vez se publique en el BOE, entrar¨¢ en vigor a los 20 d¨ªas.
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