Una jueza condena a Vox a pagar 72.000 euros a tres afiliados por vulnerar sus derechos democr¨¢ticos
Las elecciones primarias del partido ultra fueron ¡°opacas, poco fiables¡± y ¡°con evidentes posibilidades de fraude¡±
Una jueza de Granada ha anulado las elecciones primarias celebradas por Vox en septiembre de 2020 para elegir a sus comit¨¦s provinciales y ha condenado al partido de Santiago Abascal a indemnizar con 72.000 euros (24.000 por cada uno) a tres afiliados por vulnerar su derecho fundamental a la participaci¨®n democr¨¢tica reconocido en la Constituci¨®n. Las primarias de Vox se celebraron, seg¨²n la sentencia dictada por la titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 6 de Granada, sobre la base de un sistema ¡°opaco, poco transparente y, en definitiva, poco fiable e incluso susceptible de manipulaci¨®n¡±.
Los tres demandantes formaban parte de la candidatura encabezada por Ignacio Pozo, que compet¨ªa con la oficialista, cuyo n¨²mero uno era Manuel Mart¨ªn Montero, presidente de la gestora nombrada a dedo por Madrid. La candidatura cr¨ªtica obtuvo 88 avales, diez m¨¢s de los necesarios para poder presentarse (la normativa exig¨ªa aportar el apoyo del 10% de los afiliados en la provincia). Sin embargo, el Comit¨¦ Electoral del partido le anul¨® 15 avales, por lo que dej¨® a la lista cr¨ªtica con cinco menos de los necesarios para competir y proclam¨® ganadora a la candidatura oficial sin celebrar elecciones.
El Comit¨¦ Electoral de Vox no explic¨® las razones por las que se hab¨ªan anulado esos 15 avales y tampoco aport¨® copias de los mismos, alegando que el programa inform¨¢tico dise?ado para el proceso electoral interno lo imped¨ªa.
En su sentencia, dictada el pasado 15 de julio, la jueza considera que todo el proceso de primarias de Vox adoleci¨® de ¡°falta de garant¨ªas¡± y present¨® ¡°unas evidentes posibilidades de fraude¡±, pues el sistema ¡°no permit¨ªa la celebraci¨®n de elecciones internas sin la intromisi¨®n del aparato¡± del partido; no dejaba que los candidatos ¡°pudieran disponer de interventores para verificar el recuento del n¨²mero de avales y el cumplimiento de los requisitos¡± y no quedaba ¡°constancia de a qui¨¦n hab¨ªa otorgado cada afiliado su aval, generando indefensi¨®n¡± a los aspirantes.
Aunque en teor¨ªa la seguridad del sistema estaba acreditada, la jueza constata numerosas irregularidades, como la de que ¡°inexplicablemente¡± se aceptaran avales a candidatos que ni siquiera se presentaban (uno de ellos, un tal Ignacio Nogueras Que no te enteras) o que, aunque en teor¨ªa no se pudiera avalar sin estar al corriente de pago en la fecha de convocatoria de las elecciones internas (el 31 de agosto de 2020), el sistema permit¨ªa abonar las cuotas pendientes en el momento de avalar y era el comit¨¦ electoral el que luego decid¨ªa sobre la validez de los avales. Como subray¨® el abogado de los demandantes, Antonio Estella, uno de los miembros de dicho comit¨¦ era Marta Castro, vicesecretaria jur¨ªdica del partido y miembro de la direcci¨®n nacional.
La jueza rechaza que no se pudiera entregar a los candidatos copia de los avales con el argumento de que t¨¦cnicamente no era posible, como le contest¨® Vox, ¡°pues un sistema telem¨¢tico no puede decidir sobre el derecho de informaci¨®n¡± de los afiliados; y destaca que, al final, la decisi¨®n sobre la validez de los avales correspond¨ªa al propio Comit¨¦ Electoral; ¡°en definitiva, a una persona, no a un sistema inform¨¢tico¡±.
Sin embargo, en el juicio, en el que declararon el secretario general de Vox, Javier Ortega Smith, y el secretario general del comit¨¦ Electoral, Jos¨¦ Mar¨ªa Figaredo, estos explicaron que ¡°a d¨ªa de hoy en el partido no hay proceso de primarias¡±. Es decir, Abascal ha cambiado sus estatutos y los comit¨¦s provinciales ya no son elegidos por los afiliados sino nombrados a dedo por la direcci¨®n nacional. As¨ª, concluye la juez, ¡°no cabe una aut¨¦ntica restituci¨®n del derecho fundamental vulnerado retrotrayendo el proceso electoral¡± a su inicio. Por tanto, ¡°la ¨²nica forma de compensaci¨®n del da?o moral ocasionado es mediante una indemnizaci¨®n econ¨®mica¡± de 72.000 euros que deber¨¢ pagar Vox. Adem¨¢s de las costas del proceso.
Sin embargo, en el juicio, en el que declararon el secretario general de Vox, Javier Ortega Smith, y el secretario general del Comit¨¦ electoral, Jos¨¦ Mar¨ªa Figaredo, estos explicaron que, ¡°a d¨ªa de hoy, en el partido no hay proceso de primarias¡±. Es decir, Abascal ha cambiado sus estatutos y los comit¨¦s provinciales ya no son elegidos por los afiliados sino nombrados a dedo por la direcci¨®n nacional.
As¨ª, concluye la jueza, ¡°no cabe una aut¨¦ntica restituci¨®n del derecho fundamental vulnerado retrotrayendo el proceso electoral¡± a su inicio. Por tanto, ¡°la ¨²nica forma de compensaci¨®n del da?o moral ocasionado es mediante una indemnizaci¨®n econ¨®mica¡± de 72.000 euros que deber¨¢ pagar Vox. Adem¨¢s de las costas del proceso.
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