El Tribunal Constitucional obliga a indemnizar a un acusado por los atentados del 11-S cuyo caso fue sobrese¨ªdo
El tribunal ordena que Harid Filali sea resarcido por pasar 300 d¨ªas en c¨¢rceles espa?olas y tambi¨¦n por los 1.411 que estuvo en las del Reino Unido por orden de la Audiencia Nacional
El Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia por la que el Estado tendr¨¢ que indemnizar a Harid Filali, ciudadano marroqu¨ª que estuvo preso cuatro a?os y medio, pasados entre c¨¢rceles del Reino Unido y Espa?a, por orden de la Audiencia Nacional, como presunto implicado en los atentados del 11-S contra las Torres Gemelas y otros objetivos en Estados Unidos. La causa iniciada contra Filali fue sobrese¨ªda y el tribunal de garant¨ªas ha considerado que a resultas del error judicial ocurrido se le debe indemnizar por el total de 1.711 d¨ªas que estuvo preso y no solo por los 300 que pas¨® en c¨¢rceles espa?olas. La importancia de la resoluci¨®n reside en que fija una nueva doctrina sobre las euro¨®rdenes, y estima que del per¨ªodo que Filali pas¨® en c¨¢rceles de m¨¢xima seguridad en Gran Breta?a tambi¨¦n fue responsable la justicia espa?ola, al acusarle de delitos de terrorismo y pedir su extradici¨®n sin suficiente motivaci¨®n.
Filali fue detenido en 2004 en Londres, donde viv¨ªa con su familia. La euroorden cursada a la capital brit¨¢nica lo acusaba de ser miembro de la organizaci¨®n yihadista Al-Qaeda y de enviar informaci¨®n sobre los ataques del 11-S al cabecilla de una c¨¦lula radicada en Espa?a. La orden europea de detenci¨®n dictada por el Juzgado de Instrucci¨®n N¨²mero 5 de la Audiencia Nacional se bas¨® en las conversaciones telef¨®nicas que Hilali habr¨ªa mantenido con el im¨¢n Edwin Barakat, alias Abu Dahdah. El detenido lleg¨® a ser extraditado a Espa?a, pero qued¨® en libertad al ser sobrese¨ªda su causa. Poco despu¨¦s, present¨® una demanda por el error judicial cometido, y la Audiencia le concedi¨® una indemnizaci¨®n de 2.000 euros por los 300 d¨ªas que dur¨® su encarcelamiento en Espa?a.
La demanda aleg¨® la lesi¨®n del derecho a la tutela judicial efectiva, en este caso por vulneraci¨®n del derecho a obtener una resoluci¨®n judicial fundada, al no ser razonables los argumentos que defend¨ªan los motivos por los que la Audiencia Nacional ¡ªprimero¡ª y el Supremo ¡ªdespu¨¦s¡ª le negaron toda indemnizaci¨®n por el tiempo pasado en c¨¢rceles brit¨¢nicas. Las resoluciones de ambas instancias que han quedado anuladas ahora consideraron que la ejecuci¨®n de la orden europea qued¨® en manos de los tribunales brit¨¢nicos y sus efectos no eran directamente atribuibles a los espa?oles, aunque estos la hubieran dictado. Tambi¨¦n se sostuvo que el retraso se hab¨ªa debido a que Hilali present¨® diversos recursos ante la justicia brit¨¢nica con el fin de impedir la ejecuci¨®n de la orden.
La sentencia que concede amparo a Hilali ¡ªde la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enr¨ªquez¡ª no fija la cuant¨ªa con la que debe ser indemnizado, solo dice que tiene derecho a ser resarcido por todo el tiempo que estuvo en prisi¨®n, y deja el c¨¢lculo en manos de la Audiencia Nacional. En paralelo, aunque el fallo destaca el error en que incurri¨® la propia Audiencia ¡ªdel que se deriva la obligaci¨®n compensatoria del Estado¡ª, tambi¨¦n constituye una defensa del valor de las euro¨®rdenes y su obligado cumplimiento, al salvar de cualquier responsabilidad a la justicia brit¨¢nica por haber llevado a cabo lo que le ped¨ªan los tribunales espa?oles. El Constitucional dice en este sentido que ¡°el ¨®rgano judicial emisor (la Audiencia Nacional) no puede desvincularse de los efectos causados por la ejecuci¨®n de la orden, aunque esta corresponda realizarla a los tribunales del otro pa¨ªs¡±, en este caso el Reino Unido.
Hari Filali hab¨ªa reclamado una indemnizaci¨®n de 1,8 millones de euros, anunciando que, en caso de que su recurso no prosperara, acudir¨ªa al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Aunque el Constitucional le haya concedido amparo, es posible que el caso termine en Estrasburgo, porque resulta m¨¢s que improbable que la Audiencia Nacional conceda un resarcimiento como el solicitado. De momento, lo que ha logrado Harid Filali es que queden sin efectividad las anteriores resoluciones que le reconoc¨ªan solo el derecho a ser indemnizado por sus 300 d¨ªas de prisi¨®n en Espa?a. Lo que ordena el Constitucional es que la Audiencia Nacional ¡°resuelva la pretensi¨®n del recurrente, valorando como un todo no descomponible el tiempo pasado en prisi¨®n¡±. Cuando interpuso la demanda, Filali declar¨® a la prensa brit¨¢nica: ¡°Me han arruinado la vida. Mi mujer y yo hemos sufrido mucho. Ninguna cantidad de dinero puede devolverme mi vida, pero no quiero que algo as¨ª vuelva a ocurrirle a nadie, venga de donde venga¡±.
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