Gri?¨¢n presenta un incidente de nulidad ante el Supremo para intentar evitar la c¨¢rcel
El expresidente andaluz, condenado a seis a?os de prisi¨®n por el ¡®caso ERE¡¯, alega que se lesion¨® su presunci¨®n de inocencia
El expresidente andaluz Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n ha presentado este martes ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo un incidente de nulidad contra la sentencia que le conden¨® a seis a?os de c¨¢rcel por malversaci¨®n y prevaricaci¨®n en el caso de los ERE. Tras la petici¨®n de indulto parcial elevada al Gobierno por su familia a principios de septiembre y este recurso de nulidad, la defensa de Gri?¨¢n prev¨¦ presentar a continuaci¨®n un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por supuesta vulneraci¨®n de alg¨²n derecho fundamental durante la investigaci¨®n judicial, por el que los magistrados podr¨ªan suspender de manera excepcional la condena. Las tres iniciativas tienen el mismo objetivo: evitar el ingreso en prisi¨®n de quien fue tambi¨¦n presidente del PSOE.
El incidente de nulidad, que tiene escasas posibilidades de prosperar seg¨²n coinciden fuentes jur¨ªdicas, esgrime una posible lesi¨®n del principio de presunci¨®n de inocencia, al ser ¡°fraccionada¡± la sentencia del Supremo en un primer anuncio el pasado 26 de julio (cuando se avanz¨® la condena) y la posterior notificaci¨®n del fallo completo el pasado 14 de septiembre (con los argumentos y las 1.205 p¨¢ginas del fallo). Para la defensa de Gri?¨¢n, ¡°durante 50 d¨ªas hubo una proclamaci¨®n p¨²blica de culpabilidad sin sentencia¡±.
Adem¨¢s, el incidente de nulidad se?ala la supuesta falta de contestaci¨®n a dos de los motivos incluidos en el recurso de casaci¨®n formulado por Gri?¨¢n frente a la sentencia inicial de la Audiencia de Sevilla, avisa de dilaciones indebidas en el tr¨¢mite de resoluci¨®n del recurso de casaci¨®n y, sobre todo, esgrime el voto particular formulado por dos de los cinco miembros del tribunal de la sentencia del Supremo.
Sobre la falta de contestaci¨®n de dos motivos, la Audiencia mencion¨® ¡°la pasividad¡± de Gri?¨¢n cuando la Intervenci¨®n General de la Junta reclamaba mejoras y este aleg¨® que siempre elev¨® las peticiones de control financiero de la Intervenci¨®n al Consejo de Gobierno. Sin embargo, el Supremo no contesta a esa petici¨®n de aclaraci¨®n sobre la supuesta ¡°pasividad¡± del expresidente, que ni siquiera se menciona en ese punto de la sentencia (p¨¢gina 499). Adem¨¢s, en la resoluci¨®n de las cuestiones previas al juicio en la Audiencia, las ayudas sociolaborales no fueron incluidas como objeto de enjuiciamiento y luego s¨ª aparecen en la sentencia, lo que para Gri?¨¢n es una clara vulneraci¨®n del derecho de defensa.
El tercer motivo del incidente de nulidad es el voto particular, emitido por las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, que diferencian, con relaci¨®n al delito de malversaci¨®n, entre quienes formaban parte de la Consejer¨ªa de Empleo, donde descargan la responsabilidad de la malversaci¨®n, y quienes intervinieron en el tr¨¢mite presupuestario pero sin conocer ni participar directamente, a su juicio, en el reparto final de los fondos, como Gri?¨¢n. ¡°Ninguno de los cinco acusados referidos intervino en esos actos fraudulentos del tramo final de la ejecuci¨®n del presupuesto, ni tampoco tuvo conocimiento de que estaban siendo realizados por autoridades y funcionarios de la Consejer¨ªa de Empleo¡±, sostienen las juezas en su voto particular.
Por ¨²ltimo, la defensa del expresidente destaca una ¡°vulneraci¨®n¡± del principio de presunci¨®n de inocencia, analizando que la sentencia del Supremo, ¡°m¨¢s que revisar¡± la de la Audiencia, ¡°completa los vac¨ªos¡± de la misma, es decir, que ¡°va m¨¢s all¨¢¡± de su cometido. ¡°De la eventual posibilidad de que Gri?¨¢n conociera el dolo eventual, el Supremo le atribuye un dolo directo y dice que todos los pol¨ªticos ten¨ªan el mismo prop¨®sito de sustraer fondos p¨²blicos. Es una afirmaci¨®n que supera a la Audiencia de Sevilla y sin prueba de soporte¡±, subrayan fuentes de la defensa del expresidente. El incidente destaca tambi¨¦n las dilaciones indebidas de dos a?os (entre el 15 de junio de 2020 y el 14 de septiembre de 2022) transcurridos entre el fallo de la Audiencia de Sevilla y el del Supremo.
El incidente de nulidad solicita as¨ª anular la sentencia del Supremo o una ¡°moderaci¨®n¡± de las penas impuestas, pidiendo en paralelo la suspensi¨®n de la resoluci¨®n judicial a la espera de respuesta a las cuestiones planteadas frente a la misma, recibida el pasado d¨ªa 19 por la Secci¨®n Primera de la Audiencia de Sevilla, precisamente para comenzar su fase de ejecuci¨®n.
En su petici¨®n de indulto parcial, la familia de Gri?¨¢n no aleg¨® discrepancias con la sentencia sino ¡°razones de humanidad y equidad¡±, ya que el expresidente andaluz es ¡°un ciudadano de 76 a?os con una intachable trayectoria vital¡± y que, ¡°tras m¨¢s de 40 a?os al servicio p¨²blico desde las m¨¢s altas responsabilidades, jam¨¢s ha obtenido remuneraci¨®n alguna distinta de su sueldo como funcionario¡±, descartando cualquier ¡°enriquecimiento personal ni familiar¡±.
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