El Supremo condena a Chaves y Gri?¨¢n en el ¡®caso ERE¡¯ por crear un sistema de ayudas para ¡°evitar todo control administrativo¡±
La sentencia contiene dos votos particulares que sostienen que el expresidente no debi¨® ser condenado porque los indicios ¡°no son un¨ªvocos¡±
El Tribunal Supremo considera que la c¨²pula del Gobierno andaluz cre¨® y mantuvo, entre los a?os 2000 y 2009, un sistema de concesi¨®n de ayudas sociolaborales pensado para evitar ¡°todo control administrativo¡±, disponiendo del dinero p¨²blico ¡°de forma discrecional¡± y ¡°al margen de toda legalidad¡±. Esta es la conclusi¨®n a la que han llegado tres de los cinco magistrados del alto tribunal que revisaron los recursos presentados por los expresidentes socialistas andaluces Manuel Chaves y Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla que los conden¨® por el fraude de los ERE.
El Supremo ha notificado este mi¨¦rcoles la sentencia, que ya es firme y que condena a Gri?¨¢n a seis a?os de c¨¢rcel por un delito de malversaci¨®n. La resoluci¨®n cuenta con el voto particular de dos magistradas, que consideran que Gri?¨¢n y otros cuatro ex altos cargos de la Junta condenados por el Supremo no malversaron. ¡°Los indicios barajados no son un¨ªvocos y concluyentes, sino que construyen una secuencia incriminatoria a trav¨¦s de inferencias demasiado ambiguas y abiertas, que generan m¨¢rgenes de incertidumbre en los aspectos nucleares sobre los que se construye la autor¨ªa de los acusados¡±, se?alan estas magistradas. El fallo absuelve a tres ex altos cargos, condena a cinco por prevaricaci¨®n y a diez por malversaci¨®n, lo que implica su ingreso en la c¨¢rcel.
La sentencia del alto tribunal asume el demoledor relato de la Audiencia de Sevilla sobre el fondo de los ERE, dotado de 680 millones de euros, y de cuyo fraude considera art¨ªfices ¡°determinantes¡± a Gri?¨¢n y Chaves, dos dirigentes que lo fueron todo para el PSOE andaluz y dos s¨ªmbolos hist¨®ricos de los socialistas en los ¨²ltimos 40 a?os. Gobernaron la Junta andaluza durante 23 a?os (1990-2013), pero tambi¨¦n han sido diputados, ministros y presidentes del PSOE. Gri?¨¢n present¨® hace dos semanas su petici¨®n de indulto parcial al Ministerio de Justicia, una solicitud sobre la que el Gobierno de Pedro S¨¢nchez deber¨¢ decidir en los pr¨®ximos meses. Chaves va a esperar a estudiar con su defensa la resoluci¨®n del Supremo para decidir si solicita la medida de gracia, aunque su condena no implique entrar en la c¨¢rcel.
La Sala de lo Penal comunic¨® el 26 de julio el fallo al que hab¨ªan llegado los magistrados que han revisado el recurso del caso de los ERE, y que inclu¨ªa la confirmaci¨®n de las condenas de seis a?os de prisi¨®n a Gri?¨¢n por malversaci¨®n y de nueve de inhabilitaci¨®n a Chaves por prevaricaci¨®n. Pero faltaba por conocer el contenido ¨ªntegro de la sentencia con los argumentos que han llevado a los jueces a ratificar la tesis de la Audiencia de Sevilla, y eso es lo que ha notificado este mi¨¦rcoles el alto tribunal en una resoluci¨®n de 1.205 p¨¢ginas.
A Gri?¨¢n y otros cuatro exconsejeros, dos exvicesonsejeros y dos ex directores generales se les imponen penas de c¨¢rcel como autores de un delito de malversaci¨®n. Seg¨²n los tres magistrados que firman la sentencia mayoritaria (Juan Ram¨®n Berdugo, Eduardo de Porres y Carmen Lamela), su actuaci¨®n no se limit¨® a utilizar un ¡°criterio ilegal¡± de presupuestaci¨®n para conseguir agilizar las ayudas sino que, adem¨¢s, decidieron disponer de los fondos p¨²blicos ¡°sin control¡± de forma ¡°discrecional y arbitraria, al margen de todo condicionante legal¡±. Del expresidente, condenado por su etapa como consejero de Econom¨ªa y Hacienda, subrayan que no hiciera nada para evitar el fraude: ¡°Tuvo conocimiento [Gri?¨¢n] tambi¨¦n de las ilegalidades que se ven¨ªan produciendo en la concesi¨®n y pago de las ayudas, haciendo posible con su pasividad que esta situaci¨®n se prolongara¡±.
El argumento de los jueces
Los jueces argumentan que como consejero de Econom¨ªa, Gri?¨¢n deb¨ªa conocer las irregularidades. No aportan pruebas ni hechos concretos que lleven a esa conclusi¨®n, pero sostienen que ¡°desde criterios de racionalidad y sentido com¨²n¡±, Gri?¨¢n tuvo conocimiento de la ilegalidad. ¡°Los canales de informaci¨®n de que dispon¨ªa para advertir lo que suced¨ªa eran muy diversos¡±, afirman los magistrados, que creen que su viceconsejera, Carmen Mart¨ªnez-Aguayo, debi¨® trasladarle los informes de la Intervenci¨®n que alertaron del fraude. ¡°Los informes se refer¨ªan a una actuaci¨®n palmariamente ilegal, fueron reiterados y conten¨ªan una informaci¨®n altamente preocupante y suficientemente precisa del despilfarro de los fondos p¨²blicos, pese a lo cual las partidas presupuestarias ilegales se siguieron aprobando a?o a a?o de forma contumaz¡±.
Seg¨²n el Supremo, los dos expresidentes andaluces y el resto de antiguos altos cargos condenados intervinieron de forma ¡°determinante¡± en los procesos de aprobaci¨®n de las partidas presupuestarias que permitieron la concesi¨®n de ayudas sociolaborales, y lo hicieron ¡°a sabiendas¡± de que las aprobaban a trav¨¦s de ¡°un instrumento jur¨ªdico ilegal¡±, y ¡±con la finalidad de eludir el control previo¡± de la Intervenci¨®n de la Junta de Andaluc¨ªa y la restante normativa de subvenciones aprobada por el Parlamento andaluz. Esta es la base del delito de prevaricaci¨®n que se atribuye a Gri?¨¢n y Chaves y a otros ex altos cargos, entre ellos Gaspar Zarr¨ªas, exconsejero de Presidencia; Magdalena ?lvarez, exconsejera de Econom¨ªa y exministra de Fomento; Jos¨¦ Salgueiro, exviceconsejero de Hacienda; Antonio Vicente Lozano, ex director general de Presupuestos; y Jacinto Ca?ete, ex director general de la Agencia de Innovaci¨®n y Desarrollo (IDEA).
Sobre Chaves, los magistrados enfatizan que, como presidente de la Junta, tuvo que conocer el cambio de sistema de pago al instaurarse las transferencias de financiaci¨®n, instrumento de abono de los ERE: ¡°No es razonable suponer que el acusado desconociera no solo la existencia sino la propia ilegalidad del sistema, que fue implantado para la consecuci¨®n de los intereses pol¨ªticos del Gobierno que presid¨ªa¡±. Por su puesto en la c¨²spide del Ejecutivo auton¨®mico, los jueces concluyen que estuvo al tanto de la decisi¨®n de seguir adelante con el sistema de ayudas que elud¨ªa a la Intervenci¨®n General: ¡°No es razonable suponer que no se le diera cuenta de este asunto o no leyera un solo papel, ni los informes y memorias que se remit¨ªan al Gobierno para la aprobaci¨®n de las distintas modificaciones presupuestarias y para la aprobaci¨®n de los anteproyectos de ley de presupuestos¡±.
El tribunal sostiene que se pagaron las ayudas a trabajadores inmersos en procesos de reestructuraci¨®n sin efectuar los controles que las leyes establecen antes y despu¨¦s de su concesi¨®n. ¡°Se modifico? el sistema de presupuestacio?n, no por razones te?cnicas o neutrales, sino con una deliberada finalidad: con el pretexto de agilizar el pago de ayudas se busco? un sistema para disponer libe?rrimamente de los fondos pu?blicos eliminando todos los controles y todas las exigencias de la normativa de subvenciones¡±, se?ala el Supremo.
La sentencia cuenta con el voto particular de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, que discrepan sobre la condena impuesta por malversaci¨®n a Gri?¨¢n y otros cuatro ex altos cargos, ya que no hay pruebas que los incriminen ni consideran el delito acreditado. Seg¨²n ambas magistradas, estos acusados no deben responder por la concesi¨®n irregular de ayudas que se materializaba en la fase final de ejecuci¨®n de los presupuestos auton¨®micos. ¡°Ninguno de los cinco acusados referidos intervino en esos actos fraudulentos del tramo final de la ejecuci¨®n del presupuesto, ni tampoco tuvo conocimiento de que estaban siendo realizados por autoridades y funcionarios de la Consejer¨ªa de Empleo¡±, sostienen.
El voto particular
Las magistradas que firman el voto particular sostienen que la conclusio?n a la que han llegado sus compa?eros va m¨¢s all¨¢ de la que alcanz¨® la Audiencia de Sevilla, dado que el tribunal que juzg¨® el caso no estimo? que la decisi¨®n de las autoridades y funcionarios de la Consejeri?a de Empleo y de las autoridades poli?ticas que establecieron el procedimiento especi?fico para la concesi¨®n de ayudas fuera ¡°un mero pretexto para cometer actos arbitrarios malversadores¡±. ¡°Es decir, se obtiene una inferencia que rebasa ampliamente los ma?rgenes que fijo? la sentencia¡± recurrida, advierten Ferrer y Polo.
¡°Para sentar su desmesurada y desbordante conclusio?n¡±, advierten las juezas, sus tres compa?eros que firman la sentencia mayoritaria prescinden de lo que, seg¨²n la Audiencia, justific¨® el objetivo inicial de todos los acusados: ¡°Imprimir rapidez y agilidad en la adopcio?n y ejecucio?n de las medidas poli?ticas necesarias para paliar las necesidades urgentes derivadas de la crisis socioecono?mica que aquejo? Andaluci?a¡±. En esta fase, seg¨²n el voto particular, se cometi¨® un delito de prevaricaci¨®n, pero no de malversacio?n. Los indicios barajados por la sentencia mayoritaria, aseguran ambas magistradas, no son un¨ªvocos y concluyentes, sino que construyen una secuencia incriminatoria a trav¨¦s de inferencias demasiado ambiguas y abiertas, que generan m¨¢rgenes de incertidumbre en los aspectos nucleares sobre los que se construye la autor¨ªa de los acusados¡±.
Una vez que la sentencia es firme se abre el proceso para la entrada en la c¨¢rcel de los condenados. El Supremo ya ha enviado a la Audiencia de Sevilla el fallo y esta ahora debe ejecutarlo. Este ¨®rgano citar¨¢ a las partes y, habitualmente, les concede un plazo de 10 d¨ªas para presentarse en el centro penitenciario que elijan. Pero la petici¨®n de indulto que ya ha presentado la familia de Gri?¨¢n y que prev¨¦n presentar la mayor¨ªa de los condenados por malversaci¨®n puede retrasar este paso. Para eso, las defensas solicitar¨¢n a la Audiencia de Sevilla que retrase la ejecuci¨®n de la sentencia.
¡°En un caso normal, la Sala reclama a los penados que ingresen en prisi¨®n en 10 d¨ªas, pero ma?ana o pasado presentaremos los indultos y pediremos la suspensi¨®n y la sala decidir¨¢¡±, apunta un abogado que exige anonimato. Los letrados pedir¨¢n a la Audiencia que suspenda el ingreso en la c¨¢rcel invocando el art¨ªculo 4.4 del C¨®digo Penal mientras se tramita la medida de gracia. La mayor¨ªa de los condenados prev¨¦n tambi¨¦n recurrir ante el Tribunal Constitucional. Para estos casos, la jurisprudencia contempla la posibilidad de dejar en suspenso la pena para aquellos condenados que hayan sido castigados con menos de cinco a?os de c¨¢rcel. Una medida excepcional que no siempre se aplica y que depende de las circunstancias particulares.
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