Un matrimonio, acusado de yihadismo y luego absuelto, ser¨¢ indemnizado con medio mill¨®n porque les ¡°rompieron su proyecto vital¡±
?l estuvo 1.044 d¨ªas preso y ella casi un a?o, lo que dej¨® secuelas psiqui¨¢tricas a ambos y una discapacidad del 76% al hombre. La pareja perdi¨® el trabajo y la casa, y sus dos hijos tuvieron que irse a vivir a Marruecos
?l estuvo preso 1.044 d¨ªas, aislado, solo. Ella pas¨® 333 d¨ªas entre rejas, en otra c¨¢rcel. Sus dos hijos, de 1 y 4 a?os entonces, tuvieron que irse con su familia de origen a Marruecos. La familia lo perdi¨® todo, qued¨® rota. ?l hab¨ªa sido detenido y encarcelado en mayo de 2016 como supuesto cabecilla de una red de captaci¨®n yihadista y ella corri¨® la misma suerte en enero de 2017. A?os despu¨¦s, ambos fueron absueltos de los delitos de adoctrinamiento y enaltecimiento terrorista, pero ya les hab¨ªan roto ¡°su proyecto vital¡±. El proyecto, seg¨²n dice ahora la Audiencia Nacional en alusi¨®n al hombre, de ¡°una persona joven con una vida familiar estable, integraci¨®n laboral desde largo tiempo con un salario de 3.642 euros al mes y buenas perspectivas con dos hijos de 4 a?os y 1 a?o de edad, un proyecto de compra de vivienda vigente mediante contrato firmado en 2016...¡å. La Audiencia ha condenado al Estado a indemnizar con 495.386 euros (m¨¢s intereses) a la pareja por la prisi¨®n indebida que padecieron y que provoc¨® en el hombre una ¡°ruptura de la personalidad por acontecimiento catastr¨®fico¡±, que le ha dejado una incapacidad del 76%.
El hombre fue arrestado durante una operaci¨®n de la Guardia Civil en Pinto y Ciempozuelos, en la Comunidad de Madrid, con otras tres personas que estaban acusadas de controlar webs y grupos de mensajer¨ªa para hacer proselitismo yihadista. Entonces se destac¨® que uno de los detenidos era un ciudadano marroqu¨ª conocido en Espa?a por su trabajo como cazatalentos en una multinacional.
La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela lo mand¨® a prisi¨®n provisional el 5 de mayo de 2016 y ah¨ª estuvo hasta el 13 de marzo de 2019, casi tres a?os. A su esposa la metieron en la c¨¢rcel el 24 de enero de 2017 y sali¨® el 22 de diciembre de ese a?o: 333 d¨ªas. Los condenaron en 2018 en primera instancia, pero el Tribunal Supremo anul¨® la sentencia y, en el nuevo juicio, fueron absueltos porque no hab¨ªa ¡°ning¨²n dato objetivo¡± que acreditase las imputaciones.
Antes de esto, la pareja viv¨ªa feliz. Ten¨ªan 38 y 37 a?os y criaban a sus dos hijos, que estaban escolarizados en centros p¨²blicos. Hab¨ªan dado casi 30.000 euros para la entrada de un piso; ¨¦l ten¨ªa contrato indefinido en una gran empresa. Ella estaba tramitando la nacionalidad e intentaba homologar su t¨ªtulo de Psicolog¨ªa mientras cuidaba a los ni?os. Todo esto salt¨® por los aires.
Nada m¨¢s ser detenido, la empresa de ¨¦l lo despidi¨® y, cuando sali¨® absuelto, prefiri¨® indemnizarlo a readmitirlo. Su nombre apareci¨® en las redes sociales y su huella digital qued¨® manchada para siempre (motivo por el que aqu¨ª se omiten sus nombres). Cuando la encarcelaron a ella, les bloquearon las cuentas bancarias, le subieron el precio del piso que iban a comprar, les denegaron la nacionalidad espa?ola, les quitaron la documentaci¨®n... y los menores tuvieron que irse a Marruecos, de donde proced¨ªa la pareja, para quedar a cargo de familiares. El hombre se intent¨® suicidar.
La sentencia de la Secci¨®n Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, adelantada por la agencia Europa Press, describe as¨ª lo que pas¨®: ¡°El tiempo de prisi¨®n (...) dur¨® casi 3 a?os, rompiendo con ello su proyecto vital (persona joven con una vida familiar estable, integraci¨®n laboral desde largo tiempo con un salario de 3.642 euros/ mes y buenas perspectivas laborales), con dos hijos de 4 a?os y 1 a?o de edad, un proyecto de compra de vivienda vigente mediante contrato firmado en 2016). La prisi¨®n le priv¨® sin duda de mantener su vida personal y familiar, con el dolor que ello provoca; m¨¢s en este caso, en que los dos hijos de 4 y 1 a?os de edad debieron quedar a cargo de la madre y posteriormente quedaron privados de la presencia de la madre y del padre, debiendo marchar a Marruecos para permanecer a cargo de los abuelos¡± [en realidad, a cargo de un hermano de ¨¦l].
La pareja solicit¨® una indemnizaci¨®n de 739.470 euros por todo este calvario, que provoc¨® en ¨¦l ¡°una ruptura de la personalidad por acontecimiento catastr¨®fico¡± de tal magnitud que en julio de 2021 la Comunidad de Madrid le reconoci¨® un grado de discapacidad del 76% y, posteriormente, una dependencia de grado II. ¡°En definitiva, existe un da?o psiqui¨¢trico muy grave, irreparable e irreversible que afecta a la identidad y al proyecto de vida¡±, dice la sentencia.
Y todo este anormal funcionamiento de la Justicia, ?cu¨¢nto vale? En el caso de ¨¦l, recibir¨¢ 320.000 euros por los da?os ps¨ªquicos, otros 125.000 por los ingresos perdidos y otras cantidades hasta completar una indemnizaci¨®n de 450.886 euros. Para ella, 45.000 euros por los da?os morales y f¨ªsicos. Y, si quieren borrar el da?o reputacional que a¨²n se puede comprobar en las redes, el tribunal de la Audiencia Nacional (¨®rgano que orden¨® la detenci¨®n, conden¨® a ambos, los absolvi¨® y ahora dicta indemnizaci¨®n) le dice a los afectados que lo intenten ellos en Google y en la Agencia de Protecci¨®n de Datos.
Segunda absoluci¨®n de cuatro hombres acusados de adoctrinar en las c¨¢rceles
La Audiencia Nacional ha vuelto a absolver a un grupo de hombres acusados de constituir en diferentes prisiones en las que cumplían condenas un supuesto frente de cárceles para adoctrinar presuntamente a otros internos en favor del Daesh (acrónimo en árabe para referirse al Estado Islámico). La absolución se produce por la ausencia de pruebas contra ellos. La Sección Cuarta de lo Penal ha dictado una nueva sentencia absolutoria para estos acusados, después de que la Sala de Apelación le ordenase repetir la resolución al detectar contradicciones en su relato de hechos probados, en atención a un recurso de la Fiscalía. Una vez solventados dichos defectos, la Sala vuelve a absolver a Abderrahmanen Tahiri -también conocido como Mohamed Achraf y quien fue condenado años atrás por liderar una célula que planeaba atentar en Madrid-, a Mohamed El Gharbi, a Karim Abdeselam Mohamed y a Abdelah Abdeselam Ahmed. El quinto acusado, Lahcen Zamzami, quedó eximido en el propio juicio al retirar la Fiscalía su acusación. Los cinco se sentaron en el banquillo en julio del año pasado, acusados de formar un grupo terrorista en las cárceles en favor de Estado Islámico mediante el envío de cartas a otros reclusos con los postulados de la organización yihadista. La Fiscalía pedía hasta 12 años de prisión para ellos, aunque planteó de manera subsidiaria una condena de 8 años por colaboración con organización terrorista o captación y adoctrinamiento terrorista.
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