?Qu¨¦ pasar¨¢ tras perder Feij¨®o su investidura? Pasos, plazos y fechas clave para una nueva o para repetir elecciones
Los comicios se celebrar¨¢n el 14 de enero si ning¨²n candidato obtiene la confianza del Congreso en dos meses
Alberto N¨²?ez Feij¨®o no ha logrado parar en su segunda votaci¨®n de investidura el reloj que se puso en marcha en la primera votaci¨®n, el mi¨¦rcoles 27, y que inexorablemente conduce, si Pedro S¨¢nchez no consigue remediarlo, a una repetici¨®n de las elecciones generales. Tras el fracaso del l¨ªder del PP, que solo ha reunido los votos de su partido, Vox, UPN y Coalici¨®n Canaria, el lunes se abre una nueva ronda de consultas del Rey, que todo indica que llevar¨¢ a que encargue a S¨¢nchez que intente reunir los apoyos para ser investido presidente del Gobierno. En teor¨ªa, S¨¢nchez tiene de margen hasta el 27 de noviembre para intentarlo, pero los socialistas quieren que el proceso sea r¨¢pido y se cierre en octubre. Si el l¨ªder socialista no lo logra, los espa?oles votar¨¢n el 14 de enero, probablemente a las mismas listas. Estas son las fechas clave, los plazos y los pasos para una nueva investidura o para repetir las elecciones.
29 de septiembre. Se consuma el fracaso de Feij¨®o y Armengol se re¨²ne con el Rey
Tras el fracaso de Feij¨®o en la segunda votaci¨®n por 172 votos a favor, 177 en contra y 1 voto nulo (se equivoc¨® el diputado de Junts Eduard Pujol, que primero dijo s¨ª y luego no), Francina Armengol, presidenta del Congreso, ha acudido al palacio de la Zarzuela para informar al Rey de los resultados. Felipe VI ha comunicado que el lunes que viene comienza la nueva ronda de contactos. En teor¨ªa, el Monarca puede proponer sucesivos candidatos hasta agotar el plazo de dos meses que se puso en marcha el d¨ªa 27, con la primera votaci¨®n.
2 y 3 de octubre. Felipe VI aborda la ronda de consultas
El Rey ha citado a los representantes de los grupos parlamentarios el lunes y martes que viene para proponer un nuevo candidato, si as¨ª lo considera oportuno. El 22 de agosto propuso a Feij¨®o, pese a que en ese momento no ten¨ªa apoyos suficientes para ser investido, como a d¨ªa de hoy tampoco los tiene asegurados S¨¢nchez. El comunicado de la Casa del Rey justificaba as¨ª la nominaci¨®n de Feij¨®o: ¡°En todas las elecciones generales celebradas desde la entrada en vigor de la Constituci¨®n, el candidato del grupo pol¨ªtico que ha obtenido el mayor n¨²mero de esca?os ha sido el primero en ser propuesto por Su Majestad el Rey como candidato a la Presidencia del Gobierno. Esta pr¨¢ctica se ha ido convirtiendo con el paso de los a?os en una costumbre. En el procedimiento de consultas llevado a cabo por Su Majestad el Rey no se ha constatado, a d¨ªa de hoy, la existencia de una mayor¨ªa suficiente para la investidura que, en su caso, hiciera decaer esta costumbre¡±. Felipe VI puede proponer en estos dos meses a tantos candidatos como considere.
Del 10 al 17 de octubre. Las fechas que prefiere el PSOE para la investidura
En el caso de que el Rey encargue a Pedro S¨¢nchez el segundo intento de investidura de esta legislatura, La Moncloa ha mostrado su preferencia por que sea r¨¢pida. Para ello, se necesita una semana entera con la agenda despejada para poder hacer tres jornadas de pleno: martes, mi¨¦rcoles, y viernes en segunda votaci¨®n. La primera semana factible es la del 10 de octubre, aunque es complicada porque tiene en medio la fiesta del 12 de octubre, una fecha de alto voltaje. La primera semana despejada, pues, ser¨ªa la del 17. Si S¨¢nchez recibe la encomienda, probablemente pactar¨¢ con Armengol una fecha, como ya hizo la presidenta del Congreso con el l¨ªder del PP para agendar su intentona, ya fallida, en esta semana. La semana del 24 de octubre tambi¨¦n ser¨ªa factible. Es un poco m¨¢s complicada, porque Pedro S¨¢nchez tiene que participar en la cumbre de la UE en Bruselas el 26 y 27, jueves y viernes.
31 de octubre. La Princesa de Asturias jura la Constituci¨®n en el Congreso
La heredera de la Corona, Leonor de Borb¨®n, princesa de Asturias, jurar¨¢ la Constituci¨®n el 31 de octubre, fecha en la que cumple la mayor¨ªa de edad, en una sesi¨®n solemne del Congreso y el Senado en el Palacio de las Cortes, en la madrile?a carrera de San Jer¨®nimo. El acto de juramento de la princesa de Asturias es un s¨ªmbolo de la continuidad din¨¢stica de la Monarqu¨ªa, as¨ª como uno de los hechos m¨¢s solemnes que se celebra en las Cortes (ser¨¢ la segunda vez que lo haga un heredero en democracia: Felipe VI la jur¨® el 30 de enero de 1986). Est¨¢ previsto que el 7 de octubre do?a Leonor jure bandera en un acto p¨²blico en la Academia Militar de Zaragoza al que asistir¨¢n los Reyes.
Noviembre. Un mes pr¨¢cticamente despejado
Las tres semanas que van del 6 al 26 de noviembre est¨¢n completamente despejadas. No hay previstos plenos del Congreso, ni grandes actos. Y, sobre todo, est¨¢n dentro del rango legal para acudir a una nueva investidura. Incluso, si tambi¨¦n hubiera fracasado S¨¢nchez, en teor¨ªa podr¨ªa intentarlo de nuevo Feij¨®o en caso de reunir apoyos y en caso de que se lo propusiera de nuevo Felipe VI.
27 de noviembre. Fin del plazo para investir candidato
Es un hito clave en el camino. Es la fecha en la que se cumplen los dos meses desde que Feij¨®o perdi¨® la primera votaci¨®n. Y en eso el art¨ªculo 99 de la Constituci¨®n es muy claro: ¡°Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votaci¨®n de investidura, ning¨²n candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolver¨¢ ambas C¨¢maras y convocar¨¢ nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso¡±. La publicaci¨®n de ese real decreto en el BOE debe hacerse en el d¨ªa de su expedici¨®n y entra en vigor el mismo d¨ªa. Esa fecha es determinante, ya que las elecciones se celebran justo 47 d¨ªas despu¨¦s, seg¨²n la disposici¨®n adicional s¨¦ptima de la ley electoral, introducida en 2016 para casos espec¨ªficos de repetici¨®n electoral por imposibilidad de una investidura. ¡°El real decreto de convocatoria se?ala la fecha de las elecciones, que habr¨¢n de celebrarse el d¨ªa cuadrag¨¦simo s¨¦ptimo posterior a la convocatoria¡±, dice la citada disposici¨®n adicional en su apartado 1. En circunstancias normales, el plazo desde la disoluci¨®n de las Cortes hasta el d¨ªa en que se celebran las elecciones es de 54 d¨ªas.
5 de enero. Comienza la campa?a electoral.
La campa?a electoral fue reducida a una semana en los casos de repetici¨®n. As¨ª, para que las elecciones se celebren exactamente 47 d¨ªas despu¨¦s de la publicaci¨®n del decreto de convocatoria electoral, la reforma de la ley de 2016 tambi¨¦n redujo la campa?a. ¡°La campa?a electoral, que empezar¨¢ el d¨ªa trig¨¦simo octavo posterior a la convocatoria, dura ocho d¨ªas. El env¨ªo directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral podr¨¢, sin embargo, realizarse a partir del d¨ªa trig¨¦simo primero posterior a la convocatoria¡±, subraya la legislaci¨®n electoral. La campa?a empieza, pues, el 5 de enero, el d¨ªa habitual de las cabalgatas de Reyes en Espa?a, y concluye el 12 de ese mes.
14 de enero. Elecciones generales, otra vez
Los plazos tasados por la ley conducen a esta fecha electoral, salvo investidura mediante. Ese domingo se cumple el d¨ªa cuadrag¨¦simo s¨¦ptimo posterior a la convocatoria, pasadas las fiestas navide?as. Y, una vez conocidos los resultados, comienza de nuevo el proceso para constituir las Cortes (dentro de los 25 d¨ªas siguientes a la celebraci¨®n de las elecciones) e intentar de nuevo una mayor¨ªa para tener un presidente del Gobierno.
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