Un tribunal respalda a una mujer detenida que se defendi¨® de los pu?etazos de un ¡®ertzaina¡¯ en Getxo
La Audiencia de Bizkaia concluye que el agente ¡°se extralimit¨® en sus funciones¡±, algo que ¡°autoriza a cualquier ciudadano a responder¡±. La mujer ha sido absuelta del delito de lesiones contra el polic¨ªa y el agente condenado a seis meses de prisi¨®n
La Audiencia de Bizkaia ha condenado a seis meses de prisi¨®n a un ertzaina por abofetear y dar dos pu?etazos a una mujer que estaba detenida en los calabozos de la comisar¨ªa de Getxo y ha absuelto a la mujer, que ¡°le ara?¨® la cara y el cuello¡±, de un delito leve de lesiones del que estaba acusada. El tribunal concluye que el agente ¡°se extralimit¨® en sus funciones¡± al propinarle los tortazos a la mujer y subraya que este comportamiento ¡°totalmente innecesario (...) autoriza a cualquier ciudadano a responder, a repeler una agresi¨®n ileg¨ªtima, ilegal¡±. La mujer ha sido finalmente condenada a una multa de 540 euros por desobediencia grave, porque intent¨® arrebatar por dos veces a una agente una cartera con sus pertenencias que le hab¨ªan intervenido previamente. La sentencia, que se ha hecho p¨²blica este jueves, puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco.
El caso comenz¨® en mayo de 2018, en la puerta de un supermercado de Algorta-Getxo. La mujer fue detenida por recriminar a unos agentes de polic¨ªa que estuvieran pidiendo la documentaci¨®n a un hombre bebido que estaba molestando a los viandantes. Termin¨® arrestada por un delito de desobediencia y resistencia y acab¨® en la comisar¨ªa. Una vez en los calabozos de Getxo, la mujer intent¨® recuperar su cartera arrebat¨¢ndosela a una agente, aunque no lo consigui¨®. Fue entonces cuando, seg¨²n los hechos probados, el ertzaina la agarr¨® del brazo y con ¡°evidente extralimitaci¨®n y sin necesidad alguna¡± le propin¨® una ¡°fuerte bofetada¡±. La mujer respondi¨® defendi¨¦ndose. Le ¡°ara?¨® la cara y en el cuello¡± y despu¨¦s, mientras otra agente se interpon¨ªa entre ambos, el agente acusado volvi¨® a propinar a la detenida ¡°dos fuertes pu?etazos en la cara¡±. La secuencia viene recogida la sentencia, cuyo contenido se ha conocido este jueves a trav¨¦s de un comunicado.
El tribunal ensalza la importancia que han tenido las grabaciones de v¨ªdeo en este caso, ya que las dos escenas que han tenido que enjuiciar, la detenci¨®n en la puerta del supermercado y la agresi¨®n en los calabozos, quedaron registrados por c¨¢maras de seguridad, y esto les ha permitido enjuiciar lo ocurrido, m¨¢s all¨¢ de las declaraciones de los implicados y los testigos. Los jueces no han apreciado que la arrestada fuera agresiva con los agentes cuando les recrimin¨® que estuvieran identificando a una persona. ¡°Les habla y les recrimina¡±, pero no se interpone f¨ªsicamente entre los ertzainas y el ciudadano. Seg¨²n la sentencia, no consta que ella ¡°entorpeciera o se inmiscuyera en la labor policial¡± y resalta que recibi¨® varios empujones de los agentes para apartarla. ¡°No se observa actitud y mucho menos, actos agresivos¡± de la mujer, escriben los jueces.
El nivel de reproche del tribunal se eleva considerablemente cuando repasan lo ocurrido en el calabozo de la comisar¨ªa de Gexto. La sentencia concluye que la mujer intenta dos veces recuperar su cartera, aunque no llega a tocar a la polic¨ªa que estaba custodiando sus pertenencias en ese momento, y que el agente termin¨® golpe¨¢ndola ¡°sin necesidad alguna¡±. Los jueces ven en el comportamiento del agente ¡°un evidente acto de extralimitaci¨®n de sus funciones y que autoriza a cualquier ciudadano a responder, a repeler una agresi¨®n ileg¨ªtima, ilegal¡±. Seg¨²n el tribunal, con esa reacci¨®n, el agente ¡°abdica de sus deberes profesionales¡±. ¡°En un ataque de ira que en un funcionario p¨²blico no puede ni debe permitirse¡±, somete a la mujer a un ¡°evidente maltrato f¨ªsico, de cierta entidad¡±, que ¡°la degradan como detenida y como ciudadana, que invade, innecesaria e ilegalmente, su espacio de dignidad personal, que la cosifica como ser humano y que nadie est¨¢ obligado a soportar ni a esperar de un servidor p¨²blico¡±, recoge la decisi¨®n judicial.
Con respecto a la actuaci¨®n de la mujer, el tribunal considera que cometi¨® un ¡°continuado desprecio del principio de autoridad¡± contra los dos agentes que la estaban custodiando en ese momento al intentar arrebatar por dos veces su cartera a la agente. El tribunal tambi¨¦n obliga al agente a indemnizar a la mujer con 12.400 euros por el da?o moral que le ha causado y por la ¡°agravaci¨®n de la cl¨ªnica psiqui¨¢trica¡± que ella ten¨ªa antes de que ocurrieran estos hechos. Sobre las lesiones que la mujer caus¨® al agente, los jueces afirman que son por ¡°leg¨ªtima defensa¡±.
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