El Tribunal Superior de Navarra falla que la plaza de la Constituci¨®n de Pamplona se rotule tambi¨¦n en euskera
El fallo deriva de un recurso de Bildu en 2022, formaci¨®n hoy en la alcald¨ªa, contra una decisi¨®n del Ayuntamiento en 2022 de denominar la v¨ªa solo en castellano
La plaza de la Constituci¨®n de Pamplona tambi¨¦n estar¨¢ rotulada en euskera. La decisi¨®n deriva de que el t¨¦rmino ¡°Constituci¨®n¡± no es un nombre propio, sino com¨²n. Esta conclusi¨®n extra¨ªda por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha llevado a la Sala a determinar que la plaza de la Constituci¨®n de Pamplona debe rotularse tambi¨¦n en euskera. Esta sentencia, con un largo recorrido judicial, tiene su origen en el recurso presentado en 2022 por el entonces concejal del Ayuntamiento de Pamplona Joseba Asiron (EH Bildu) ¡ªactual alcalde¡ª contra la decisi¨®n del que era regidor entonces, Enrique Maya (UPN), de no rotular dicha plaza en los dos idiomas, tal y como marca la normativa. El r¨®tulo que da nombre al espacio reza en la actualidad ¡°Plaza Constituci¨®n¡± y justo debajo, en peque?o, puede leerse ¡°Constituci¨®n espa?ola de 1978-1978ko Espainiako Konstituzioa¡±. Dado el reciente cambio en la alcald¨ªa, lo previsible es que no se presenten m¨¢s recursos y que el consistorio modifique el r¨®tulo en un breve espacio de tiempo para incorporar, en grande, la denominaci¨®n en euskera.
Para el tribunal, la clave ha sido determinar si la denominaci¨®n elegida por el consistorio ¡ª¡°Constituci¨®n¡±¡ª es un nombre propio o no. De serlo, no ser¨ªa traducible. ¡°Sobre los nombres propios, es cierto que no admiten traducci¨®n y deben rotularse con la denominaci¨®n registrada, sea en castellano, sea en euskera¡±. No obstante, dejan claro en la sentencia que constituci¨®n es un nombre com¨²n, ¡°como lo son los t¨¦rminos ley org¨¢nica, ley foral, decreto legislativo, decreto ley, todos ellos traducibles. Ni siquiera las denominaciones Carta Magna, Norma suprema del ordenamiento jur¨ªdico o Ley de leyes convierten el t¨¦rmino constituci¨®n en nombre propio¡±.
El tribunal rechaza as¨ª la tesis defendida hasta ahora por el Ayuntamiento de Pamplona (en manos de UPN hasta la reciente moci¨®n de censura en diciembre), que considera que la denominaci¨®n de las calles da lugar a un nombre propio ex novo. En otras palabras, que al dar nombre a una plaza, el t¨¦rmino constituci¨®n se convierte en un nombre propio por s¨ª mismo. ¡°Lo que da lugar la denominaci¨®n es a un nombre ex novo para un lugar, pero ese nombre ser¨¢ propio o com¨²n en funci¨®n de su naturaleza, sin que el hecho de atribuir una denominaci¨®n a una calle lo convierta en nombre propio per se, no obstante, lo singularice respecto de otros¡±, recalcan los magistrados en la resoluci¨®n.
Los hechos se remontan a enero de 2022, cuando el Ayuntamiento de Pamplona bautiz¨® esta v¨ªa con el nombre ¡°plaza de la Constituci¨®n¡±. Aquel a?o, Asiron present¨® un recurso por la decisi¨®n consistorial de no traducir la palabra ¡°constituci¨®n¡± al entender que se estaba incumpliendo la ordenanza reguladora de la utilizaci¨®n del euskera que, en su art¨ªculo ocho, establece que ¡°el Ayuntamiento de Pamplona utilizar¨¢ el castellano y el euskera cuando se dirija de modo general a la ciudadan¨ªa. As¨ª, ser¨¢ biling¨¹e la rotulaci¨®n de edificios, calles y espacios p¨²blicos¡±.
En junio de 2022, el Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) estim¨® el recurso de Asiron y el consistorio recurri¨®. En marzo de 2023 el Juzgado de lo Contencioso-administrativo N¨²mero 2 de Pamplona confirm¨® la resoluci¨®n del TAN que, de nuevo, fue recurrida por el equipo de Maya. Ahora, la ha confirmado la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJN. En la sentencia, el TSJN entiende que ¡°la regla general es la rotulaci¨®n de edificios calles y espacios p¨²blicos en castellano y en euskera y la excepci¨®n, que ha de ser objeto de interpretaci¨®n restrictiva como toda excepci¨®n a la regla general, la rotulaci¨®n monoling¨¹e, bien en euskera bien en castellano¡±. Esta ordenanza regula la relaci¨®n de la Administraci¨®n p¨²blica municipal con la ciudadan¨ªa que, dado que Pamplona est¨¢ ubicada en la zona mixta de Navarra, deber¨¢ realizarse en los dos idiomas. Tal y como detall¨® en su d¨ªa el consistorio, ¡°como criterio general, la ciudadan¨ªa de Pamplona tiene derecho a dirigirse al Ayuntamiento, tanto en castellano como en vascuence, de forma oral o escrita. La Administraci¨®n les responder¨¢ en la lengua inicialmente empleada en las conversaciones orales y, o bien en castellano, o bien de forma biling¨¹e, en las comunicaciones escritas¡±. La Comunidad foral se divide en tres ¨¢reas -vasc¨®fona, mixta y no vasc¨®fona- para adaptar la relaci¨®n entre las administraciones p¨²blicas y la ciudadan¨ªa a la realidad socioling¨¹¨ªstica de cada zona.
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