El Supremo abre una causa penal a Puigdemont y a Wagensberg por delito de terrorismo en el ¡®caso Tsunami¡¯
El alto tribunal, en contra del criterio de la Fiscal¨ªa, sostiene que hay ¡°una pluralidad de indicios¡± que apuntan al ¡°liderazgo absoluto¡± del expresidente catal¨¢n en los disturbios de 2019
El Tribunal Supremo investigar¨¢ al expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont por terrorismo en el caso Tsunami Democr¨¤tic, donde se indagan las protestas y disturbios que siguieron, en octubre de 2019, a la sentencia del proc¨¦s. La Sala de lo Penal ha tomado este jueves la decisi¨®n por unanimidad, y en contra del criterio de la Fiscal¨ªa, tras analizar la exposici¨®n razonada enviada por el juez Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n. La instructora del caso, designada por turno de reparto, ser¨¢ la magistrada Susana Polo. Puigdemont, huido de la justicia desde 2017 y l¨ªder de Junts, negocia desde hace meses con el PSOE una ley de amnist¨ªa que lo exculpe a ¨¦l, y al resto de encausados del proc¨¦s, de todos los delitos vinculados al desaf¨ªo independentista catal¨¢n de la ¨²ltima d¨¦cada. A ellos habr¨¢ que sumar ahora esta nueva causa en el Supremo con la que no se contaba cuando la medida de gracia empez¨® a negociarse.
En el auto dictado este jueves, el Supremo da por buenas las razones que llevaron al juez de la Audiencia Nacional Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n a pedir al alto tribunal que investigara a Puigdemont. La Sala subraya que hay ¡°una pluralidad de indicios¡± que apuntan al ¡°liderazgo absoluto¡± y la ¡°autor¨ªa intelectual¡± del expresidente catal¨¢n en los hechos atribuibles a Tsunami. Y remarca que el l¨ªder de Junts, lejos de frenar a la plataforma, ¡°anim¨® a seguir en las acciones violentas que se desarrollaron con su conocimiento y consentimiento¡±.
El tribunal abre tambi¨¦n una investigaci¨®n al diputado del Parlament Rub¨¦n Wagensberg (ERC), pero devuelve a la Audiencia Nacional las pesquisas sobre los 10 investigados que no est¨¢n aforados, entre ellos la secretaria general de ERC, Marta Rovira. Respecto a Puigdemont y Wagensberg, los magistrados concluyen que el Supremo debe asumir la causa porque hay indicios contra ambos y es ¡°necesario y pertinente que sean llamados al procedimiento, a fin de ser o¨ªdos como investigados, con todos los derechos y garant¨ªas¡±; al estar aforados, ese tr¨¢mite no puede hacerlo la Audiencia Nacional.
La decisi¨®n del Supremo llega cuando el PSOE y Junts intentan alcanzar un acuerdo sobre la proposici¨®n de la ley de amnist¨ªa, estancada precisamente por las discrepancias de ambos partidos sobre c¨®mo garantizar la medida de gracia para los encausados por terrorismo. La redacci¨®n actual propone amnistiar todos los casos de terrorismo excepto aquellos que, ¡°de forma manifiesta y con intenci¨®n directa¡±, hayan causado violaciones graves de derechos humanos (que son muerte, torturas o trato degradante, seg¨²n los convenios europeos a los que la ley remite). El PSOE sostiene que este texto garantiza, en la pr¨¢ctica, la amnist¨ªa para los implicados en el caso Tsunami, pero los ¨²ltimos autos de Garc¨ªa-Castell¨®n apuntaron a que en la causa ¨¦l s¨ª ve indicios de violaciones graves de derechos humanos, lo que llev¨® a Junts a temer que Puigdemont quedar¨ªa fuera de la amnist¨ªa. Por ello, el partido independentista vot¨® en contra de la norma y forz¨® una nueva negociaci¨®n, cuyo plazo termina el pr¨®ximo jueves, 7 de marzo.
La resoluci¨®n dictada por el Supremo no da pistas sobre si los hechos que se imputan al expresidente catal¨¢n estar¨ªan o no entre los que la ley considera no amnistiables, pero el paso dado por el alto tribunal implica sin duda un riesgo para la aplicaci¨®n de la medida de gracia a Puigdemont. Si hay acuerdo entre el PSOE y Junts y la ley sigue adelante, su tramitaci¨®n se cruzar¨¢ con la instrucci¨®n en el Supremo de la causa abierta este jueves. La previsi¨®n, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, es que la instructora Susana Polo cite a Puigdemont a declarar en las pr¨®ximas semanas de forma voluntaria; si, como es probable, este no acude, el tribunal tendr¨¢ que pedir (a trav¨¦s de un suplicatorio) al Parlamento Europeo que le levante la inmunidad parlamentaria para poder actuar contra ¨¦l, como ya ocurri¨® en la causa del proc¨¦s.
El Supremo ha asumido la tesis de Garc¨ªa-Castell¨®n, que considera que los hechos estudiados en la causa constituyen un delito de terrorismo. Para los magistrados, las conductas analizadas en el caso Tsunami encajan sin ¡°duda alguna¡± en los art¨ªculos 573 y 573 bis del C¨®digo Penal, que tipifican como delito de terrorismo la comisi¨®n de un delito grave contra la integridad f¨ªsica o moral, o contra la libertad, llevado a cabo para alterar gravemente la paz p¨²blica, o para obligar a los poderes p¨²blicos a realizar determinada actuaci¨®n. El Supremo cita una decena de sentencias suyas de terrorismo callejero que consolida su doctrina sobre este delito. ¡°El terrorismo no es, ni puede ser, un fen¨®meno est¨¢tico sino que se ampl¨ªa y diversifica de manera paulatina y constante, en un amplio abanico de actividades, por lo que el legislador penal democr¨¢tico en la respuesta obligada a este fen¨®meno complejo ha de ir ampliando tambi¨¦n el espacio penal de los comportamientos que objetivamente han de ser considerados terroristas¡±, se?ala el tribunal citando su propia sentencia del caso Herriko tabernas, de 2015.
La Sala que ha tomado la decisi¨®n ha estado formada por el presidente, Manuel Marchena, y los magistrados Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, Carmen Lamela, Eduardo Porres y Juan Ram¨®n Berdugo. Este ¨²ltimo ha sido el ponente del auto, en el que se atribuye a los integrantes de Tsunami Democr¨¤tic indicios de delitos graves contra la libertad, integridad f¨ªsica, de atentados y falsedades documentales, y contra el patrimonio. El alto tribunal hace suyos los argumentos esgrimidos por la junta de fiscales de sala del Supremo el pasado 6 de febrero, cuando acord¨®, por 12 votos a 3, investigar Tsunami como un caso de terrorismo, una decisi¨®n que fue luego corregida por la teniente fiscal del alto tribunal, Mar¨ªa ?ngeles S¨¢nchez Conde.
El auto alude tambi¨¦n a la Memoria del a?o 2020 de la Fiscal¨ªa General del Estado (cuando era fiscal general Dolores Delgado), que hablaba del ¡°movimiento violento independentista catal¨¢n¡± y se?alaba expresamente a los Comit¨¦s de Defensa de la Rep¨²blica (CDR) y el llamado Equipo de Respuesta T¨¢ctica (ERT) por los delitos de pertenencia a organizaci¨®n terrorista, tenencia de explosivos con finalidad terrorista y conspiraci¨®n para la comisi¨®n de estragos. Tambi¨¦n se se?alaba en esa Memoria, advierte el Supremo, que ¡°dentro de ciertos sectores del independentismo se fueron incrementando progresivamente las movilizaciones y perfilando las diferentes din¨¢micas, especialmente a trav¨¦s de Tsunami Democr¨¤tic y los intentos de paralizar el aeropuerto de Barcelona y los ataques a edificios p¨²blicos y policiales¡±. Por ello, el tribunal considera que, ¡°ya de entrada, la afirmaci¨®n que aflora en algunos pol¨ªticos y medios de comunicaci¨®n [de] que solo las acciones de ETA o de la Yihad merecen ser tratados como terrorismo, es incompatible con la definici¨®n que del terrorismo se deriva del actual art¨ªculo 573 [del] C¨®digo Penal¡±.
¡°Autor¨ªa intelectual¡±
El auto subraya que hay ¡°una pluralidad de indicios¡± que acreditan ¡°dominio funcional del hecho, liderazgo absoluto, autor¨ªa intelectual y asunci¨®n de las riendas¡± por parte de Puigdemont en los disturbios de 2019. El expresidente catal¨¢n, aseguran los jueces, podr¨ªa haber frenado a la plataforma retir¨¢ndole su apoyo, ¡°pero lejos de eso anim¨® a seguir en las acciones violentas que se desarrollaron con su conocimiento y consentimiento¡±. ¡°En una organizaci¨®n delictiva los hombres de atr¨¢s, que ordenan delitos con mando aut¨®nomo ¡ªpudiendo evitarlo¡ª pueden, en este caso, ser responsables como autores mediatos, aun cuando los ejecutores inmediatos sean, asimismo, castigados como autores plenamente responsables¡±, advierte.
El Supremo, como Garc¨ªa-Castell¨®n, argumenta la implicaci¨®n de Puigdemont en que desde el inicio estuvo informado de la constituci¨®n de la plataforma Tsunami, creada, seg¨²n el tribunal, ¡°para la subversi¨®n del orden constitucional y desestabilizaci¨®n grave de las instituciones democr¨¢ticas, impidiendo a los poderes p¨²blicos cumplir sus resoluciones¡±. La Sala menciona las reuniones a las que supuestamente asisti¨® el expresident en las fechas previas al lanzamiento de Tsunami y sostiene, en l¨ªnea con lo instruido por Garc¨ªa-Castell¨®n, que Puigdemont aparece ¡°directamente implicado¡± en la campa?a para promocionar p¨²blicamente esta plataforma.
El auto desecha el informe presentado por la teniente fiscal del Supremo, que es el que constituye la postura oficial de la Fiscal¨ªa en este caso y que consider¨® que no hab¨ªa delito de terrorismo ni implicaci¨®n de Puigdemont. El tribunal reprocha a Mar¨ªa ?ngeles S¨¢nchez Conde que su escrito cuestione uno a uno los indicios aportados por el juez instructor ¡°con una subjetiva interpretaci¨®n de los mismos¡± y valor¨¢ndolos ¡°aisladamente¡±, lo que supone, seg¨²n los jueces, un ¡°error¡±. ¡°La fuerza probatoria de la prueba indiciaria procede precisamente de la interrelaci¨®n y combinaci¨®n de los mismos, que concurren y se refuerzan respectivamente, cuando todos ellos se?alan racionalmente en una misma direcci¨®n¡±, se?alan los magistrados, que dirigen una dura cr¨ªtica a la teniente fiscal: ¡°No resulta aceptable analizar cada uno de aquellos elementos y darles otra interpretaci¨®n, o bien aislarlos del conjunto probatorio extrayendo sus propias conclusiones, pues la fuerza convictiva de la prueba indirecta se obtiene mediante el conjunto de los indicios, probados, a su vez, por prueba directa¡±.
La Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional recurre el env¨ªo a Suiza del escrito que situaba a Puigdemont como l¨ªder de Tsunami
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido el envío a Suiza del escrito de los fiscales que situaba a Carles Puigdemont como líder de Tsunami Democràtic. El ministerio público se opone así a la decisión del juez Manuel García-Castellón que estipulaba que se enviara a Suiza el escrito de los fiscales del Tribunal Supremo, en la que apuntaban que el expresidente de la Generalitat había liderado el movimiento secesionista, una tesis que no ha acogido finalmente el alto tribunal.
La decisión de García-Castellón ha sido recurrida por el fiscal Miguel Ángel Carballo que, junto al este juez, lleva investigando el caso desde 2019. Carballo recuerda en su recurso que la Fiscalía del Supremo no ha respondido formalmente a la petición de García-Castellón, y pide que no se envíe a Suiza un documento "apócrifo", sin firmas, "no autenticado ni remitido por los cauces oficiales" a la Audiencia. Hace esta advertencia tras tener conocimiento de que el juzgado ha pedido que se traduzca ese documento para remitirlo a las autoridades suizas.
Carballo recuerda "el principio de unidad de actuación del ministerio fiscal, órgano constitucional único para todo el Estado, cuyos integrantes actúan como una misma persona a través de sus órganos propios". García-Castellón decidió enviar a Suiza el escrito de los fiscales que vinculaban a Puigdemont con posibles delitos de terrorismo en el marco de Tsunami Democràtic después de que las autoridades de ese país le pidieran información adicional para verificar si su solicitud "tiene carácter político", lo que, según apuntaban, les impediría conceder la asistencia judicial que solicitaba.
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