El Constitucional suspende la tramitaci¨®n de una propuesta independentista en el Parlamento catal¨¢n
El tribunal admite el recurso del Gobierno contra la iniciativa legislativa popular que la C¨¢mara auton¨®mica hab¨ªa registrado en febrero
El Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha admitido a tr¨¢mite el recurso presentado por el Gobierno de Pedro S¨¢nchez contra la iniciativa legislativa popular (ILP) registrada en el Parlamento de Catalu?a el pasado febrero y en la que se ped¨ªa reactivar un plan de independencia. Al admitir ese recurso, la propuesta queda autom¨¢ticamente suspendida durante un plazo inicial de cinco meses, en virtud del art¨ªculo 161.2 de la Constituci¨®n. El Ejecutivo recurri¨® la iniciativa al estimar que desborda las competencias de la C¨¢mara catalana y pretende alterar el orden constitucional. Si dentro de cinco meses el Constitucional a¨²n no ha dictaminado sobre el fondo de la cuesti¨®n, tendr¨¢ que decidir si prorroga o no la suspensi¨®n.
La providencia del ¨®rgano de garant¨ªas ha sido adoptada por unanimidad, aunque sin mediar una votaci¨®n expresa. Se sometieron a debate dos informes contrapuestos: el primero abogaba por rechazar la impugnaci¨®n del Gobierno, con el argumento de que la Mesa del Parlament se limit¨® a aceptar la tramitaci¨®n de la iniciativa legislativa popular, a darle curso, y que esa decisi¨®n no prejuzga la legalidad de la propuesta. Este informe fue elaborado por el letrado del ponente, el magistrado Enrique Arnaldo.
El segundo dictamen defend¨ªa la admisi¨®n del recurso al considerar que la asunci¨®n de la nueva propuesta a favor de la independencia de Catalu?a no implica simplemente un acto organizativo de los debates del Parlament, sino el inicio de un procedimiento que vulnera numerosas sentencias del propio Constitucional. Esas sentencias han anulado intentos similares previos porque una C¨¢mara auton¨®mica no tiene competencias para plantear alteraciones del orden constitucional. Este segundo dictamen fue elaborado por uno de los letrados del pool o mesa general del ¨®rgano de garant¨ªas.
Durante el debate, seg¨²n fuentes del tribunal, ha sido mencionado el precedente del plan Ibarretxe en 2004. Un caso al que tambi¨¦n alud¨ªa el letrado que confeccion¨® el informe contrario a admitir el recurso del Gobierno. Cuando el entonces lehendakari del PNV, Juan Jos¨¦ Ibarretxe, present¨® su propuesta de reforma del Estatuto de autonom¨ªa y el Parlamento vasco la tramit¨® en noviembre de 2003, el Gobierno de Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar (PP) impugn¨® su tramitaci¨®n. El Constitucional, sin embargo, decidi¨® en abril de 2004 inadmitir la impugnaci¨®n del Ejecutivo por estimar que dicho plan, aunque ten¨ªa un contenido netamente soberanista, era una mera ¡°propuesta¡± legislativa que a¨²n carec¨ªa de efectos externos a la propia instituci¨®n parlamentaria. Por tanto, permiti¨® su tramitaci¨®n y debate.
El tribunal, sin embargo, ha considerado en su pleno de hoy que el recurso presentado contra la nueva propuesta independentista en Catalu?a s¨ª tiene efectos inmediatos, porque implica una movilizaci¨®n social consistente en la recogida de firmas, entre otras acciones que suponen contravenir sentencias dictadas por el propio ¨®rgano de garant¨ªas. En sustancia, dichas resoluciones, como las que anularon las leyes de desconexi¨®n impulsadas en 2017 por las fuerzas independentistas en plena recta final del proc¨¦s, establecieron el principio de que no cabe el ejercicio del derecho de autodeterminaci¨®n sin una reforma previa de la Constituci¨®n.
La Mesa del Parlamento catal¨¢n admiti¨® a tr¨¢mite el pasado 20 de febrero la iniciativa legislativa popular, con el voto a favor de Junts y la CUP, la abstenci¨®n de ERC y el voto en contra del PSC. La decisi¨®n se tom¨® a pesar del informe en contra de los letrados de la C¨¢mara, que avisaron de que la iniciativa desbordaba las competencias auton¨®micas.
La providencia aprobada por el Constitucional informa escuetamente de la decisi¨®n adoptada en el sentido de ¡°admitir a tr¨¢mite las impugnaciones de disposiciones auton¨®micas por el Gobierno de la Naci¨®n¡±, en relaci¨®n con ¡°el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Catalu?a de 20 de febrero de 2024¡å, que asumi¨® la iniciativa legislativa popular denominada ¡°Proposici¨®n de ley de declaraci¨®n de la independencia de Catalu?a¡±. En paralelo, el Constitucional da traslado de la demanda al Parlamento catal¨¢n al objeto de que, en el plazo de 20 d¨ªas, ¡°aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes¡±. Y, por ¨²ltimo, aplica el art¨ªculo 161.2 de la Constituci¨®n, que obliga a suspender autom¨¢ticamente cualquier iniciativa que sea recurrida por el Gobierno.
La portavoz del Gobierno catal¨¢n, Patricia Plaja, ha lamentado que el Ejecutivo central haya utilizado ¡°una vez m¨¢s los estamentos judiciales para que no se pueda hablar de aquellos temas que no le interesan, le son inc¨®modos y no le gustan¡±. A su juicio, el Gobierno ¡°ha aprendido poco o nada de los ¨²ltimos a?os¡±.
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