La ponencia del Constitucional sobre los ERE de Andaluc¨ªa cuestiona las condenas por prevaricaci¨®n
El proyecto de resoluci¨®n, que responde a un recurso de la exconsejera Magdalena ?lvarez, propone la nulidad parcial de la sentencia del Supremo
El Tribunal Constitucional empezar¨¢ a deliberar la pr¨®xima semana sobre los recursos contra las condenas impuestas por el caso de los ERE de Andaluc¨ªa. Y lo har¨¢ sobre la base de una ponencia (proyecto de sentencia) que propone estimar parcialmente la impugnaci¨®n presentada por Magdalena ?lvarez, exconsejera de Econom¨ªa de la Junta andaluza. Esa ponencia ha sido elaborada por la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalb¨¢n, del sector progresista, y su texto considera que debe anularse la condena impuesta por el delito de prevaricaci¨®n, seg¨²n fuentes conocedoras del documento.
Magdalena ?lvarez fue condenada a nueve a?os de inhabilitaci¨®n especial para ejercer cargo p¨²blico por un delito continuado de prevaricaci¨®n (que no implica prisi¨®n). Montalb¨¢n interpreta que debe revisarse la interpretaci¨®n que hizo la Audiencia de Sevilla, y que ratific¨® el Supremo, respecto a este tipo penal, habida cuenta de que en su d¨ªa nadie impugn¨® la ley de Presupuestos de Andaluc¨ªa de la que deriv¨® la gesti¨®n realizada posteriormente sobre los ERE acordados por la Junta. Por el mismo delito fueron condenados otros 14 excargos m¨¢s de la Junta, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n, aunque este ¨²ltimo fue condenado tambi¨¦n por malversaci¨®n, una pena que s¨ª implica prisi¨®n y que a¨²n no ha sido ejecutada debido al tratamiento m¨¦dico al que Gri?¨¢n se est¨¢ sometiendo desde hace a?os.
La sentencia de los ERE concluy¨® que, entre los a?os 2000 y 2009, la entonces c¨²pula del PSOE andaluz urdi¨® un ¡°sistema fraudulento¡± dotado con 680 millones de euros que, en medio de un ¡°descontrol absoluto¡±, reparti¨® fondos a empresas en crisis para garantizar la ¡°paz social¡±. El Supremo ratific¨® en 2022 esa condena impuesta por la Audiencia de Sevilla en 2019. En el caso de Magdalena ?lvarez, el fallo argumentaba que ¡°era la consejera de Hacienda cuando se produjo el cambio mediante la modificaci¨®n presupuestaria de 18 de abril de 2000, participando tambi¨¦n en su aprobaci¨®n por el Consejo de Gobierno, al igual que con las restantes que durante el ejercicio de su cargo fueron aprobadas por el Consejo de Gobierno¡±. A?ad¨ªa que ?lvarez tambi¨¦n ¡°intervino en la elaboraci¨®n de los presupuestos de los a?os 2002, 2003 y 2004, participando en las sesiones del Consejo de Gobierno, aprobando los proyectos de presupuestos¡±.
En el caso de que se apruebe el proyecto de sentencia, el Constitucional remitir¨¢ a la Audiencia de Sevilla su fallo, para que dicte una nueva sentencia sobre el fraude de los ERE en este aspecto. La doctrina de esta primera resoluci¨®n del ¨®rgano de garant¨ªas deber¨¢ ser aplicada al resto de condenas por el delito de prevaricaci¨®n. En plenos sucesivos, el tribunal analizar¨¢ los otros recursos presentados. La ponente de todos los recursos sobre el caso de los ERE en el Constitucional ser¨¢ Inmaculada Montalb¨¢n.
En este primer pleno dedicado al caso el tribunal de garant¨ªas podr¨ªa resolverse tambi¨¦n la impugnaci¨®n presentada por el exconsejero de Empleo de la Junta Jos¨¦ Antonio Viera. Es un asunto distinto del anterior, ya que Viera fue condenado por malversaci¨®n, lo que supone que es mucho menos probable que la impugnaci¨®n prospere. En todo caso, el prop¨®sito del Constitucional es que los doce recursos presentados contra las condenas por el caso de los ERE queden resueltos antes de finales de julio.
Al resolver en 2022 los recursos de casaci¨®n contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla, el Supremo mantuvo la condena por delito continuado de prevaricaci¨®n administrativa a quienes concedieron las ayudas de los ERE y a las distintas autoridades que intervinieron de forma determinante en los procesos de aprobaci¨®n de las partidas presupuestarias que permitieron su concesi¨®n y pago. El alto tribunal estim¨® que esos responsables aprobaron dichas partidas a sabiendas de que el instrumento jur¨ªdico empleado era ilegal (transferencias de financiaci¨®n) y con la finalidad de eludir el control previo de la Intervenci¨®n de la Junta de Andaluc¨ªa y la normativa de subvenciones auton¨®mica.
La sentencia del Supremo tambi¨¦n confirm¨® la condena por delito continuado de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos (que s¨ª implica penas de c¨¢rcel) a quienes concedieron y pagaron las ayudas y a quienes permitieron que se pagaran conociendo que en la gesti¨®n concreta de las mismas se estaban produciendo grav¨ªsimas ilegalidades. El fallo argument¨® que la malversaci¨®n se produce cuando se dispone de los fondos p¨²blicos como si fueran propios, de forma libre y arbitraria, al margen de todo control y de cualquier criterio m¨ªnimamente reglado, y tambi¨¦n cuando se permite que se produzca esa situaci¨®n, existiendo la obligaci¨®n y la posibilidad de evitarlo. Contra esta parte de la sentencia presentaron un voto particular discrepante las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, que sosten¨ªan que s¨®lo cab¨ªa condenar por malversaci¨®n a los responsables de la Consejer¨ªa de Empleo ¡ªy no, por ejemplo, al expresidente Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n¡ª porque fue en ese departamento desde donde se repartieron ¡°sin control¡± las ayudas.
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