La Abogac¨ªa del Estado pide respetar la ¡°verdadera voluntad del legislador¡± y amnistiar a Rovira en el ¡®caso Tsunami¡¯
Los servicios jur¨ªdicos del Gobierno, en l¨ªnea con la Fiscal¨ªa, reclaman que se aplique la ley a los diez imputados en la Audiencia Nacional por delitos de terrorismo
La Abogac¨ªa del Estado ha solicitado al juez Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n, instructor del caso Tsunami Democr¨¤tic en la Audiencia Nacional, respetar la ¡°verdadera voluntad del legislador¡± y aplicar la ley de amnist¨ªa a los diez imputados en dicho tribunal por delitos de terrorismo. Entre esa decena de personas, a las que se acusa por los disturbios registrados en Catalu?a tras la sentencia del proc¨¦s en octubre de 2019, est¨¢ la secretaria general de ERC, Marta Rovira. La petici¨®n de los servicios jur¨ªdicos del Gobierno y de las Administraciones p¨²blicas, en l¨ªnea con la posici¨®n de la Fiscal¨ªa, se conoce en pleno debate jur¨ªdico sobre qui¨¦nes deben ser beneficiarios de la ley de amnist¨ªa, la norma que impuls¨® el Gobierno de Pedro S¨¢nchez tras las elecciones generales de 2023 al exig¨ªrselo los partidos independentistas a cambio de apoyar la investidura del socialista.
El Juzgado Central de Instrucci¨®n 6 de la Audiencia Nacional, encabezado por Garc¨ªa-Castell¨®n, a¨²n no se ha pronunciado sobre si debe aplicarse la amnist¨ªa a los imputados en el caso Tsunami. Desde la entrada en vigor de la norma en junio, los tribunales lo est¨¢n haciendo de manera escalonada tras analizar cada caso. As¨ª, por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha aplicado la medida de gracia a Miquel Buch, exconsejero de Interior de la Generalitat, condenado a cuatro a?os y medio de prisi¨®n y a 20 de inhabilitaci¨®n; y, seg¨²n se ha conocido este martes, el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 7 de Barcelona tambi¨¦n ha amnistiado a 46 agentes de la Polic¨ªa Nacional procesados por cargas desproporcionadas durante la jornada del refer¨¦ndum independentista ilegal del 1 de octubre de 2017. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechaz¨® el lunes que se beneficiaran de la ley los dirigentes pol¨ªticos condenados y procesados en la causa principal del proc¨¦s: entre ellos, Carles Puigdemont (Junts) y Oriol Junqueras (ERC), expresidente y exvicepresidente de la Generalitat.
El escrito de la Abogac¨ªa del Estado pide la aplicaci¨®n de la amnist¨ªa para los diez imputados en la Audiencia Nacional por el caso Tsunami: Marta Rovira, secretaria general de ERC; Josep Llu¨ªs Alay, amigo de Puigdemont y jefe de su oficina en Waterloo (B¨¦lgica), adonde huy¨® en 2017; los empresarios Oriol Soler y Josep Campmaj¨®; Xavier Vendrell, exdirigente de ERC; Marta Molina, secretaria de Movimientos Sociales de ERC; el periodista Jes¨²s Rodr¨ªguez; Oleguer Serra, vocal de la junta directiva de ?mnium; Jaume Cabani, considerado como el tesorero de Tsunami; y el banquero italiano Nicola Flavio Giulio Foglia. En el Supremo se encuentran adem¨¢s investigadas otras dos personas por la misma causa: el propio Puigdemont y Ruben Wagensberg (ERC), ambos diputados electos del Parlament, para quienes la Fiscal¨ªa ha solicitado igualmente la aplicaci¨®n de la amnist¨ªa.
En su escrito, fechado el 26 de junio y al que ha tenido acceso EL PA?S, la Abogac¨ªa del Estado se vuelve a mostrar muy recelosa con las pesquisas impulsadas por el juez Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n y evita calificar los hechos como terrorismo. Seg¨²n insisten los servicios jur¨ªdicos del Estado, ¡°no es el momento procesal¡± para entrar en ese debate, sino en si la calificaci¨®n jur¨ªdica que defiende Garc¨ªa-Castell¨®n es amnistiable o no. Es decir, si el supuesto terrorismo que describe el juez quedar¨ªa bajo el paraguas de la amnist¨ªa o, por el contrario, quedar¨ªa excluido por las excepciones que prev¨¦ la propia ley.
Y, a este respecto, la Abogac¨ªa del Estado lo tiene claro: ¡°A los hechos referidos [en el caso Tsunami] les resulta de aplicaci¨®n lo dispuesto en la Ley Org¨¢nica 1/2024 de 10 de junio, de amnist¨ªa para la normalizaci¨®n institucional, pol¨ªtica y social en Catalu?a¡±. ¡°La clara intenci¨®n del legislador es que queden incluidas dentro de su ¨¢mbito de aplicaci¨®n todas las manifestaciones que revelen tensi¨®n pol¨ªtica, social e institucional, pues solo de esta manera se cumplir¨ªa el objetivo que aspira a resolver: la normalizaci¨®n institucional, pol¨ªtica y social en Catalu?a¡±, a?ade.
Por un lado, seg¨²n consta en el escrito, la Abogac¨ªa concluye que los hechos investigados no pueden incluirse dentro de los actos calificados como terrorismo por la directiva europea sobre este ¨¢mbito, ya que esta solo contempla ¡°ciertos delitos graves¡±. ¡°Y no parece que ninguno de los delitos graves le resulte imputable a los aqu¨ª encausados, aun si di¨¦semos por cierto que conoc¨ªan y alentaron la actividad de Tsunami¡±. Por ejemplo, entre otros puntos enumerados, la Abogac¨ªa del Estado resalta que no se le atribuyen ¡°actos intencionados¡± contra personas con ¡°el resultado de muerte; el secuestro o la toma de rehenes; destrucciones masivas de instalaciones estatales o p¨²blicas o sistemas de transporte, infraestructuras; el apoderamiento il¨ªcito de aeronaves y de buques; ni la fabricaci¨®n, tenencia, adquisici¨®n, transporte, suministro o utilizaci¨®n de explosivos o armas de fuego, armas qu¨ªmicas, biol¨®gicas, radiol¨®gicas o nucleares¡±.
Para reforzar esta tesis, la Abogac¨ªa recurre a la respuesta que Suiza ha dado a la petici¨®n de colaboraci¨®n cursada por la Audiencia Nacional para actuar contra Rovira. Las autoridades helv¨¦ticas han rechazado cooperar al no ver terrorismo. ¡°Sosteniendo dicha denegaci¨®n¡±, seg¨²n los servicios jur¨ªdicos del Estado, ¡°en que los actos descritos en la Comisi¨®n rogatoria ¡®no alcanzan el nivel de gravedad necesario¡¯ para atenderla¡±.
Por otra parte, el escrito de la Abogac¨ªa del Estado tambi¨¦n niega que los hechos descritos por el instructor hayan supuesto las ¡°graves violaciones de derechos humanos¡± que la la ley de amnist¨ªa contempla como motivo para no aplicar la norma: ¡°En particular, las reguladas en los art¨ªculos 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protecci¨®n de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario¡±. ¡°Por motivos claramente constatables, con independencia de lo reprochable de las conductas y consecuencias jur¨ªdicas que dichas actuaciones implicaron, en particular lesiones de gravedad a miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, por su alcance y contenido no merecen el calificativo de ¡®graves violaciones de derechos humanos¡¯ de acuerdo con la interpretaci¨®n y sentido que le atribuye en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y en particular el Convenio Europeo para la Protecci¨®n de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales¡±, insiste el documento remitido al juez.
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