La ¡®no declaraci¨®n¡¯ de S¨¢nchez se filtra sin imagen minutos despu¨¦s de que el juez la entregase a las partes
Acusaci¨®n y defensa han recibido las grabaciones de v¨ªdeo con marcas de agua distintas, lo que permitir¨ªa identificarlas
Casi ocho semanas han transcurrido entre el pasado 30 de julio, d¨ªa en el que el juez Juan Carlos Peinado acudi¨® a La Moncloa para tomar declaraci¨®n a Pedro S¨¢nchez como testigo en el caso que afecta a su esposa, Bego?a G¨®mez, y este lunes, cuando se ha producido la filtraci¨®n de esa grabaci¨®n. El presidente del Gobierno hab¨ªa solicitado responder al magistrado por escrito, como permite la Ley de Enjuiciamiento Criminal a los miembros del Gobierno cuando van a comparecer en una instrucci¨®n como testigos por hechos que han conocido por raz¨®n de su cargo; pero Peinado rechaz¨® dicha solicitud al considerar que el interrogatorio era en su condici¨®n de marido de G¨®mez (imputada por tr¨¢fico de influencias y corrupci¨®n en los negocios), y no como jefe del Ejecutivo. Finalmente, S¨¢nchez se acogi¨® a su derecho a no declarar, tambi¨¦n previsto en la ley para los c¨®nyuges de los imputados en una causa.
El audio con la no declaraci¨®n del presidente del Gobierno, de menos de dos minutos de duraci¨®n, se ha conocido apenas una hora despu¨¦s de que el Juzgado se lo facilitase a las partes (acusaciones y defensas) este mismo lunes. De momento solo ha trascendido el audio, pese a que a las partes se les ha facilitado tambi¨¦n el v¨ªdeo ¡ªaunque las im¨¢genes se han entregado a cada una de las partes con una marca de agua distinta que permiten identificarlas¡ª.
El audio ve la luz, adem¨¢s, un mes despu¨¦s de que, en una providencia, el titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 41 de Madrid ordenase trasladar copia de la grabaci¨®n a las acusaciones personadas. Tom¨® la decisi¨®n a pesar del criterio de la Fiscal¨ªa, que sostiene que el magistrado impulsa una investigaci¨®n ¡°carente de indicios¡± y prospectiva ¡ªprohibida por la legislaci¨®n¡ª, e insisti¨® en que la entrega de la copia de la grabaci¨®n a las partes, entre las que figuran el pseudosindicato ultraderechista Manos Limpias y Vox, ¡°no deber¨ªa producirse¡± con el ¡°fin de evitar filtraciones y que la misma acabe divulgada de forma improcedente¡±, algo que finalmente ha sucedido este lunes.
As¨ª se desarroll¨® el breve interrogatorio al presidente del Gobierno:
¡ª?Nos puede decir cu¨¢l es su nombre y apellidos? ¡ªpregunt¨® Peinado.
¡ªPedro S¨¢nchez P¨¦rez-Castej¨®n.
¡ªMire, se trata de practicar un diligencia, consistente en la toma de declaraci¨®n, si usted desea declarar, por lo que le informar¨¦ a continuaci¨®n, en un procedimiento que se sigue en el Juzgado de Instrucci¨®n 41 de Madrid con el n¨²mero de diligencias previas 1146/2024. En ese procedimiento existen en este momento tres personas que tienen la condici¨®n de investigadas y le voy a preguntar si con alguna de ellas tiene usted alg¨²n tipo de relaci¨®n. La primera de ellas se llama Bego?a G¨®mez Fern¨¢ndez. ?Con esta persona tiene alg¨²n tipo de relaci¨®n, de parentesco, de amistad, de enemistad...?
¡ªEs mi esposa.
¡ªMuchas gracias. ?Respecto de Juan Carlos Barrab¨¦s?
¡ªNo.
¡ª?Y respecto de Joaqu¨ªn Goyache?
¡ªTampoco.
¡ªComo consecuencia de que usted ha manifestado que una de las investigadas es su esposa, est¨¢ usted dispensado de declarar en todo aquello que pudiera perjudicarle. Si bien es cierto que hay otras dos personas con las que ha manifestado que no tiene ning¨²n tipo de relaci¨®n; pero tambi¨¦n el mismo art¨ªculo que le dispensa a usted de declarar respecto de su esposa prev¨¦ la posibilidad de que tampoco declare en todo aquello que quepa la posibilidad de perjudicar o comprometer a su esposa. Una vez que creo que esto est¨¢ suficientemente informado, lo primero que tengo que preguntarle es si usted va a acogerse a la dispensa de declarar o, por el contrario, quiere prestar declaraci¨®n.
¡ªSe?or¨ªa, me acojo a la dispensa del art¨ªculo 416.
¡ª?No desea prestar declaraci¨®n respecto de ninguna de las preguntas que se pudieran haber formulado?
¡ªDeseo acogerme al derecho que tiene reconocido la ley.
¡ªPues much¨ªsimas gracias. Se da por concluida la diligencia.
¡°Sacar conclusiones¡±
En la misma providencia, fechada el 22 de agosto, en la que autoriz¨® la entrega de la grabaci¨®n a las partes, el magistrado sosten¨ªa que se pueden sacar ¡°conclusiones¡± del ¡°silencio¡± de S¨¢nchez. Esa afirmaci¨®n fue esgrimida por la Abogac¨ªa del Estado para pedir la ampliaci¨®n de la querella de prevaricaci¨®n contra Peinado.
La doctrina del Tribunal Constitucional al respecto se refiere al silencio de un acusado en un juicio, lo que afectar¨ªa solo a Bego?a G¨®mez y en el caso de se abriese tal juicio, pero no a S¨¢nchez, que declaraba como testigo. En respuesta a un recurso de amparo, el Constitucional invoc¨® la doctrina sentada en el caso Murray del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y se?al¨® que solo puede ¡°justificarse¡± que se extraigan consecuencias negativas del silencio, cuando, ¡°existiendo pruebas incriminatorias objetivas al respecto, cabe esperar del imputado una explicaci¨®n¡±.
La Abogac¨ªa General del Estado present¨®, en representaci¨®n del presidente del Gobierno, un escrito ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el que sostiene que Peinado practica una ¡°injusticia intr¨ªnseca¡± y ¡°contraviene la doctrina existente¡±, con el resultado de ¡°la infracci¨®n del deber que corresponde al juez en la aplicaci¨®n de sus facultades¡±.
La Abogac¨ªa del Estado alegaba en su escrito, que ante la ¡°serie de hechos nuevos que se han producido¡±, en referencia a la mencionada providencia del magistrado del 22 de agosto, ¡°lo verdaderamente buscado con estas actuaciones en todo lo que ata?e a la Presidencia del Gobierno es darle una publicidad que precisamente es incompatible con el r¨¦gimen de toma de declaraci¨®n en estos casos y no la eficacia procesal o investigaci¨®n alguna, partiendo de inferencias donde no puede haberlas o haciendo interpretaciones forzadas o artificiosas de preceptos legales o principios procesales¡±.
Tambi¨¦n en su d¨ªa, la propia Bego?a G¨®mez pidi¨® que solo se grabase su declaraci¨®n ante el juez en audio, no en v¨ªdeo. Su abogado, el exministro socialista Antonio Camacho, advert¨ªa del ¡°uso inadecuado¡± que pudiera hacerse posteriormente de esas im¨¢genes, ¡°dada la relevancia publica¡± de su cliente. Peinado tambi¨¦n rechaz¨® entonces la petici¨®n, alegando que G¨®mez no ten¨ªa ¡°la condici¨®n de autoridad¡± y porque ¡°todos los espa?oles son iguales ante la ley¡±. Las im¨¢genes acabaron saliendo a la luz.
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