Inadmitida la primera querella contra el juez Peinado por el ¡®caso Bego?a G¨®mez¡¯
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechaza la denuncia presentada por el periodista M¨¢ximo Pradera por supuestos delitos de revelaci¨®n de secretos
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ha admitido a tr¨¢mite la querella presentada por el periodista M¨¢ximo Pradera contra el juez Juan Carlos Peinado. Pradera atribuy¨® al magistrado, que mantiene imputada a Bego?a G¨®mez por tr¨¢fico de influencias y corrupci¨®n en los negocios, presuntos delitos de revelaci¨®n de secretos por haberse publicado detalles del sumario a trav¨¦s del gabinete de prensa del tribunal auton¨®mico y por haber facilitado a las acusaciones populares algunas resoluciones. Esta es la primera querella que se present¨® contra el juez, y que la Fiscal¨ªa tambi¨¦n ped¨ªa que se archivara.
El TSJM a¨²n debe pronunciarse sobre otra querella presentada por el presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, contra el juez por haberle obligado a declarar en persona ante ¨¦l, y no por escrito ¡ªuna posibilidad que prev¨¦ la ley para el jefe del Ejecutivo cuando se trata de asuntos que conozca por raz¨®n de su cargo¡ª. El tribunal auton¨®mico se reuni¨® el pasado martes para deliberar sobre esta denuncia del l¨ªder del PSOE, que present¨® a trav¨¦s de la Abogac¨ªa del Estado, pero a¨²n no se conoce la decisi¨®n de los jueces. Los magistrados tienen pendiente debatir sobre otra tercera querella presentada por Bego?a G¨®mez contra Peinado.
Sobre la denuncia de Pradera, el tribunal descarta que el juez instructor cometiese un delito de revelaci¨®n de secretos. El TSJ de Madrid admite que se declar¨® el secreto del sumario al abrir la causa, pero a?ade que de seguido se ¡°modific¨®¡± esa condici¨®n para ¡°establecer una situaci¨®n de secreto parcial de las actuaciones¡±. Los magistrados argumentan que, de esta forma, Peinado cumpl¨ªa con el ¡°principio de igualdad de armas¡± de las partes, pues ya se hab¨ªa permitido a la defensa de G¨®mez tener acceso a determinadas iniciativas del procedimiento.
El TSJ descarta igualmente que se cometiera un delito cuando se inform¨® el 24 de abril de la apertura de la causa a trav¨¦s del gabinete de prensa. Los jueces recuerdan que ¡°solo¡± se comunic¨® la ¡°incoaci¨®n de las diligencias¡±, los ¡°delitos que dan pie a ello¡±, la ¡°persona investigada¡± (Bego?a G¨®mez), ¡°qui¨¦n formula la denuncia¡± (el pseudosindicato Manos Limpias) y la declaraci¨®n del ¡°secreto¡± del sumario. ¡°En modo alguno¡±, incide el tribunal madrile?o, se ¡°traslada el contenido sustantivo de las actuaciones que se siguen en el juzgado¡±: ¡°Los datos [que se facilitaron a los medios] no revelan un contenido que permita conocer el resultado de la investigaci¨®n¡±.
En esta l¨ªnea, la resoluci¨®n del TSJM, fechada este jueves, recoge la doctrina del Tribunal Constitucional que reza as¨ª: ¡°El secreto del sumario no significa, en modo alguno, que uno o varios elementos de la realidad social (sucesos singulares o hechos colectivos cuyo conocimiento no resulte limitado o vedado por otro derecho fundamental) sean arrebatados a la libertad de informaci¨®n, en el doble sentido del derecho a informarse y el derecho a informar, con el ¨²nico argumento de que sobre aquellos elementos est¨¢n en curso unas determinadas diligencias sumariales¡±. ¡°La existencia misma del proceso es p¨²blica, de otro modo volver¨ªamos a ¨¦pocas pret¨¦ritas en el que el modelo de investigaci¨®n era el inquisitorial¡±, apostilla el dictamen fechado este jueves.
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