El Supremo avala la colocaci¨®n de la bandera arco¨ªris en edificios p¨²blicos el d¨ªa del Orgullo
El alto tribunal considera que la ense?a del colectivo LGTBI no es un s¨ªmbolo partidista ni ¡°propugna ning¨²n tipo de enfrentamiento¡±, sino ¡°la igualdad entre las personas¡±
El Tribunal Supremo considera que la bandera arco¨ªris que representa al colectivo LGTBI no es un s¨ªmbolo partidista y, por lo tanto, no incumple la ley que regula el uso de ense?as y banderas en las Administraciones P¨²blicas, por lo que avala su colocaci¨®n en edificios p¨²blicos como parte de las celebraciones del Orgullo. La Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha resuelto as¨ª este lunes ¡ªpor cuatro votos a favor y uno en contra¡ª las dos denuncias que interpuso la Asociaci¨®n de Abogados Cristianos por la colocaci¨®n de la bandera arco¨ªris en un patio interior de la Diputaci¨®n Provincial de Valladolid en 2021 y en el balc¨®n principal del Ayuntamiento de Zaragoza en 2020.
¡°El Tribunal Supremo no aprecia impedimento para que, con ocasi¨®n de la celebraci¨®n del 28 de junio, se exhibiera la bandera arco iris, porque ni se coloc¨® para sustituir o subordinar a ella a las banderas y ense?as oficiales, ni es un signo o s¨ªmbolo de significaci¨®n partidista y tampoco propugna ning¨²n tipo de enfrentamiento. Al contrario, se proyecta a favor de la igualdad entre las personas, valor reconocido por la Constituci¨®n y por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Uni¨®n Europea¡±, se?ala la resoluci¨®n del tribunal, que sienta jurisprudencia ante posibles futuras denuncias de este tipo. El alto tribunal ha publicado este lunes dos sentencias, una por el recurso de casaci¨®n de Abogados Cristianos y otra en respuesta al escrito elevado por la Diputaci¨®n de Valladolid.
El 28 de junio de 2021, con motivo de la celebraci¨®n del Orgullo, la Diputaci¨®n de Valladolid, gobernada por el PP, coloc¨® una bandera arco¨ªris en el patio interior del Palacio de Pimentel, sede de la instituci¨®n. Abogados Cristianos lo denunci¨® con el argumento de que ese gesto infring¨ªa la ley de 1981 que regula la exhibici¨®n de banderas en los edificios p¨²blicos. En primera instancia, un juez de instrucci¨®n tumb¨® la denuncia de la asociaci¨®n ultracat¨®lica, pero esta recurri¨® al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n (TSJyL), que en 2022 le dio la raz¨®n estimando que ¡°la exhibici¨®n del s¨ªmbolo del colectivo LGTBI vulnera la exigible neutralidad¡±. La Diputaci¨®n recurri¨® entonces al Supremo, que este lunes ha desautorizado al TSJyL y ha avalado definitivamente la colocaci¨®n de dicha bandera.
Un a?o antes de que se produjera el conflicto en Valladolid se hab¨ªa vivido un episodio similar, esta vez en Zaragoza: el Ayuntamiento de la ciudad, gobernado por el PP, coloc¨® en su balc¨®n la bandera arco¨ªris el d¨ªa del Orgullo de 2020, y Abogados Cristianos interpuso un recurso. En este caso el recorrido judicial sigui¨® un orden contrario al de Valladolid: el juez de primera instancia de Zaragoza dio la raz¨®n a la organizaci¨®n ultra y, tras recurrir el Consistorio, el Tribunal Superior de Arag¨®n (TSJA) se la quit¨® en 2022. La sentencia del TSJA incid¨ªa en que la ¡°mera utilizaci¨®n de los colores arco¨ªris y su colocaci¨®n en el balc¨®n municipal¡± no vulnera la normativa sobre ense?as. El juez compar¨® la exhibici¨®n de estas ense?as con otras similares: con la interpretaci¨®n que hac¨ªa la asociaci¨®n ultracat¨®lica, se?al¨®, ¡°tambi¨¦n vulnerar¨ªa esta ley la colocaci¨®n de una pancarta con los colores del Real Zaragoza el d¨ªa que se festeje el ascenso a Primera¡±. Tras esta decisi¨®n, Abogados Cristianos recurri¨® al Supremo, que este lunes ha tumbado su discurso de que exhibir los colores LGTBI es un acto ideol¨®gico.
El magistrado Pablo Lucas, presidente en funciones de La Sala, explica en ambas sentencias que la ley de 1981 ¡ªque no contempla ¡°este supuesto¡±¡ª no es aplicable en estos casos, y subraya que no hay contradicci¨®n ¡°entre lo que ahora se decide y lo resuelto anteriormente por el Supremo sobre el izado de una bandera auton¨®mica distinta de la estatutaria y, en general, contra la exhibici¨®n en edificios p¨²blicos de s¨ªmbolos o mensajes de car¨¢cter partidista¡±. De los cinco jueces que han dictado las dos sentencias, s¨®lo uno, Jos¨¦ Luis Requero, ha emitido un voto particular discrepante.
Requero asegura que ¡°el movimiento LGTBI, representado por la bandera arco¨ªris, se refiere a siglas que re¨²nen diversas tendencias sexuales que sustentan postulados varios, entre ellos los de la llamada ideolog¨ªa de g¨¦nero, que no son pac¨ªficos y respecto de los que hay divisi¨®n en la sociedad, ya sea por raz¨®n de creencias o de ideolog¨ªa¡±. Este juez no incluye en su voto particular ninguna argumentaci¨®n que pruebe que el movimiento LGTBI sea ¡°no pac¨ªfico¡± y represente ¡°un fondo ideol¨®gico¡± que busque dividir a la sociedad.
En Valladolid, este a?o, los concejales del PSOE colgaron la bandera arco¨ªris en el balc¨®n de sus despachos. El Ayuntamiento no lo hizo, alegando que no se iba a poner ninguna ense?a ¡°en prevenci¨®n de un cuestionamiento judicial¡±. Este lunes, el alcalde de la ciudad, Jes¨²s Julio Carnero, del PP, que gobierna con el apoyo de Vox, ha sido tajante tras conocer la sentencia del Supremo: ¡°No ocurrir¨¢ ni este a?o ni el que viene ni los sucesivos. Mientras yo siga en el Ayuntamiento, solo estar¨¢n en el balc¨®n las banderas oficiales: la de la ciudad, la de la Junta y la nacional¡±. Su predecesor en el cargo y hoy ministro de Transportes, el socialista ?scar Puente, ha acusado a Carnero de ¡°homofobia¡± y ha recordado que, parad¨®jicamente, Carnero colg¨® la bandera LGTBI cuando presid¨ªa la Diputaci¨®n, entre 2011 y 2019. Aquello, ha interpretado Puente, fue ¡°una simple pantomima¡±, informa Juan Navarro.
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