El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a mantiene que la violaci¨®n m¨²ltiple de la ¡®manada de Manresa¡¯ fue abuso, no agresi¨®n sexual
La corte considera que no est¨¢ probada la ¡°intimidaci¨®n¡± de los cinco atacantes a la menor de la que abusaron por turnos, pero acepta elevar la indemnizaci¨®n a 60.000 euros
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha confirmado la condena por un delito de abusos a cinco hombres que violaron por turnos a una menor en Manresa (Barcelona) en 2016, al entender que no est¨¢ probada la ¡°intimidaci¨®n ambiental¡± que permitir¨ªa elevarlo a agresi¨®n sexual. No obstante, la sentencia en el caso conocido como ¡°la manada de Manresa¡± cuenta con el voto particular de un magistrado que ha defendido condenarlos por violaci¨®n en lugar de por abuso. Lo que s¨ª ha aceptado el tribunal es elevar de 12.000 a 60.000 euros la indemnizaci¨®n a la v¨ªctima.
La sala ha desestimado los recursos de la Fiscal¨ªa y la acusaci¨®n particular, que ped¨ªan condenar por un delito de agresi¨®n sexual a los procesados, dos de los cuales huyeron de la justicia despu¨¦s de que la Audiencia de Barcelona descartara enviarlos a prisi¨®n mientras la sentencia no fuera firme.
El tribunal ha confirmado las penas de entre 10 y 12 a?os de c¨¢rcel que la Audiencia impuso a cinco de los acusados por la violaci¨®n de la menor ocurrida en octubre de 2016 en un botell¨®n en una nave abandonada de Manresa. Por otra parte, absuelve a otro de los procesados y a un s¨¦ptimo que se masturb¨® mientras presenciaba el ataque, sin tratar de evitarlo.
La sala de apelaci¨®n del TSJC ha rechazado elevar su condena a agresi¨®n sexual, argumentando que la sentencia de la Audiencia descarta ¡°expresamente¡± que la violaci¨®n ocurriera en un contexto de intimidaci¨®n ambiental, y recuerda que en segunda instancia no se puede entrar a valorar los hechos probados que el tribunal que juzg¨® dio por buenos.
Seg¨²n el tribunal, no hay ¡°duda alguna¡± de que el tribunal que juzg¨® el caso consider¨® que ¡°la ¨²nica circunstancia que determin¨® la anulaci¨®n de la voluntad¡± de la v¨ªctima es que se encontraba bajo los efectos de sustancias t¨®xicas y ten¨ªa 14 a?os, por debajo de la edad m¨ªnima de consentimiento.
La sala tambi¨¦n ha rechazado la petici¨®n de la Fiscal¨ªa de agravar las penas por ¡°actuaci¨®n conjunta¡± de los procesados, pues, aunque alguna de las violaciones que sufri¨® la menor ocurrieron en presencia de otros hombres, no se puede concretar qui¨¦nes eran sin entrar a valorar las pruebas expuestas en el juicio.
Aumenta la indemnizaci¨®n
Lo que s¨ª ha aceptado la corte es elevar de 12.000 a 60.000 euros la indemnizaci¨®n para la v¨ªctima, teniendo en cuenta la ¡°gravedad del ataque a la indemnidad sexual que sufri¨® la menor, que en la sentencia de instancia se califica de extremadamente intenso y especialmente denigrante¡±.
No obstante, ha denegado la indemnizaci¨®n de 250.000 euros que ped¨ªa la acusaci¨®n particular ejercida por la menor al considerarla ¡°claramente excesiva¡±, sin que la petici¨®n aporte ¡°ninguna raz¨®n o justificaci¨®n¡± para fijar esa cantidad.
En su voto particular, el magistrado Carlos Mir ha discrepado del parecer del resto del tribunal, las juezas Roser Bach y Mar¨ªa Jes¨²s Manzano, al concluir que los hechos que la sentencia declara probados s¨ª permiten condenar por agresi¨®n sexual.
Tras remitirse a la sentencia del Supremo sobre la violaci¨®n de La Manada de los Sanfermines, el magistrado se?ala las circunstancias que conforman ¡°intimidaci¨®n ambiental¡±: la edad y constituci¨®n f¨ªsica de v¨ªctima y agresores, varios autores, el contexto o ambiente en que ocurre el ataque y la afectaci¨®n por el alcohol o la droga.
Para el juez, el delito de agresi¨®n sexual no requiere que la acci¨®n ¡°sea irresistible, invencible o de gravedad inusitada, ni tampoco requiere heroicidades por parte de la v¨ªctima, basta que sea suficiente y eficaz en la ocasi¨®n concreta para alcanzar el fin propuesto, paralizando o inhibiendo la voluntad (...)¡±.
En el caso de Manresa, a?ade, no hubo un ¡°mero aprovechamiento de una persona con p¨¦rdida de sentido¡±, sino condicionada por ¡°una conducta intimidatoria por parte de los acusados, que actuaron de noche, en grupo, en una f¨¢brica abandonada ubicada en un descampado donde hab¨ªa dos casetas en desuso y dominando la situaci¨®n¡±. De esa forma, sostiene el juez, los procesados lograron ¡°anular toda posibilidad de oposici¨®n o resistencia de la v¨ªctima, que solo ten¨ªa 14 a?os¡±.
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