El juez procesa a M¨®nica Oltra ¡°por imperativo legal¡± tras la decisi¨®n de la Audiencia de Valencia de reabrir el caso
El instructor de la causa decidi¨® archivar la investigaci¨®n en un extenso auto que recog¨ªa la inexistencia de indicios de delito
El titular del Juzgado de Instrucci¨®n 15 de Valencia ha dictado, ¡°por imperativo legal¡±, un auto de transformaci¨®n de las diligencias previas en procedimiento abreviado en el caso de M¨®nica Oltra, investigada por la gesti¨®n de los abusos sexuales sufridos por una menor tutelada por la Generalitat y cometidos por el exmarido de la dirigente de Comprom¨ªs en un centro de menores. El juez decidi¨®, el pasado mes de abril, archivar la causa con un extenso auto en el que, tras m¨¢s de dos a?os de investigaci¨®n, concluy¨® que no exist¨ªan ¡°indicios de la comisi¨®n de delito alguno¡±. ¡°No se ha acreditado, ni siquiera al nivel propio de los indicios, que Oltra, ni cualquier otra persona de la Conselleria, dirigiera orden, instrucci¨®n, consigna o indicaci¨®n alguna¡± para ocultar o realizar una investigaci¨®n extrajudicial sobre el caso de abusos del exmarido de la pol¨ªtica, tal como sosten¨ªan las acusaciones.
La Secci¨®n cuarta de la Audiencia de Valencia decidi¨®, sin embargo, atender los recursos de la acusaci¨®n particular que representa a la v¨ªctima y cuyo abogado es el dirigente de la formaci¨®n ultra Espa?a 2000, Jos¨¦ Luis Roberto y las acusaciones populares, en manos de Vox y de una asociaci¨®n que lidera la exdirigente de Vox Cristina Segu¨ª que reclamaban seguir con la causa. As¨ª, tanto en contra del criterio del juez instructor como de la Fiscal¨ªa, que no recurri¨® el archivo, orden¨® la reapertura del caso. En su resoluci¨®n, notificada este jueves, la Audiencia expone una interpretaci¨®n de los hechos diferente de la del juez instructor y entiende que ¡°no puede descartarse¡± que las actuaciones realizadas por el departamento que dirig¨ªa M¨®nica Oltra ¡°fueran dirigidas a ocultar la existencia de abusos sexuales y desacreditar el testimonio de la menor¡±, pese a que ya exist¨ªa un procedimiento penal en marcha. Tambi¨¦n apunta el tribunal que a la v¨ªctima ¡°no se otorg¨® la protecci¨®n necesaria por las personas que ten¨ªan la obligaci¨®n de hacerlo, no denunciando la posible existencia de abusos (...) sin preguntar siquiera a la menor por la ocurrencia de los abusos por ella referidos, permitiendo que el educador del que sab¨ªan que hab¨ªa referido ser v¨ªctima regresara a su puesto de trabajo en el centro de acogida¡±.
Los magistrados inclu¨ªan en su decisi¨®n la posibilidad de que se practicaran nuevas diligencias (aunque no indicaba cu¨¢les) o ¡°la acomodaci¨®n del procedimiento a los tr¨¢mites del procedimiento abreviado y posterior apertura, en su caso, de juicio oral¡±.
La respuesta del juez a las tres p¨¢ginas de la Audiencia no se ha hecho esperar. En un auto notificado este viernes el juez reproduce los 36 antecedentes de hecho de su propia resoluci¨®n, en la que decret¨® el sobreseimiento, y a?ade un ¨²nico fundamento de derecho: ¡°Por imperativo legal¡±. De esta manera, el juez expone su protesta a la decisi¨®n de la Audiencia, un tribunal de una instancia superior al juzgado del que es responsable.
El juez da adem¨¢s diez d¨ªas a la Fiscal¨ªa y a las acusaciones personadas en el procedimiento para que soliciten la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusaci¨®n, o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la pr¨¢ctica de diligencias complementarias.
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