La jueza archiva la investigaci¨®n a la alcaldesa de M¨®stoles por falta de pruebas y porque ¡°benefici¨®¡± a la ciudad
Noelia Posse estaba acusada de condonar una deuda a una empresa de ITV de la localidad con la que el Consistorio firm¨® un acuerdo
Mar¨ªa Pinto, titular de Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1 de M¨®stoles, ha acordado el archivo provisional del llamado caso ITV, por el que estaban bajo investigaci¨®n la alcaldesa de dicha localidad madrile?a, Noelia Posse (PSOE), y siete de los miembros de su equipo por la supuesta condonaci¨®n de una deuda a la empresa ITV M¨®stoles S.L. La juez considera que en ning¨²n momento ha quedado acreditado ning¨²n tipo de delito, mientras que s¨ª se ha constatado que ¡°en ning¨²n momento ha existido voluntad por parte de la Junta de Gobierno Local de causar un perjuicio para las arcas p¨²blicas¡±. Fuentes del Consistorio mostole?o (sureste de Madrid, 207.095 habitantes) han celebrado el archivo y han cuestionado a quienes acudieron a los tribunales con ¡°acusaciones falsas¡±.
El asunto fue llevado a los tribunales por las concejales de M¨¢s Madrid Susana Garc¨ªa y Gabriel Ortega, quienes denunciaron que el equipo de gobierno hab¨ªa perdonado el cobro de las tasas a la ITV por el uso del suelo p¨²blico. El montante de la supuesta deuda acumulado durante durante estos a?os alcanza los 2.455.725,39 euros.
La juez estima en su resoluci¨®n, contra la que a¨²n cabe recurso, que no hay delito de malversaci¨®n en el acuerdo que alcanz¨® la Corporaci¨®n municipal en relaci¨®n a la empresa de ITV, porque dicho acuerdo ¡°respeta la legalidad y la normativa vigente¡±. Adem¨¢s, afirma que, gracias al acuerdo por el que fueron denunciados todos los componentes de la Junta de Gobierno local, ¡°se evit¨® que la mercantil querellada fuera declarada en concurso de acreedores, con el perjuicio que ello hubiera supuesto¡±. La juez, adem¨¢s, sostiene que la empresa ¡°est¨¢ cumpliendo de forma escrupulosa el acuerdo alcanzado¡±.
La magistrada concluye que tampoco existe un presunto delito de prevaricaci¨®n, ya que, a su juicio, la existencia de informes desfavorables al acuerdo alcanzado ¡°no es motivo suficiente para considerarse que estamos en presencia de hechos penalmente relevantes¡±. De hecho, asegura que los propios querellantes ¡°en ning¨²n momento impugnaron en v¨ªa administrativa lo que devino en firme¡±, sino que interpusieron una querella, algo ¡°meramente instrumental para intentar conseguir lo que no se hizo utilizando el procedimiento legalmente establecido¡±.
Es m¨¢s: la juez no cree que el acuerdo fuera perjudicial para el Consistorio, sino m¨¢s bien todo lo contrario: ¡°No queda acreditado que se haya causado un perjuicio para las arcas del Ayuntamiento de M¨®stoles con el acuerdo de la JGL [Junta de Gobierno Local] de 20 de octubre de 2020, habiendo quedado acreditado que el acuerdo alcanzado ha sido beneficioso para el Ayuntamiento de M¨®stoles¡±.
¡°Con el acuerdo alcanzado, que como ya hemos explicado era legal y est¨¢ permitido tanto por la Ley concursal como por la LGT, se aseguraban el pago del 50% de la deuda pendiente, a raz¨®n de 30.000 euros al a?o hasta 2040 as¨ª como que se continuara abonando el canon reducido a raz¨®n de 60.000 euros al a?o¡±, concluye la jueza en su auto.
Fuentes municipales de M¨®stoles han valorado el sobreseimiento provisional del caso ITV: ¡°Quien nos acusaba lo hac¨ªa con mentiras. No se ha perjudicado al Ayuntamiento, lo que se hizo fue conseguir mantener una empresa y sus puestos de trabajo. Con esta acusaci¨®n falsa buscaban da?ar al Gobierno de M¨®stoles y a su alcaldesa¡±
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