La Justicia paraliza el decreto de Madrid que regula la evaluaci¨®n en ESO y Bachillerato
El tribunal admite un recurso de CC OO que consideraba que la Administraci¨®n madrile?a se exced¨ªa en sus competencias en lo relativo a la evaluaci¨®n de los alumnos
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) pone en aprietos a la Comunidad de Madrid en materia educativa. Este mi¨¦rcoles ha notificado que suspend¨ªa la entrada en vigor de varios preceptos del Decreto 29/2022, de 18 de mayo, del Consejo de Gobierno, publicado en el BOCM el viernes 20 de mayo, gracias a que hab¨ªan sido impugnados por CC OO. No es una cuesti¨®n menor. En ese decreto, la Administraci¨®n regional intenta regular por su cuenta determinados aspectos sobre la evaluaci¨®n, la promoci¨®n y la titulaci¨®n en la ESO, Bachillerato y FP, as¨ª como en las ense?anzas de personas adultas que tengan como objetivo la obtenci¨®n de los t¨ªtulos correspondientes, algo que, seg¨²n interpreta el sindicato, va en contra de lo que estipula las normas estatales. CC OO lo llev¨® a la justicia porque consideraba que Madrid se exced¨ªa en sus competencias y el tribunal ha aceptado las medidas cautelar¨ªsimas, de urgencia, y ha dado un plazo de tres d¨ªas, los que le ha dado al Gobierno de Isabel D¨ªaz Ayuso para que presente sus alegaciones. Esta decisi¨®n del TSJM apunta directamente al mismo Consejo de Gobierno, donde se cocin¨® ese decreto educativo. ¡°Esto es un hito¡±, ha remarcado Isabel Galv¨ªn, portavoz de CC OO en educaci¨®n. ¡°No hab¨ªa pasado hasta el momento que se paralizara un decreto del mismo Consejo de Gobierno, esto viene directamente de Ayuso¡±.
El grueso del conflicto gira en torno a c¨®mo se debe evaluar a los alumnos. La Comunidad de Madrid estipula unas mayor¨ªas cualificadas para tomar decisiones en la evaluaci¨®n y fijar criterios aprior¨ªsticos para promocionar o titular al alumnado sin aplicar la evaluaci¨®n individualizada, que es hacia donde apunt¨® la ley estatal. El Gobierno central estableci¨® que las decisiones de los equipos docentes sobre la promoci¨®n de un curso a otro y sobre la titulaci¨®n deben adoptarse de forma colegiada y por mayor¨ªa, ni mayor¨ªa cualificada, ni siquiera absoluta. Pero el decreto elaborado en Madrid impone otros criterios para evaluar y promocionar a los estudiantes.
En el caso de la ESO, obliga a una mayor¨ªa de dos tercios del equipo evaluador. En el del Bachillerato, para decidir la titulaci¨®n extraordinaria con una materia suspensa, esta mayor¨ªa cualificada llega hasta los cuatro quintos, lo que resulta incluso inviable, seg¨²n explica Galv¨ªn, para el caso del Bachillerato nocturno o situaciones en las que el alumno no curse todas las materias en segundo. Adem¨¢s, orienta a los profesores a no pasar a los estudiantes de curso si han suspendido matem¨¢ticas y lengua espa?ola, pese a que el Gobierno central prescribe que la evaluaci¨®n debe hacerse caso por caso, individualizadamente, al que se le da la potestad para decidir si es mejor que un chico pase de curso o si debe repetir.
Para entender el caso, un ejemplo ver¨ªdico. En un instituto de la regi¨®n madrile?a, una alumna de primero de la ESO intent¨® suicidarse en el primer trimestre. El curso acad¨¦mico ha sido un desastre y ha suspendido varias asignaturas. Sin embargo, el director del centro asegura que lo mejor para ayudar a esta alumna es que pase a segundo de la ESO, no separarla de su entorno e intentar recuperarla el a?o que viene, cuando psicol¨®gicamente est¨¦ m¨¢s centrada. Eso lo permite la ley estatal, siempre que equipo docente lo estime oportuno. Madrid, sin embargo, pone trabas y directamente lo impide. ¡°Es la educaci¨®n competencial contra la academicista¡±, explica Galv¨ªn, que defiende que lo ideal es la evaluaci¨®n individualizada de cada caso.
Esa manera de ir por libre (en lo referente a las leyes educativas) de Madrid le pareci¨® a CC OO que era una manera de extralimitarse en sus competencias. Por eso, interpuso un recurso contencioso-administrativo frente al decreto regional, ¡°por considerar que invade competencias que tiene en exclusiva el Estado, como es el desarrollo del Derecho Fundamental a la Educaci¨®n mediante normativa b¨¢sica e incluso de la propia Constituci¨®n que, en su regla 30? del art¨ªculo 149.1 es taxativa al prescribir que las condiciones para la obtenci¨®n de los t¨ªtulos acad¨¦micos y profesionales corresponde establecerlas al Estado¡±, explica el sindicato en una nota.
Adem¨¢s, a los decretos de curr¨ªculo que se han tramitado en el Consejo Escolar, CC OO ha formulado otras objeciones, entre ellas, Galv¨ªn ha destacado ¡°la imposibilidad de aplicar un aprendizaje por competencias, el retroceso claro en la autonom¨ªa de los centros y la libertad de c¨¢tedra o un reparto horario entre las materias antipedag¨®gico, adem¨¢s de la desaparici¨®n de algunas, directamente¡±. Por otra parte, el decreto autoriza a que los centros y los equipos docentes puedan adoptar decisiones limitativas y aprior¨ªsticas para la promoci¨®n y la titulaci¨®n, lo que supone hurtar al alumnado el derecho a una evaluaci¨®n ad hoc, individualizada y caso por caso, como prescribe la LOE y la normativa b¨¢sica.
Galv¨ªn ha declarado que este tipo de decretos, ¡°adem¨¢s de ilegales, son profundamente intervencionistas, reaccionarios y dejan bajo m¨ªnimos la autonom¨ªa de los centros, de los equipos docentes, la libertad de c¨¢tedra y los derechos del alumnado¡±. Por ello, CCOO han presentado sendos votos particulares ante la Comisi¨®n Permanente del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid y plantear¨¢n los recursos contenciosos-administrativos pertinentes.
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