?Cu¨¢nto te pueden cobrar de recargo por un d¨¦cimo de la Loter¨ªa de Navidad?
La ley se?ala las condiciones para la venta de billetes con recargo fuera de las administraciones , una pr¨¢ctica no autorizada para bares y otros establecimientos
En cada rinc¨®n de Espa?a, la Loter¨ªa de Navidad tiene un impacto que va mucho m¨¢s all¨¢ de los n¨²meros premiados. El sorteo extraordinario del 22 de diciembre es un ritual colectivo que une a amigos, familias y compa?eros de trabajo. Sin embargo, la compra de d¨¦cimos se vuelve m¨¢s compleja cuando adem¨¢s de las administraciones oficiales ¡ªlos ¨²nicos puntos de venta que operan bajo la supervisi¨®n directa de la Sociedad Estatal de Loter¨ªas y Apuestas del Estado (SELAE)¡ª entran en juego asociaciones, pe?as deportivas y otras entidades que a?aden recargos a los billetes que distribuyen. ?Es correcto pagar m¨¢s de 20 euros por un d¨¦cimo? ?qu¨¦ dice la ley al respecto?
Desde hace m¨¢s de dos d¨¦cadas, el precio oficial de cada d¨¦cimo del sorteo navide?o est¨¢ establecido en 20 euros. Adem¨¢s, seg¨²n el segundo art¨ªculo de la Instrucci¨®n General de Loter¨ªas, los billetes son ¡°efectos estancados¡±, por lo que se declara prohibida la reventa de estos con sobreprecio. No obstante, la legalidad de los recargos depende de dos factores esenciales: contar con la autorizaci¨®n expresa de SELAE y no exceder un l¨ªmite del 20% sobre el precio oficial.
En este sentido, se espera que las asociaciones o pe?as que ofrecen participaciones con un recargo hayan solicitado previamente a una administraci¨®n la venta de Loter¨ªa de Navidad con fines de alcanzar alg¨²n tipo de donativo para el mantenimiento de sus actividades. Por lo que cualquier pr¨¢ctica no autorizada o que supere este umbral puede ser sancionada como una infracci¨®n grave.
El recargo puede entenderse como una contribuci¨®n voluntaria a las entidades, que informan con transparencia sobre el destino de los fondos. Pero cuando no hay claridad o cuando el sobreprecio se aplica sin justificaci¨®n, se abre la puerta a la especulaci¨®n. Tal puede ser el caso de otros establecimientos como bares, restaurantes y comercios ¡ªque muchas veces se suman a la tradici¨®n y ofrecen a sus clientes la oportunidad de jugar todos a un mismo n¨²mero¡ª, para los que no es legal a?adir un recargo adicional al importe original del d¨¦cimo. Ante estos casos, la situaci¨®n se puede poner en conocimiento de las autoridades.
En ese sentido, se recomienda que las personas que deseen comprar un d¨¦cimo fuera de una administraci¨®n se aseguren de que el vendedor cuenta con una autorizaci¨®n de SELAE. En caso contrario, la ley se?ala que la reventa se puede castigar ¡°con arreglo a la legislaci¨®n vigente en materia de contrabando y defraudaci¨®n¡±. Y en el caso de las falsificaciones, constituyen un delito penal que puede castigarse con penas privativas de libertad.
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