Expectativas de concordia
La desclasificaci¨®n de los secretos de Estado es un derecho democr¨¢tico de las sociedades desarrolladas. Su regulaci¨®n permitir¨¢ resta?ar muchas heridas abiertas por la ignorancia y la desmemoria
La prevista derogaci¨®n de la preconstitucional Ley de Secretos Oficiales, de prosperar su tr¨¢mite parlamentario, puede suponer un cardinal punto de inflexi¨®n, en clave democr¨¢tica, en el imaginario colectivo y simb¨®lico de nuestro pa¨ªs. Conviene recordar el origen de aquella norma, la coyuntura en que fue promulgada y columbrar despu¨¦s el presente y su proyecci¨®n sobre el horizonte pol¨ªtico y cultural de la sociedad espa?ola.
Del antepro...
La prevista derogaci¨®n de la preconstitucional Ley de Secretos Oficiales, de prosperar su tr¨¢mite parlamentario, puede suponer un cardinal punto de inflexi¨®n, en clave democr¨¢tica, en el imaginario colectivo y simb¨®lico de nuestro pa¨ªs. Conviene recordar el origen de aquella norma, la coyuntura en que fue promulgada y columbrar despu¨¦s el presente y su proyecci¨®n sobre el horizonte pol¨ªtico y cultural de la sociedad espa?ola.
Del anteproyecto de la norma preconstitucional fue coponente, a partir de 1964 y hasta 1968, Torcuato Fern¨¢ndez Miranda, futuro ministro secretario general del Movimiento, vicepresidente del Gobierno franquista y posterior mu?idor del artificio normativo que legaliz¨® el tr¨¢nsito formal de la dictadura a la democracia. Fue suya la tautol¨®gica y ciertamente enga?osa frase ¡°de la ley a la ley¡±. Todo indicaba que las altas esferas del r¨¦gimen dictatorial, de las que Fern¨¢ndez Miranda formaba parte entra?ada, preve¨ªan la inexorabilidad de un cambio econ¨®mico y sociopol¨ªtico en Espa?a a la muerte de Franco, que contaba a la saz¨®n con 75 a?os. El Plan de Estabilizaci¨®n de 1959, que puso fin a la autarqu¨ªa posb¨¦lica, era un precedente que preludiaba cambios.
Por ello, las altas instancias del r¨¦gimen se aprestaron a embridar el escenario del despliegue previsible de los acontecimientos en clave autoritaria y mediante el secreto. Y lo sujetaron con aquel dispositivo legal que sellaba y silenciaba las m¨¢s importantes cuotas de la actividad estatal y, de hecho, de la historia pol¨ªtica ¡ªy diplom¨¢tica¡ª contempor¨¢nea en Espa?a. Objetivamente, la ley suprim¨ªa oficialmente la base factual que permit¨ªa responsabilizar al Estado franquista de su conducta punitiva y criminal contra toda oposici¨®n pol¨ªtica, sindical y cultural durante la prolongada posguerra, cuya duraci¨®n era entonces de 29 a?os. Para sorpresa de legisladores de medio mundo, la ley no preve¨ªa plazos temporales de desclasificaci¨®n de los secretos de Estado. Incluso, impon¨ªa desconocer lo desconocido de la conducta estatal de la dictadura mediante el secreto perpetuado.
Como especificidad a?adida, la Ley de Secretos Oficiales completaba su desarrollo reglamentario con una disposici¨®n seg¨²n la cual, cada departamento ministerial del Gobierno deb¨ªa dotarse de un negociado propio para acopiar las materias consideradas secretas. El recolector y garante de toda la informaci¨®n secreta acopiada por cada uno de los ministerios gubernamentales ser¨ªa el segundo jefe del Estado Mayor del Ej¨¦rcito, una evidencia m¨¢s de la tutela militar sobre los principales cometidos estatales del r¨¦gimen franquista, que manten¨ªa la plena militarizaci¨®n de servicios secretos, mandos policiales y Guardia Civil.
La norma reguladora de los secretos de Estado surg¨ªa en plena impugnaci¨®n contra el r¨¦gimen desde las f¨¢bricas, las aulas y los barrios ¡ªlos intensos procesos huelgu¨ªsticos de los mineros de Asturias databan de 1962¡ª, mientras progresaba in crescendo el enardecimiento de la protesta universitaria y ciudadana contra la dictadura. La contestaci¨®n pol¨ªtica en la calle, procedente del movimiento obrero y del movimiento estudiantil, ambos orientados por el Partido Comunista de Espa?a, complementaba la impugnaci¨®n emprendida intramuros por sectores socialistas, democristianos, nacionalistas, liberales y mon¨¢rquicos. Ya en 1962, seis a?os antes de la promulgaci¨®n de la Ley de Secretos Oficiales en 1968, estos sectores hab¨ªan planteado un esbozo de programa gen¨¦rico y alternativo al franquismo suscrito por la oposici¨®n exiliada e interior al r¨¦gimen casi al completo, reunida por vez primera tras el fin de la Guerra Civil, en la ciudad alemana de M¨²nich. Solo los comunistas fueron excluidos de aquella cita, que el franquismo castig¨® con deportaciones y multas.
Pero la ley estatal sobre el secreto se promulgaba, adem¨¢s, inmediatamente despu¨¦s de la Ley de Prensa e Imprenta, llamada ley Fraga, en vigor desde 1966, que hab¨ªa suprimido la censura previa de prensa. Pese al amplio poder sancionador del que a¨²n dispon¨ªa, el r¨¦gimen tem¨ªa que el portillo as¨ª abierto implicara riesgos, que la Ley de Secretos Oficiales permitir¨ªa atajar. Asimismo, la norma sal¨ªa al paso de las importantes divergencias incubadas en el r¨¦gimen franquista en torno a la colonia africana de Espa?a en Guinea Ecuatorial. El Ministerio de Asuntos Exteriores, cuyo titular era el propagandista cat¨®lico Fernando Mar¨ªa Castiella, preconizaba su inmediata descolonizaci¨®n, frente al todopoderoso almirante Luis Carrero Blanco, mano derecha del dictador, quien, en una maniobra calculada, hab¨ªa instado a convertir las colonias en ?frica en provincias espa?olas para eludir el imparable proceso descolonizador que Naciones Unidas instaba por doquier. La presi¨®n internacional descolonizadora era muy intensa. La soluci¨®n al hondo diferendo pol¨ªtico interno desembocar¨ªa en 1971 en la declaraci¨®n de materia reservada de todo lo concerniente al pa¨ªs africano, incluida la opaca relaci¨®n hist¨®rico-patrimonial mantenida por la Corona con la colonia, cuyos intereses eran gestionados all¨ª por la Armada, de la cual el almirante Carrero era principal exponente pol¨ªtico.
En nuestro presente, la Ley de Secretos Oficiales, brevemente reformada en 1978, ha fomentado de hecho el crecimiento de la brecha existente en torno a la memoria, mediante el silenciamiento impuesto sobre nuestra historia com¨²n. Tal quiebra ha dado argumentos a quienes airean la dicotom¨ªa de las dos Espa?as, espoleada por la pervivencia de h¨¢bitos inquisitoriales no erradicados. Esta cancelaci¨®n premeditada de la posibilidad de una autoconciencia social plena al respecto del pasado y, asimismo, de la actualidad, dif¨ªcilmente puede ser separada de una intencionalidad perversa que, de hecho, se propon¨ªa mantener a la sociedad espa?ola en un limbo de ignorancia e irresponsabilidad.
Qu¨¦ duda cabe de que existe una utilidad instrumental del secreto vinculada a la seguridad estatal, que merece y exige ser legalmente regulada. M¨¢s la ampliaci¨®n extensiva y descontrolada del secreto hasta ¨¢mbitos tan anchos como los comprendidos en esta ley, hoy afortunadamente en trance derogatorio y que, de hecho, cancelaba la realidad misma, fue un s¨ªntoma de la condici¨®n totalizante para unos, totalitaria para otros, que le caracterizaba.
Todo Estado, por mor de la necesidad de autolegitimaci¨®n, acostumbra a mostrarse como garante de intereses p¨²blicos y privados e impulsor de cohesi¨®n social, mientras proclama atener su conducta a la observancia de la ley y de la moral. Sin embargo, muchas pr¨¢cticas estatales, se?aladamente las de los reg¨ªmenes dictatoriales y autoritarios, vulneran los principios que el Estado proclama y recurren al secreto para ocultar sus transgresiones. Tal fue lo que aqu¨ª sucedi¨® y lo que la ley se propuso silenciar.
Haber mantenido inercial y premeditadamente, durante 83 a?os, la losa del desconocimiento forzoso sobre enormes ¨¢mbitos del patrimonio colectivo, informativo, ideopol¨ªtico e historicocultural, de los espa?oles, lejos de amortiguar conflictos internos, los ha avivado. Y lo ha hecho degradando la escena convivencial espa?ola y, por ende, la cohesi¨®n social. Manifestaciones evidentes de la ignorancia inducida por los secretos de Estado cabe verlas a diario en determinadas bancadas del Parlamento. La desmemoria erosiona la convivencia.
La desclasificaci¨®n de los secretos de Estado es un derecho democr¨¢tico de las sociedades desarrolladas para acceder a la conciencia colectiva y a la libre interpretaci¨®n del pasado y del presente. Por ello, su regulaci¨®n mediante una ley nueva como la prevista, una vez acordados entre las fuerzas pol¨ªticas los plazos de revelaci¨®n, preludiar¨¢ con certeza una reflexi¨®n que permitir¨¢ despejar numerosas inc¨®gnitas y resta?ar muchas heridas abiertas por la ignorancia y la desmemoria. Y, sin duda, tras fundamentar el conocimiento sobre nosotros mismos y ampliar la cultura c¨ªvica y democr¨¢tica, abrir¨¢ paso a una serie de expectativas de concordia en Espa?a, hoy m¨¢s necesarias que nunca.