La ley del s¨ª es s¨ª
Es imprescindible la reforma de la norma para preservar la confianza ciudadana en la protecci¨®n de las v¨ªctimas
Desde su entrada en vigor, la Ley de Garant¨ªa Integral de la Libertad Sexual ¡ªtambi¨¦n conocida como ley del solo s¨ª es s¨ª¡ª se ha encontrado con efectos indeseados que se han concretado en un goteo de rebajas de condenas y ...
Desde su entrada en vigor, la Ley de Garant¨ªa Integral de la Libertad Sexual ¡ªtambi¨¦n conocida como ley del solo s¨ª es s¨ª¡ª se ha encontrado con efectos indeseados que se han concretado en un goteo de rebajas de condenas y excarcelaciones anticipadas de delincuentes sexuales. Una ley que naci¨® para evitar diferentes interpretaciones sobre las agresiones sexuales ha terminado provocando un rosario de revisiones con distintas aplicaciones de las penas contenidas en la nueva norma. Era, pues, necesario y es positivo que el Gobierno haya admitido finalmente que cometi¨® un error al no incluir una disposici¨®n transitoria para evitar una rebaja de las penas a los agresores ya condenados en aplicaci¨®n del principio de retroactividad favorable al reo. Admitir los efectos indeseados y no actuar ¡ªaunque sea para un futuro¡ª solo podr¨ªa interpretarse como una cerraz¨®n inexplicable con una norma tan delicada. Resulta muy importante preservar la confianza de la ciudadan¨ªa en la capacidad de la justicia para proteger a las v¨ªctimas de agresiones sexuales. Aunque el problema con los casos del pasado que pidan revisi¨®n ya no tiene remedio ¡ªcualquier modificaci¨®n de la ley solo regir¨¢ para los delitos que se cometan a partir de su aprobaci¨®n¡ª, con esta rectificaci¨®n el Gobierno emite el mensaje de que escucha las voces de las v¨ªctimas y atiende a la alarma social.
Lo m¨¢s importante ahora es que cualquier ajuste que se introduzca en el C¨®digo Penal no modifique o desconfigure lo que constituye el principal avance de esta ley, que es que la definici¨®n del delito de agresi¨®n sexual pivote sobre la ausencia de consentimiento, algo que no parece ser la intenci¨®n de ninguna de las dos partes del Ejecutivo. La diferencia fundamental que aport¨® la nueva ley es que, siguiendo el Convenio de Estambul, la clave del tipo penal es la ausencia de consentimiento para la relaci¨®n, lo que debe evitar que la causa derive en un examen al comportamiento de la v¨ªctima, como ha ocurrido en tantas ocasiones. Este cambio implic¨® la unificaci¨®n en un tipo ¨²nico de ¡±agresi¨®n sexual¡± de los antiguos delitos de ¡±agresiones sexuales¡± (los cometidos con violencia o intimidaci¨®n) y los ¡±abusos sexuales¡± (los que derivan de no haber un consentimiento v¨¢lido porque la persona atacada no est¨¢ en condiciones de consentir). Lo verdaderamente relevante no fue cambiar las penas, sino hacer pivotar el consentimiento como elemento central de cualquier agresi¨®n sexual. Esto es algo que el Ministerio de Igualdad debi¨® explicar con m¨¢s claridad en su d¨ªa, especialmente porque este cambio de paradigma se produc¨ªa al calor de las protestas por la famosa sentencia de La Manada.
La reforma que se haga ahora debe fundamentarse en el verdadero avance de la ley del solo s¨ª es s¨ª y asumir los aumentos de las penas sin tocar el consentimiento, seg¨²n han explicado los dos socios del Gobierno. La diferencia entre ellos es de puro matiz. Mientras Justicia (en manos del PSOE) defiende un tipo de modalidad agravada para los casos en los que haya violencia o intimidaci¨®n, Igualdad (Unidas Podemos) propone elevar las penas m¨ªnimas. Ninguna de las dos propuestas afecta al coraz¨®n de la norma: lo que define el delito es que no se respete la voluntad de la v¨ªctima. Ese y no otro fue el capital pol¨ªtico que el feminismo traslad¨® al legislador de la dram¨¢tica experiencia de la sentencia de La Manada. Llevar la discusi¨®n sobre la reforma a extremos artificiales significar¨ªa que nada se ha aprendido de las causas que nos han tra¨ªdo hasta aqu¨ª. Lo dem¨¢s hay que dejarlo en manos de la mejor t¨¦cnica jur¨ªdica.
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