La Audiencia absuelve a un islamista radical vinculado con el 11-M
Moutaz Almallah Dabas se ha quedado "a las puertas" de un delito de colaboraci¨®n
La Audiencia Nacional ha absuelto al espa?ol de origen sirio Moutaz Almallah Dabas de un delito de colaboraci¨®n con banda armada? por no "quedar acreditado" que "llevaba a cabo actividades de favorecimiento del terrorismo islamista" o de captaci¨®n y adoctrinamirnto de la Yihad , tal y como sosten¨ªa la acusaci¨®n. La fiscal¨ªa y la Asociaci¨®n de Ayuda a las V¨ªctimas del 11-M ped¨ªan una pena de ocho a?os de prisi¨®n.
De esta manera ha solventado la Audiencia el ¨²ltimo juicio pendiente relacionado con el 11-M. Moutaz, que se encontraba en Inglaterra cuando sucedieron los atentados de Madrid en 2004 y fue extraditado a Espa?a en 2007, era el arrendatario de un piso en Madrid en el que, seg¨²n la acusaci¨®n, se efectuaban reuniones de captaci¨®n y adoctrinamiento de planteamientos yihadistas, se recaudaba dinero para favorecer el terrorismo islamista. En esa vivienda se reunieron entre otros Serhane ben Abdelmajid, El Tunecino, uno de los autores de la masacre del 11-M que se suicid¨® en Legan¨¦s, o Mustaf¨¢ Maymouni, condenado en Marrurecos por su vinculaci¨®n con los atentados de Casablanca.
El tribunal, sin embargo, "no encuentra prueba suficiente para entender acreditado que el acusado llevara a cabo actividades concretas de favorecimiento del terrorismo islamista". En la sentencia la Audiencia determina que Moutaz se ha quedado " a las puertas de una colaboraci¨®n con una organizaci¨®n terrorista", pero entiende que los indicios no son determinantes. Para el tribunal estas actividades "no pueden sustentar una declaraci¨®n de culpabilidad".
En su escrito los magistrados sostienen que participar en reuniones, poseer libros de Osama Bin Laden o v¨ªdeos de la Yihad "no puede ser entendido, por s¨ª mismo, como un acto de colaboraci¨®n, sino de aceptaci¨®n? o aprobaci¨®n? de sus fines y m¨¦todos, pero en ning¨²n caso de apoyo log¨ªstico que se presta a una organizaci¨®n". La mera coincidencia ideol¨®gica "aunque sea en ideas violentas contra otros no acreditan po0r s¨ª mismas la pertenencia a una organizaci¨®n terrorista", concluye el tribunal.
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