El Poder Judicial advierte de que la ley de Transparencia no castiga al mal gestor
El Poder Judicial advierte que no se penaliza al pol¨ªtico que gasta por encima de lo presupuestado sino solo el falseamiento de cuentas
El Consejo General del Poder Judicial ha advertido hoy al Gobierno de que la redacci¨®n dada a la reforma incluida en la Ley de Transparencia para castigar a los malos gestores p¨²blicos no penaliza en realidad el hecho de gastar por encima de lo presupuestado, sino solo el falseamiento de las cuentas. As¨ª lo advierte el informe realizado por el vocal Claro Jos¨¦ Fern¨¢ndez que ha sido aprobado por unanimidad por la Comisi¨®n de Estudios del ¨®rgano de gobierno de los jueces y que ser¨¢ debatido por el pleno del CGPJ en su reuni¨®n del pr¨®ximo d¨ªa 28.
"Si se analiza con rigor la figura delictiva que se pretende introducir, el bien jur¨ªdico que se pretende proteger es la autenticidad de la documentaci¨®n contable y financiera de la entidad, para evitar que de su falseamiento pueda derivar un perjuicio econ¨®mico, m¨¢s no necesariamente el hecho de originar gastos al margen de lo presupuestado o autorizado", dice el informe.
De este modo, subraya que si la pretensi¨®n del Gobierno es "poner coto" al hecho de efectuar gastos sin cr¨¦dito, superando el importe del presupuesto, deber¨ªa tipificar tal conducta y sancionar que se realicen gastos sin habilitaci¨®n presupuestaria o una vez agotado el cr¨¦dito disponible, en vez de extender a las entidades p¨²blicas el delito de falseamiento contable.
En t¨¦rminos generales, el estudio da el visto bueno al anteproyecto de reforma del C¨®digo Penal sobre los delitos contra la Hacienda P¨²blica, fraude fiscal y a la Seguridad Social y el nuevo tipo especial de malversaci¨®n, que fue remitido por el Ejecutivo al CGPJ para que emitiera el informe preceptivo.
Seg¨²n el texto del Gobierno, los cargos p¨²blicos que falseen las cuentas u oculten datos de naturaleza contable podr¨¢n ser castigados con hasta diez a?os de inhabilitaci¨®n y la correspondiente multa.
El informe aconseja al Ejecutivo que evite que el delito que pretende introducir se convierta en un "tipo privilegiado" que impida el castigo para algunas de esas conductas delictivas actualmente penadas incluso con c¨¢rcel y a las que podr¨ªan ser aplicables las "falsedades contables" o de documentos sobre la situaci¨®n econ¨®mica de una entidad que contempla ahora la reforma.
S¨ª considera adecuado el aumento de las penas para determinados tipos delictivos y se?ala que ayudar¨¢ a alcanzar mayor eficacia en la represi¨®n del fraude a gran escala, a los grupos organizados y entramados societarios.
Otro elemento positivo que destaca de la reforma es que eleve el plazo de prescripci¨®n para los delitos fiscales m¨¢s graves de 5 a 10 a?os, lo que a juicio del vocal ponente "evitar¨¢ el fracaso de la persecuci¨®n penal en no pocas ocasiones, m¨¢xime ante la especial complejidad que conlleva el esclarecimiento de las actividades de grupos o entidades".
No obstante, el texto pone objeciones a las previsiones de la reforma para computar el inicio del plazo de prescripci¨®n y se?ala los problemas y la "incertidumbre" que puede generar que ¨¦ste comience con la falta de regularizaci¨®n tributaria y no en el momento de la comisi¨®n del delito.
"El hecho de que el inicio del c¨®mputo de la prescripci¨®n quede al albur de la decisi¨®n de iniciar actuaciones de comprobaci¨®n o, en su caso, de interponer querella o denuncia, no se ajusta a la exigencia de seguridad jur¨ªdica", afirma Fern¨¢ndez tras resaltar que as¨ª se prolonga artificialmente la prescripci¨®n al hacerla depender de un acontecimiento futuro.
El informe no plantea reparos a las cuant¨ªas del delito de fraude a la Seguridad Social -de 120.000 euros a 50.000 euros para el tipo b¨¢sico- y el umbral de 120.000 euros para el tipo agravado, aunque tambi¨¦n sugiere que se precise con mayor claridad el modo de determinaci¨®n de la cuant¨ªa.
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