Interior concede la semilibertad al secuestrador etarra con c¨¢ncer terminal
Interior impulsa la libertad del preso enfermo si no va a actos proetarras Ahora la Audiencia Nacional debe concluir el expediente de la libertad condicional de Uribetxeberria, para lo cual es necesario el informe de los forenses del tribunal y del fiscal
![M¨®nica Ceberio Belaza](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F8f925064-8ee3-403f-add6-184b10d0ef16.png?auth=83c16f8a1f19d1f93f5fcb3d398180861a0f558d2582c4c95ebe01798c5620df&width=100&height=100&smart=true)
Sucedi¨® lo que se sab¨ªa que iba a pasar: que el Ministerio del Interior, a la vista del informe m¨¦dico del Hospital Donostia calificando como ¡°muy grave¡± e ¡°irreversible¡± el c¨¢ncer que padece el preso de ETA Iosu Uribetxeberria Bolinaga, y fijando en un 90% su riesgo de muerte antes de un a?o, decidi¨® este viernes clasificarle en tercer grado penitenciario (semilibertad) e impulsar su libertad condicional. La libertad no la otorga Instituciones Penitenciarias, sino el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, que se pronunciar¨¢ sobre el asunto la semana pr¨®xima. Pero, con el paso de este viernes, el Gobierno ha fijado su postura. Considera que, ¡°por razones humanitarias¡±, es conveniente excarcelar a Uribetxeberria, en prisi¨®n desde 1997. Eso s¨ª, recomendar¨¢ al juzgado que le imponga algunas condiciones.
La m¨¢s llamativa de ellas es la petici¨®n de que se le proh¨ªba participar ¡°de forma activa o pasiva en manifestaciones p¨²blicas de enaltecimiento o legitimaci¨®n de la violencia, especialmente de la banda terrorista ETA y/o hacer declaraciones de esta naturaleza, as¨ª como las que conlleven desprecio o desconsideraci¨®n de las v¨ªctimas del terrorismo¡±. Adem¨¢s, se recomienda a los jueces que le impidan abandonar el municipio en el que viva sin comunicarlo a Prisiones y que se le impongan ¨®rdenes de alejamiento con respecto a sus v¨ªctimas o familiares de estas.
La prohibici¨®n de que Uribetxeberria acuda a actos en favor de ETA tiene que ver con la instrumentalizaci¨®n del caso emprendida durante las ¨²ltimas dos semanas por los reclusos de la banda, las asociaciones de familiares y la izquierda abertzale. Han apoyado y fomentado las protestas y huelgas de hambre de los reclusos ¡ªaunque la mayor¨ªa, en realidad, han ido rotando en los ayunos y solo manten¨ªan la huelga un d¨ªa o dos, seg¨²n Instituciones Penitenciarias¡ª a pesar de que ya sab¨ªan que Interior lo excarcelar¨ªa si su pron¨®stico m¨¦dico era muy grave. El Gobierno vasco, de acuerdo con Interior en su decisi¨®n de liberar al recluso, lamentaba ayer que la izquierda abertzale no se hubiera ¡°ahorrado este espect¨¢culo victimista¡±, seg¨²n un portavoz del departamento de Patxi L¨®pez.
La izquierda abertzale ha anunciado que seguir¨¢ con su presi¨®n sobre la pol¨ªtica penitenciaria del Gobierno aunque Uribetxeberria sea excarcelado. De hecho, las movilizaciones por la liberaci¨®n del preso contin¨²an hoy, a pesar de la concesi¨®n del tercer grado, con una concentraci¨®n convocada al mediod¨ªa en Bilbao, informa Pedro Gorospe. Aunque distintos responsables del ministerio llevan d¨ªas insistiendo en que se limitar¨ªan a aplicar la ley y que Uribetxeberria ser¨ªa excarcelado si su estado era muy grave, con huelgas o sin ellas, la izquierda abertzale vender¨¢ como un ¨¦xito propio la liberaci¨®n. Por eso, la propuesta de Interior de que se proh¨ªba a Uribetxeberria acudir a actos reivindicativos pretende evitar, al menos, que este se convierta en un h¨¦roe f¨ªsicamente presente en cualquier concentraci¨®n o acto.
Proponer la excarcelaci¨®n de los presos de ETA, teniendo en cuenta la extrema gravedad de los delitos cometidos por la mayor¨ªa de ellos, es una decisi¨®n dif¨ªcil para cualquier Gobierno. Uribetxeberria, en concreto, cumple condena por dos terribles secuestros, el del empresario de Julio Iglesias Zamora (116 d¨ªas en 1993) y el del funcionario de prisiones Jos¨¦ Antonio Ortega Lara (532 d¨ªas de ag¨®nico cautiverio entre 1996 y 1997), y por el asesinato de tres guardias civiles. Adem¨¢s, la liberaci¨®n es un tema especialmente espinoso para este Ejecutivo, que en la oposici¨®n apoy¨® todas las reivindicaciones de las v¨ªctimas y les hizo pensar que nunca adoptar¨ªa decisiones que contrariaran sus intereses y peticiones.
Se proh¨ªbe al terrorista acercarse a sus v¨ªctimas o familiares y participar en manifestaciones en favor de ETA
La Asociaci¨®n de V¨ªctimas del Terrorismo denunci¨® ayer como una ¡°traici¨®n¡± intolerable la decisi¨®n del Gobierno. ¡°A muchas v¨ªctimas nos est¨¢n llamando inhumanas por defender que Uribetxeberria debe permanecer en prisi¨®n¡±, escrib¨ªa ?ngeles Pedraza, presidenta de la AVT. ¡°Ninguna de las v¨ªctimas que ETA asesin¨® a lo largo de su sangrienta historia tuvo la m¨¢s m¨ªnima oportunidad de estar al lado de sus familiares en sus ¨²ltimos instantes. Nada¡±.
La crueldad de los delitos de Uribetxeberria es evidente, y qued¨® grabada en los ojos de toda Espa?a cuando un fam¨¦lico y desorientado Ortega Lara fue liberado. Y no se trata solo de la gravedad de los delitos que han cometido los presos. Muchos de los que ahora se concentran en las calles pidiendo humanidad para Uribetxeberria son los mismos que convocaban contramanifestaciones e insultaban a quienes ped¨ªan en la calle que ETA liberara a sus secuestrados. En algunos casos, como durante el cautiverio del empresario vasco Jos¨¦ Mar¨ªa Aldaya, entre 1995 y 1996, las agresiones eran constantes.
A pesar de todo, la cuesti¨®n es si el Estado de derecho debe aplicar las leyes incluso a los que no creen en ellas. Y este Gobierno, y los anteriores, han aplicado criterios humanitarios a los presos. No solo se ha liberado a terroristas. Desde 2007 han sido excarcelados m¨¢s de 1.600 delincuentes enfermos de las c¨¢rceles espa?olas. Pero pocos casos provocan el debate moral inevitable que se da cuando se trata de los reclusos de ETA.
El informe m¨¦dico del Hospital Donostia acreditaba el estado terminal del enfermo. ¡°Si nos basamos en la literatura cient¨ªfica, con la m¨¢xima probabilidad el proceso es irreversible e incurable¡±, afirma el centro. ¡°En esta situaci¨®n cl¨ªnica, m¨¢s de la mitad de los pacientes fallecen antes de los nueve meses. Y la probabilidad de supervivencia a los 12 meses estar¨ªa en torno al 10%¡±. Es decir, el riesgo de que el preso muera antes de un a?o es de un 90%, seg¨²n los m¨¦dicos. Padece ¡°met¨¢stasis m¨²ltiples del carcinoma renal a nivel de sistema nervioso central¡± y un ¡°n¨®dulo pulmonar¡± que no se sabe si es otra met¨¢stasis del c¨¢ncer de ri?¨®n que sufri¨® en 2005 o un tumor ¡°primitivo pulmonar¡±.
La propuesta de concesi¨®n del tercer grado a Uribetxeberria la ha tomado la Junta de Tratamiento de Zaballa por unanimidad. Ahora falta que la Audiencia Nacional concluya el expediente de libertad condicional, para lo cual son necesarios los informes de los forenses y del fiscal, y que el magistrado en funciones de Vigilancia Penitenciaria la semana venidera, Ismael Moreno, la apruebe.
Nota ¨ªntegra de Prisiones sobre el tercer grado a Uribetxeberria
La Secretar¨ªa General de Instituciones Penitenciarias ha resuelto conceder el tercer grado a Jes¨²s Mar¨ªa Uribechevarria Bolinaga, en el ejercicio de las competencias que le reconoce el Real Decreto 400/2012 de 17 de febrero, a tenor de lo dispuesto en la providencia del 16 de agosto del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria y a la vista de la propuesta por unanimidad que eleva la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Zaballa (?lava), en la que, en base al informe m¨¦dico que se adjunta, se acredita que el interno Uribechevarria Bolinaga padece una enfermedad muy grave, irreversible e incurable en los t¨¦rminos previstos en el articulo 104.4 del vigente Reglamento Penitenciario.
Esta Secretar¨ªa General entiende que, a pesar de la entidad de los delitos cometidos por el penado, resulta indudable que tanto la gravedad de la enfermedad, su previsible evoluci¨®n, as¨ª como las caracter¨ªsticas del tratamiento mitigan extraordinariamente la peligrosidad del recluso y anulan pr¨¢cticamente el riesgo de reincidencia.
Por las razones humanitarias a las que expresamente se refiere el art¨ªculo 104 del Reglamento Penitenciario, en relaci¨®n con el art¨ªculo 92 del C¨®digo Penal y en consonancia con las apreciaciones recogidas en la sentencia del Tribunal Constitucional 46/96, de 25 de marzo, la Secretar¨ªa General de Instituciones Penitenciarias ha resuelto aprobar la propuesta del centro penitenciario y clasificar en tercer grado de tratamiento, a los exclusivos efectos de que se confeccione el expediente de libertad condicional por enfermedad, en los t¨¦rminos que recogen los art¨ªculos 194 a 196 del vigente Reglamento Penitenciario, al penado Uribechevarria Bolinaga. Por tanto, la Secretar¨ªa General insta a la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Zaballa a elevar el pr¨®ximo lunes su expediente sobre la libertad condicional del recluso al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.
Asimismo, se insta a la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Zaballa a que incorpore a dicho expediente de libertad condicional para ser sometidas al criterio del Juzgado Central de Vigilancia, al margen de cualesquiera otras que considere oportunas, las siguientes reglas de conducta:
1. Alejamiento de las v¨ªctimas de sus delitos o de los familiares directos de ¨¦stas.
2. Prohibici¨®n de participar de forma activa o pasiva en manifestaciones p¨²blicas de enaltecimiento o legitimaci¨®n de la violencia, especialmente de la banda terrorista de ETA y/o hacer declaraciones de esta naturaleza, as¨ª como las que conlleven desprecio o desconsideraci¨®n de las v¨ªctimas del terrorismo.
3. Prohibici¨®n de ausentarse, sin previa autorizaci¨®n de la Administraci¨®n Penitenciaria, de la localidad en la que fije su residencia.
La resoluci¨®n de la Administraci¨®n Penitenciaria ser¨¢ notificada al Ministerio Fiscal, en los t¨¦rminos y a los efectos previstos en el art¨ªculo 107 del Reglamento Penitenciario.
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