Derecho, sentimientos y pol¨ªtica
El Gobierno se vuelca para lograr que Estrasburgo no anule la doctrina Parot Los populares temen la reacci¨®n de los sectores sociales m¨¢s conservadores
Espa?a volver¨¢ a estar pendiente ma?ana de una instancia judicial europea. Hace una semana, fue el Tribunal de Luxemburgo el que anul¨® parte de la ley hipotecaria; y ma?ana, el de Derechos Humanos de Estrasburgo examinar¨¢ la llamada doctrina Parot que permite mantener presos a peligrosos delincuentes. Esa doctrina supone aplicar los beneficios penitenciarios sobre cada una de las condenas del reo y no sobre los 30 a?os de pena m¨¢xima, especialmente a terroristas, pero tambi¨¦n a autores de otros graves delitos m¨²ltiples. Si el tribunal lo anulara, 77 de ellos (54 de ETA) saldr¨ªan a la calle.
La diferencia con la sentencia de los desahucios es que en este caso no es problema de medidas legales para cubrir una deficiencia, porque ya se adoptaron en 1995 y 2003 al establecer un cumplimiento efectivo de 40 a?os, sin posibilidad de reducciones para hechos cometidos despu¨¦s de su entrada en vigor. Lo parad¨®jico es que los que saldr¨ªan a la calle fueron condenados por el C¨®digo del franquismo, aprobado en 1973. La democracia no ha sido blanda con ellos, pero la efectividad de un C¨®digo Penal no se mide hasta muchos a?os despu¨¦s de entrar en vigor y no es posible aplicar retroactivamente las sucesivas reformas que tapan sus agujeros.
En la expectativa de la resoluci¨®n de Estrasburgo se mezclan tres planos a veces contradictorios: el de los sentimientos, el de la pol¨ªtica y el estrictamente jur¨ªdico, que es el que primar¨¢. El del sentimiento se refiere a la evidente repugnancia de ver libres a peligrosos asesinos convictos, que se concreta en los comunicados de las asociaciones de v¨ªctimas del terrorismo, escandalizadas por las posibles excarcelaciones, y su anunciada presencia, ma?ana, ante la sede del tribunal. El Gobierno alega en su recurso esa alarma social que ya sirvi¨® para impulsar esa doctrina hace nueve a?os.
Seg¨²n Mercedes Gallizo, entonces responsable de Instituciones Penitenciarias, esta doctrina surge en 2004 ¡°ante la gran alarma por el anuncio de la excarcelaci¨®n del etarra I?aki de Juana Chaos tras 19 a?os en prisi¨®n. Aunque hab¨ªa sido condenado por varios asesinatos, el l¨ªmite que marcaba el C¨®digo Penal de cumplimiento eran 30 a?os y como hab¨ªa sido condenado por el de 1973 ten¨ªa derecho a redenciones y por eso iba a salir de prisi¨®n de manera anticipada¡±. ¡°La Fiscal¨ªa, la Audiencia Nacional e Instituciones Penitenciarias hicieron un minucioso trabajo de revisi¨®n de sus expedientes¡± y se retras¨® la salida de prisi¨®n de De Juana a instancia del juez Javier G¨®mez Berm¨²dez. Pero para el resto de casos, empezando por etarra Henry Parot, se opt¨® por una reinterpretaci¨®n de la aplicaci¨®n de beneficios que fue avalada por el Supremo y el Constitucional.
El contexto pol¨ªtico era entonces de enorme presi¨®n en la lucha contra una ETA activa, que se resume en la frase del entonces ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar: ¡°Se trata de construir una nueva imputaci¨®n¡±. El contexto pol¨ªtico ahora es el del Gobierno de Mariano Rajoy volcado en intentar lograr el aval de Estrasburgo, con la presi¨®n de quienes en su partido o en organizaciones aleda?as le acusan de haber aflojado ante ETA, pero sin la presi¨®n del terrorismo tras el alto el fuego de la banda. Tambi¨¦n presionan UPyD con peticiones de ilegalizaciones de Amaiur y Sortu, y, en sentido contrario, el PNV opuesto a la doctrina Parot como explic¨® la pasada semana Emilio Olabarr¨ªa al ministro del Interior, Jorge Fern¨¢ndez, en el Congreso. Presionan los que piden gestos que favorezcan el desarme de ETA y la izquierda abertzale, que tiene en su programa el final de esa doctrina y as¨ª lo expresar¨¢n ma?ana ante el tribunal europeo.
En lo jur¨ªdico, la vista de ma?ana es el recurso del Gobierno a la sentencia que, obviando la pol¨ªtica y los sentimientos, anul¨® la doctrina Parot a instancias de la etarra In¨¦s del Rio. El tribunal de Estrasburgo, al margen de esa presi¨®n pol¨ªtica y de ese sentimiento, debe decidir si ratifica o no que hubo aplicaci¨®n retroactiva de la norma penal. El argumento de la Abogac¨ªa del Estado, adem¨¢s de las consecuencias sociales, es que no hay aplicaci¨®n retroactiva de leyes, sino el ejercicio de la facultad de Espa?a para decidir la ejecuci¨®n de las condenas. Sostiene Justicia que nunca Estrasburgo hab¨ªa cuestionado c¨®mo un Estado aplica la ejecuci¨®n de condenas. La tesis contraria es que fueron condenados con unas condiciones de cumplimiento cambiadas sobre la marcha y, por tanto, con aplicaci¨®n retroactiva.
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