La Abogac¨ªa dice que ¡°la Infanta no tuvo participaci¨®n dolosa¡± en N¨®os
El ¨®rgano refuta los criterios jur¨ªdicos del juez instructor, Jos¨¦ Castro, y se adhiere al recurso presentado por el fiscal Pedro Horrach
La infanta Cristina, seg¨²n la Abogac¨ªa del Estado, que representa a la Agencia Tributaria en el caso Urdangarin, no tuvo ¡°una participaci¨®n activa, consciente y dolosa¡± en las acciones supuestamente delictivas de defraudaci¨®n y evasi¨®n fiscal de las que se acusa a su marido, I?aki Urdangarin. Por ello no debe permanecer imputada. El yerno del Rey carga con la acusaci¨®n por tres delitos fiscales: uno por el impuesto de sociedades y dos sobre la renta de las personas f¨ªsicas, de 2007 y 2008.
La Abogac¨ªa refuta los criterios jur¨ªdicos del juez instructor, Jos¨¦ Castro, porque se adhiere plenamente al recurso de apelaci¨®n presentado por el fiscal Pedro Horrach, al que tambi¨¦n se ha sumado Urdangarin. Horrach pidi¨® la anulaci¨®n del auto de imputaci¨®n.
El instructor observ¨® ¡°un supuesto de cooperaci¨®n necesaria¡± de Cristina de Borb¨®n con su marido y los negocios bajos sospecha del Instituto N¨®os al permitir ¡°una utilitarista figuraci¨®n¡± de su rango y cargo. La Abogac¨ªa del Estado se centra en rebatir los argumentos sobre los delitos fiscales y recuerda que la defensa de los intereses de Hacienda es la base ¨²nica de su personaci¨®n, de enero de 2013.
Adhesi¨®n ¡°limitada¡±
La Abogac¨ªa reconoce que su adhesi¨®n al recurso del fiscal en el caso Urdangarin es ¡°limitada¡± porque su actuaci¨®n de investigaci¨®n, acusaci¨®n y defensa no puede exceder los intereses de parte perjudicada de la Hacienda P¨²blica y de la Administraci¨®n. El resto de delitos de corrupci¨®n del caso (hasta siete) quedan fuera de su ¨¢mbito. Asume que no podr¨ªa actuar sobre una posible cooperaci¨®n de la Infanta en un delito de tr¨¢fico de influencias, que el juez se?ala y el fiscal rechaza expresamente.
La Abogac¨ªa dice que no se puede atribuir a la hija del Rey un papel de ¡°inductora¡± en los citados delitos fiscales de los que se acusa a I?aki Urdangarin, ni tampoco se le ha de considerar ¡°cooperadora necesaria¡± de los mismos, ni siquiera ¡°c¨®mplice¡±, en ning¨²n caso.
La Infanta fue vocal de la junta directiva del Instituto N¨®os y es copropietaria de Aiz¨®on la sociedad familiar que Urdangarin us¨® para su facturar los ingresos millonarios de N¨®os y de sus asesor¨ªas privadas, para evitar la carga tributaria. Del bloque de catorce indicios de criminalidad o dudas razonables del juez para la imputaci¨®n solo uno se refiere a los delitos contra la Hacienda P¨²blica.
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