Defensa expedienta a una juez militar que investiga un caso de corrupci¨®n
Acusan a la instructora de falta grave por registrar una base a¨¦rea sin avisar al jefe de un cuartel Un coronel la retuvo en un despacho y no le permiti¨® salir hasta que le dijo lo que buscaba
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene una patata caliente sobre la mesa. Una juez militar, la titular del juzgado togado territorial n¨²mero 12, con sede en Madrid, se ha dirigido al ¨®rgano de gobierno de los jueces para pedirle amparo ante las presiones que est¨¢ sufriendo en la investigaci¨®n de un caso de presunta corrupci¨®n en el Ej¨¦rcito del Aire. Presiones que, seg¨²n la juez, ¡°afectan grav¨ªsimamente¡± a su independencia.
Lo m¨¢s grave es que las injerencias proceder¨ªan de quienes m¨¢s obligados est¨¢n a colaborar al ¨¦xito de la investigaci¨®n: el coronel jefe del acuartelamiento de la agrupaci¨®n de la base a¨¦rea de Getafe? (Madrid), el jefe del Estado Mayor del Ej¨¦rcito del Aire, el Asesor Jur¨ªdico General de Defensa y el Tribunal Militar Central. Este ¨²ltimo, al que corresponder¨ªa amparar a la juez, le ha abierto un expediente disciplinario por falta grave que, m¨¢s all¨¢ de la sanci¨®n econ¨®mica ¡ªhasta 20 d¨ªas de suspensi¨®n de sueldo¡ª, puede acabar con su carrera profesional.
La falta imputada a la juez consistir¨ªa en no haber avisado con suficiente antelaci¨®n al coronel jefe del Acuartelamiento A¨¦reo de Getafe (ACAR Getafe) de su decisi¨®n de proceder a un registro e inspecci¨®n ocular de algunas de sus dependencias, en el curso de un sumario, declarado secreto, en el que investiga presuntos delitos de malversaci¨®n de fondos p¨²blicos o falsedad documental. Es decir, que el juez instructor de una causa declarada secreta tendr¨ªa la obligaci¨®n de alertar de un registro al responsable del organismo sobre el que recaen las sospechas de corrupci¨®n.
Me sent¨ª vejada en mi condic¨ª¨®n de juez, de mujer y de persona
Seg¨²n la documentaci¨®n que obra en manos del Consejo, la juez se person¨® en dos ocasiones en la base a¨¦rea de Getafe, el 3 y el 12 de junio, al frente de una comisi¨®n judicial y con una orden de entrada y registro que afectaba al acuartelamiento de la agrupaci¨®n y a la Secci¨®n Econ¨®mica Administrativa (SEA). Aunque hab¨ªa avisado de su llegada ¡ªa trav¨¦s del asesor jur¨ªdico del Mando General del Aire (MAGEN)¡ª, primero se le impidi¨® el acceso; y luego, se le conmin¨® por parte del coronel para que le revelase sus prop¨®sitos.
Seg¨²n el escrito elevado al CGPJ por la juez, el coronel la retuvo en un despacho, en contra de su voluntad, y no le permiti¨® salir hasta que le dijo a d¨®nde iba y qu¨¦ buscaba. ¡°Me sent¨ª absolutamente vejada en mi condici¨®n de juez, persona y mujer¡±, alega la instructora.
Finalmente, se practic¨® el registro, que se prolong¨® casi cuatro horas y continu¨® a la ma?ana siguiente. La juez decidi¨® regresar el 12 de junio tras comprobar que faltaban por inspeccionar algunas dependencias.
Pero el desarrollo de la investigaci¨®n se ha visto condicionado por las secuelas del roce entre el coronel y la juez. La segunda decidi¨®, a la vista del desarrollo de los acontecimientos, denunciar al mando por obstrucci¨®n a la justicia, pero el juzgado togado militar central opt¨® por archivar la denuncia de un plumazo, sin instrucci¨®n alguna.
Por el contrario, la queja del coronel lleg¨® al Jefe del Estado Mayor del Ej¨¦rcito del Aire, quien consult¨® con el Asesor Jur¨ªdico General de Defensa, que la traslad¨® al Tribunal Militar Central. Con la misma celeridad con que se archiv¨® la denuncia de la juez contra el coronel, se le abri¨® expediente disciplinario a ella, sin ninguna indagaci¨®n previa.
El expediente se basa en que el art¨ªculo 185 de la Ley Procesal Militar dice que, ¡°para la entrada y registro¡± en instalaciones militares, ¡°debe preceder aviso¡± al jefe de la misma, ¡°a fin de que preste el debido auxilio¡±, salvo cuando dicho jefe est¨¦ imputado o ¡°cuando la investigaci¨®n de los hechos no lo permita¡±.
La juez aduce que la ley no especifica con cu¨¢nta antelaci¨®n debe avisarse ¡ªella lo hizo al llegar a la base¡ª y que el secreto sumarial le imped¨ªa informar al coronel. La pr¨¢ctica de un registro, argumenta en su escrito, no puede condicionarse ¡°al visto bueno del jefe de la unidad¡±. Su mayor temor es que se consagre a partir de ahora una doctrina de aplicaci¨®n en las Fuerzas Armadas: ¡°Un mando militar podr¨¢ obstaculizar la intervenci¨®n del juez y la consecuencias ser¨¢ que se le abre expediente al juez y que el mando militar tendr¨¢ todo el respaldo de las Autoridades de Defensa¡±.
El Consejo General del Poder Judicial tendr¨¢ la ¨²ltima palabra.
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