La ¡°mera presencia¡± de drogas en el conductor ser¨¢ multada con mil euros
La nueva ley de seguridad vial castiga con tres puntos llevar detectores de radar
La cruzada contra las drogas en la conducci¨®n que ha emprendido la directora general de Tr¨¢fico, Mar¨ªa Segu¨ª, quedar¨¢ plasmada en la nueva Ley de Seguridad Vial. La norma endurecer¨¢ las sanciones por ingesta de drogas con multas de mil euros y eliminar¨¢ los resquicios de la norma vigente, que condenaba su influencia pero no su presencia en el organismo. As¨ª se desprende del anteproyecto de Ley sobre Tr¨¢fico, Circulaci¨®n de Veh¨ªculos a Motor y Seguridad Vial, al que ha tenido acceso EL PA?S. Entre otras modificaciones, recoge el aumento de velocidad a 130 kil¨®metros por hora y la prohibici¨®n de llevar detectores de radar. Los miembros del Consejo Superior de Seguridad Vial tienen hasta el pr¨®ximo viernes para presentar modificaciones, antes de que llegue al Consejo de Ministros.
Estas son las novedades:
? Drogas. La nueva ley castigar¨¢ ¡°la mera presencia de drogas en el organismo del conductor¡± por la v¨ªa administrativa, con una multa de mil euros y la detracci¨®n de seis puntos del carn¨¦ de conducir. En la norma anterior era necesario demostrar la influencia de las drogas en la conducci¨®n para imponer la multa, que era de 500 euros, y restar los puntos. Sin embargo, a diferencia del alcohol, respecto al cual el nivel m¨¢ximo permitido es claro, en las drogas no existen estudios precisos ni consenso cient¨ªfico para determinar qu¨¦ nivel de cada tipo de droga afecta al automovilista. La nueva ley lo resuelve sancionando el m¨¢s m¨ªnimo rastro de haber ingerido drogas.
Precisamente el t¨¦rmino ¡°influencia¡±, contemplado en la actual ley, ha generado muchos problemas a los jueces. La Audiencia Provincial de Murcia conden¨® el 24 de abril de 2012, por un delito contra la seguridad vial, a un conductor que hab¨ªa dado un resultado positivo por drogas y que circulaba a gran velocidad, de forma agresiva y salt¨¢ndose sem¨¢foros en rojo, seg¨²n la sentencia. Sin embargo, fue absuelto en segunda instancia porque el juez determin¨® que era imposible afirmar que su conducci¨®n obedeciera a las drogas que hab¨ªa tomado. Con la nueva norma habr¨ªa pagado mil euros y perdido seis puntos.
La futura ley de Seguridad Vial explicita, adem¨¢s, la forma de verificar la ingesta de drogas: ¡°Una prueba salival mediante un dispositivo autorizado¡± y un ¡°posterior an¨¢lisis¡± de la muestra. Por ¡°razones justificadas que impidan realizar la prueba¡±, se podr¨¢ ordenar un reconocimiento m¨¦dico o an¨¢lisis cl¨ªnicos en un centro. Adem¨¢s, el interesado podr¨¢ exigir un an¨¢lisis de contraste, preferentemente de sangre, que deber¨¢ abonar si el resultado es positivo.
? Alcohol. Aumenta la multa de 500 a 1.000 euros por conducir con tasas de alcohol superiores a lo permitido ¡ª0,25 miligramos por litro de aire espirado, y 0,15 para conductores noveles y profesionales¡ª. Seg¨²n el anteproyecto de ley, tanto las drogas como el alcohol ¡°est¨¢n detr¨¢s de un porcentaje muy importante de accidentes graves y por ello es necesario aumentar el reproche hacia ese tipo de conductas¡±.
? Velocidad. El anteproyecto de la ley de seguridad vial contempla el aumento de la velocidad a 130 kil¨®metros porque incluye un cuadro de velocidades que recoge la sanci¨®n econ¨®mica y la detracci¨®n de puntos que supondr¨¢ superar este l¨ªmite. Por ejemplo, circular entre 131 y 160 por hora en una v¨ªa limitada a 130 conllevar¨¢ una multa de 100 euros y no restar¨¢ puntos. La ley no har¨¢ diferencia a la hora de sancionar a quienes circulan a m¨¢s de 190 kil¨®metros por hora en v¨ªas limitadas a 120 y 130. En ambos casos, la multa es de 600 euros y se perder¨¢n seis puntos de carn¨¦.
Lo que no especifica la futura norma son las v¨ªas por las que se podr¨¢ circular a 130 por hora. Ser¨¢ el Reglamento General de Circulaci¨®n, que se modificar¨¢ una vez aprobada la ley, el que lo aclare. Segu¨ª ya adelant¨® que la velocidad a 130 solo se aplicar¨¢ en tramos con ¨ªndices contrastados de seguridad y con buenas condiciones de trazado, pavimentaci¨®n y meteorol¨®gicas.
La ley incorpora, asimismo, una nueva franja de velocidad, la de 20 kil¨®metros por hora, prevista para algunas calles con un solo carril. Ahora no existen sanciones para quienes circulan por encima de 21 kil¨®metros por hora en calles limitadas a esta velocidad: el primer tramo de multa comienza a partir de 31 por hora.
? Casco ciclista. A pesar de la pol¨¦mica por la obligatoriedad del casco ciclista en ciudad, la ley solo establece directamente que sea prescriptivo para menores de 18 a?os, pero deja abierta la puerta y remite a un ¡°posterior desarrollo reglamentario de los supuestos y condiciones de su uso¡±.
? Detectores de radar. La futura ley prohibir¨¢ los detectores de radar ¡ªahora solo est¨¢n prohibidos los inhibidores¡ª, cuyo uso ser¨¢ sancionado como infracci¨®n grave, es decir, la detracci¨®n de tres puntos del carn¨¦ y una multa de 200 euros. Quedan excluidos los mecanismos que informan de la posici¨®n de los sistemas de vigilancia de tr¨¢fico, que la propia DGT publica en su web.
? Ca¨ªda de carga en la v¨ªa. Este supuesto, que no estaba expresamente contemplado en la normativa, ser¨¢ sancionado como infracci¨®n grave por ¡°el peligro que genera al resto de usuarios de la v¨ªa¡±.
? Obras en la v¨ªa. Tambi¨¦n ser¨¢ infracci¨®n grave realizar obras en la carretera sin comunicarlo con anterioridad a su inicio ¡°a la autoridad responsable de la gesti¨®n y regulaci¨®n del tr¨¢fico¡±.
? Menores en los asientos delanteros. La norma anterior solo prohib¨ªa circular con menores de 12 a?os como pasajeros de ciclomotores o motocicletas. Ahora, la ley tambi¨¦n vetar¨¢ viajar ¡°con menores en los asientos delanteros o traseros cuando no est¨¦ permitido¡±. El nuevo Reglamento General de Circulaci¨®n concretar¨¢ los criterios de edad y talla.
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