Las 40 medidas contra la corrupci¨®n en los partidos y la administraci¨®n
Todo lo que el Gobierno quiere hacer contra el deterioro de los partidos y las administraciones
El Gobierno ha presentado hoy un informe con las 40 medidas con las que pretende acabar con la corrupci¨®n y poner coto a los gastos de los cargos p¨²blicos. La vicepresidenta Soraya S¨¢enz de Santamar¨ªa ha detallado algunas pero otras se han quedado en el tintero. Estas son una a una todas las medidas ideadas tras el estallido del caso B¨¢rcenas con el que el Ejecutivo quiere frenar la erosi¨®n que la corrupci¨®n provoca en los partidos pol¨ªticos y en las administraciones p¨²blicas
CONTROL DE LA ACTIVIDAD ECON?MICA DE LOS PARTIDOS POL?TICOS
Responsabilidad en las cuentas. Regulaci¨®n de la figura del responsable de la gesti¨®n econ¨®mico-financiera de los partidos.
Rendici¨®n de cuentas. Comparecencia anual obligatoria en el Parlamento del responsable de la gesti¨®n econ¨®mica-financiera de los partidos pol¨ªticos.
Obligatoriedad de presentaci¨®n de cuentas. Obligaci¨®n de todos los partidos pol¨ªticos de presentar sus cuentas al Tribunal de Cuentas, independientemente de si reciben o no subvenciones.
Transparencia en las cuentas. Obligaci¨®n de reflejar en la cuenta de ingresos de los partidos pol¨ªticos todas las subvenciones, as¨ª como las donaciones que superen la cuant¨ªa que se establecer¨¢ en la ley.
Regulaci¨®n de la aprobaci¨®n de cuentas. Regulaci¨®n obligatoria, en los estatutos de cada partido, del procedimiento de aprobaci¨®n de sus cuentas.
Regulaci¨®n de las contrataciones. Obligaci¨®n de aprobar directrices de contrataci¨®n por parte de los partidos pol¨ªticos.
Registro de fundaciones y asociaciones vinculadas. Inscripci¨®n obligatoria en el Registro de Partidos, de forma que cada partido pol¨ªtico declare qu¨¦ entidades se encuentran vinculadas a ellos.
Control de las fundaciones y asociaciones vinculadas. Refuerzo de los mecanismos de control sobre su actividad econ¨®mica y financiera.
Definici¨®n de las fundaciones y asociaciones vinculadas. Determinaci¨®n expl¨ªcita de los criterios que determinan la vinculaci¨®n a un partido pol¨ªtico.
Colaboraci¨®n p¨²blica en la fiscalizaci¨®n de las cuentas. Refuerzo de la fiscalizaci¨®n mediante f¨®rmulas de colaboraci¨®n entre el Tribunal de Cuentas y organismos p¨²blicos como la Agencia Tributaria, las Entidades Gestoras de la Seguridad Social y la Oficina de Conflictos de Intereses
Colaboraci¨®n privada en la fiscalizaci¨®n de las cuentas. Refuerzo de la fiscalizaci¨®n mediante la colaboraci¨®n obligatoria de las entidades de cr¨¦dito con el Tribunal de Cuentas.
Ampliaci¨®n del r¨¦gimen de infracciones. Se ampl¨ªan las infracciones aplicables a los partidos pol¨ªticos, incluyendo -adem¨¢s de las muy graves- las infracciones graves y leves, con sus correspondientes plazos de prescripci¨®n.
Ampliaci¨®n del r¨¦gimen de sanciones. Se prev¨¦n sanciones para las nuevas infracciones graves y leves.
Refuerzo del cobro de las sanciones. Posibilidad de cobro de las sanciones en periodo ejecutivo por parte la Agencia Tributaria.
Mejora del procedimiento sancionador. Clarificaci¨®n del procedimiento sancionador, subsanando deficiencias en la normativa.
Retenci¨®n de las subvenciones. Retenci¨®n del pago de subvenciones a los partidos pol¨ªticos que no presenten sus cuentas, previa comunicaci¨®n del Tribunal de Cuentas.
Control de las subvenciones. Se da rango legal a la obligaci¨®n de los partidos pol¨ªticos de cumplir los mismos requisitos que cualquier otra entidad privada para concurrir a las convocatorias de subvenciones.
Creaci¨®n de partidos. Se elimina el requisito de nacionalidad espa?ola para para crear partidos pol¨ªticos, en coherencia con la normativa comunitaria.
REGULACI?N DEL EJERCICIO DE CARGO P?BLICO
Codificaci¨®n de obligaciones y derechos del cargo p¨²blico. Establecimiento, en una norma con rango legal, de las obligaciones y derechos de los cargos p¨²blicos de la Administraci¨®n General del Estado, corrigiendo la actual dispersi¨®n normativa.
Concreci¨®n del ¨¢mbito de aplicaci¨®n. Definici¨®n expl¨ªcita del concepto de cargo p¨²blico de la Administraci¨®n General del Estado.
Transparencia. Mayor publicidad de las declaraciones de bienes y derechos patrimoniales.
Concreci¨®n presupuestaria de las retribuciones. Las retribuciones de los cargos p¨²blicos deber¨¢n figurar en las normas presupuestarias de forma clara y homog¨¦nea.
Homologaci¨®n total del r¨¦gimen de protecci¨®n social. Los altos cargos contribuir¨¢n al r¨¦gimen de protecci¨®n social en las mismas condiciones que el resto de trabajadores p¨²blicos y, por lo tanto, con los mismos derechos en el r¨¦gimen de pensiones p¨²blicas.
Concreci¨®n de los gastos de representaci¨®n. Delimitaci¨®n de los usos a los que pueden ser destinados los gastos de representaci¨®n. Los l¨ªmites fijados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en ning¨²n caso podr¨¢n ser ampliados.
Prohibici¨®n de tarjetas de cr¨¦dito. Justificaci¨®n estricta de los gastos reembolsables, acreditando su necesidad para las funciones inherentes al cargo.
Refuerzo de la oficina de conflicto de intereses. Ampliar¨¢ sus funciones y reforzar¨¢ sus medios.
Fiscalizaci¨®n. Fiscalizaci¨®n ex post del patrimonio de los cargos p¨²blicos por parte de la Oficina de Conflicto de Intereses, una vez abandonen su puesto, para detectar las situaciones de enriquecimiento injustificado.
Colaboraci¨®n. Colaboraci¨®n de la Oficina de Conflicto de Intereses con organismos como la Agencia Tributaria.
Control. Modificaci¨®n de la Ley de prevenci¨®n del blanqueo de capitales y de la financiaci¨®n del terrorismo para ampliar el elenco de "personas con responsabilidad p¨²blica".
RESPUESTA PENAL CONTRA LA CORRUPCI?N
Nuevo r¨¦gimen de sanci¨®n penal para los partidos pol¨ªticos. Se crear¨¢n nuevos delitos relacionados con la financiaci¨®n de partidos, recogiendo por primera vez de forma expl¨ªcita el delito de financiaci¨®n ilegal de partidos pol¨ªticos.
Refuerzo del marco penal aplicable en los principales delitos asociados a la corrupci¨®n:
- Prevaricaci¨®n.
- Cohecho.
- Tr¨¢fico de influencias.
- Fraudes y exacciones legales.
Refuerzo de las consecuencias de los delitos de corrupci¨®n:
Prohibici¨®n de contratar con las administraciones. Modificaci¨®n de la Ley de Contratos del Sector P¨²blico para prohibir¨¢ a los condenados por prevaricaci¨®n, falsedad en las cuentas de los partidos pol¨ªticos o financiaci¨®n ilegal, entre otros, contratar con la Administraci¨®n P¨²blica.
Nueva pena accesoria. Inhabilitaci¨®n especial en los delitos de tr¨¢fico de influencias, y fraude y exacciones ilegales para prohibir a los condenados -adem¨¢s de contratar con la Administraci¨®n P¨²blica- recibir subvenciones o ayudas p¨²blicas, o recibir beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social.
Mejoras procesales
Agilizaci¨®n del procedimiento. El juez podr¨¢ decidir la no acumulaci¨®n de procedimientos para agilizar la instrucci¨®n y el enjuiciamiento.
Separaci¨®n de responsabilidades. Se podr¨¢ separar la determinaci¨®n de la responsabilidad civil de la penal, para no entorpecer el desarrollo de ninguno de los dos procedimientos.
Racionalizaci¨®n del r¨¦gimen de recursos. Se racionalizar¨¢ la regulaci¨®n de los recursos para evitar su uso con efectos dilatorios del proceso en la fase de investigaci¨®n.
Recuperaci¨®n de activos procedentes de los delitos de corrupci¨®n. Se refuerzan las garant¨ªas en el proceso penal para evitar que los condenados se lucren con los efectos del delito.
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