La nueva justicia universal crea dudas sobre el encarcelamiento de ocho narcos
Los juristas se plantean si Espa?a es competente para juzgar a traficantes extranjeros capturados en alta mar
El pasado 6 de marzo, agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera apresaron, en una peligrosa operaci¨®n conjunta con las Aduanas Francesas, un pesquero cargado con 13 toneladas de hach¨ªs a 60 millas al sur de cabo de Gata (Almer¨ªa), en aguas internacionales. El nav¨ªo, sin bandera y con un nombre en ¨¢rabe, llevaba ocho tripulantes, todos de nacionalidad egipcia. La operaci¨®n Otero ¡ªen la que intervinieron aviones franceses y espa?oles¡ª permiti¨® a la delegada del Gobierno en Andaluc¨ªa, Carmen Crespo, del PP, apuntarse un tanto propagand¨ªstico con los 450 fardos de droga, valorados en 60 millones de euros, alineados en el puerto de Almer¨ªa y los ocho supuestos narcotraficantes en prisi¨®n.
Sin embargo, este ¨¦xito policial transfronterizo corre el riesgo de irse al traste por la reforma legal del PP que limita al m¨¢ximo la justicia universal. Diversas fuentes jur¨ªdicas plantean la posibilidad de que la nueva redacci¨®n de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial haya limitado tanto la competencia de los magistrados espa?oles para investigar delitos cometidos fuera del territorio nacional que Espa?a se haya amputado la capacidad de perseguir judicialmente a los narcos egipcios de la Operaci¨®n Otero y casos similares. Algunas fuentes plantean incluso la posibilidad extrema de que con el nuevo texto legal en la mano se deba poner en libertad a los ocho traficantes de hach¨ªs.
La causa, que en un principio recay¨® en un juzgado de guardia de Almer¨ªa, ha acabado en manos del magistrado de la Audiencia Nacional Fernando Andreu.
Fuentes jur¨ªdicas sostienen que el caso de los ocho traficantes egipcios no encaja en las previsiones del art¨ªculo 23.4 i) de la nueva ley sobre la competencia internacional de los jueces espa?oles en materia de tr¨¢fico de drogas. Este precepto legal solo contempla la posibilidad de investigar cuando el procedimiento se dirija contra un espa?ol o cuando la organizaci¨®n act¨²e con miras a cometer el delito ¡°en territorio espa?ol¡±. Esto es, cuando la carga de hach¨ªs fuera a ser desembarcada en Espa?a.
Fuentes policiales afirman que el barco estaba siendo controlado por autoridades francesas. Los traficantes egipcios hab¨ªan cargado en Marruecos y se dirig¨ªan a Libia. Desde all¨ª, la droga iba a ser introducida en Italia con embarcaciones m¨¢s peque?as. Todo apunta a que Espa?a no era aparentemente el lugar donde iba a ser descargada la droga y los tripulantes no son espa?oles, por lo que la nueva ley no es aplicable, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas.
Lo que dice la ley
El art¨ªculo 23.4.i de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial limita la persecuci¨®n internacional del tr¨¢fico de drogas a cuando "el procedimiento se dirija contra un espa?ol" o "cuando se trate de la realizaci¨®n de actos de ejecuci¨®n de uno de estos delitos o de constituci¨®n de un grupo u organizaci¨®n criminal con miras a su comisi¨®n en territorio espa?ol".
Otro punto del mismo art¨ªculo, el d, abre la jurisdicci¨®n espa?ola a una serie de delitos graves (terrorismo, pirater¨ªa, trata de personas y tambi¨¦n narcotr¨¢fico) cuando estos "se cometan en los espacios marinos", sin restringir nacionalidades ni lugares de comisi¨®n.
La Convenci¨®n de Viena de 1998 compromete a Espa?a a "cooperar en todo lo posible para eliminar el tr¨¢fico il¨ªcito por mar".
Por contra, fuentes pr¨®ximas a la fiscal¨ªa sostienen que la justicia espa?ola debe seguir adelante con la investigaci¨®n y mantener a los ocho narcos entre rejas. En el ministerio p¨²blico contraponen, frente al apartado i), el apartado 23.4.d) de la misma reforma legal de la justicia universal. Este art¨ªculo, un verdadero caj¨®n de sastre jur¨ªdico, establece que la justicia espa?ola es competente para investigar los delitos de pirater¨ªa, terrorismo, tr¨¢fico ilegal de drogas, trata de seres humanos, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y delitos contra la seguridad de la navegaci¨®n mar¨ªtima ¡°que se cometan en los espacios marinos¡±. El mismo texto aclara que Espa?a entender¨¢ de estos delitos ¡°en los supuestos previstos en los tratados ratificados por Espa?a¡±.
Este art¨ªculo d) fue introducido por el Partido Popular por indicaci¨®n del Ministerio del Interior durante la fase de tramitaci¨®n parlamentaria de la ley que restring¨ªa la justicia universal. Los agentes dedicados a la lucha antidroga entend¨ªan que la redacci¨®n inicial amenazaba con bloquear operaciones antidroga en aguas internacionales.
Fuentes del ministerio p¨²blico recuerdan la Convenci¨®n de Naciones Unidas contra el Tr¨¢fico Il¨ªcito de Estupefacientes y Sustancias Psicotr¨®picas, de 1988 y ratificado por Espa?a. Seg¨²n la fiscal¨ªa, los art¨ªculos 4 y 17 de este tratado facultan a la justicia espa?ola a seguir investigando.
Expertos policiales, no obstante, ven el problema de otra manera. Seg¨²n ellos, el convenio de 1988 no ser¨ªa aplicable a este caso si el barco solo navegaba por aguas internacionales pr¨®ximas a Espa?a y sus tripulantes no ten¨ªan planeado alijar el hach¨ªs en Espa?a. La situaci¨®n se complicar¨ªa a¨²n m¨¢s si toda la investigaci¨®n previa la hicieron las autoridades francesas y las espa?olas no tienen datos que avalen la vinculaci¨®n del nav¨ªo con Espa?a.
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