El voto discrepante considera constitucional la vigente Ley de Plazos
Los tres fiscales progresistas rechazan el proyecto del Gobierno
Tres de los 12 representantes del Consejo Fiscal ¡ªEduardo Esteban, Sof¨ªa Puente y Fernando Rodr¨ªguez Rey¡ª, miembros de la Uni¨®n Progresista de Fiscales, han presentado un voto particular discrepante al informe de ese ¨®rgano, en el que rechazan de plano el anteproyecto de ley del aborto del Gobierno. Los progresistas defienden que antes de abordar ¡°una reforma de este calado¡±, se tendr¨ªa que ¡°haber permitido que el Tribunal Constitucional se pronunciara¡± sobre la ley de plazos vigente. Se habr¨ªa dado as¨ª oportunidad, argumentan, a que ¡°se actualizara una doctrina constitucional que data ya de hace casi 30 a?os y que viene referida a un sistema de indicaciones y no a uno mixto de indicaciones y plazos como el que ahora se halla en vigor y se pretende modificar¡±. El voto particular cita tres sentencias para defender que la ley vigente de plazos se adecua a la Constituci¨®n.
?Para replicar al legislador, que justifica la reforma en la necesidad de reducir el n¨²mero de abortos, los discrepantes recuerdan que en 2012 se realizaron 112.390, ¡°cifra inferior a la de 2011 y 2012 y equivalente a la de 2007, cuando se encontraba vigente el sistema de indicaciones anterior a la ley vigente¡±.
Respecto a la supresi¨®n del supuesto de malformaci¨®n del feto, los fiscales progresistas sostienen que supone ¡°retornar a la situaci¨®n anterior a 1985 ignorando patrones legales enraizados en la ciudadan¨ªa, as¨ª como la propia evoluci¨®n de la sociedad¡±. ¡°Deber¨ªa incluirse en el texto como una indicaci¨®n¡±, se?alan, ¡°que el aborto en caso de grave malformaci¨®n del feto o anomal¨ªa incompatible con la vida dar¨¢ lugar al derecho a interrumpir el embarazo sin condicionamiento o menoscabo alguno en la salud f¨ªsica o ps¨ªquica de la madre¡±. ¡°El anteproyecto elude amparar otros casos de grandes anomal¨ªas que, sin suponer la mortalidad del feto, conllevan unas cargas emotivas y sociales para la familia dif¨ªcilmente soportables¡±, subrayan.
Respecto a la obligatoriedad de que riesgo para la salud de la madre tengan que acreditarlo dos m¨¦dicos que trabajen en un centro distinto al que practique el aborto, los discrepantes consideran que se trata de ¡°una exigencia desproporcionada al fin que se pretende¡± y revela ¡°una injustificada desconfianza en los profesionales de la medicina llamados a intervenir en esta materia¡±.
El voto particular denuncia ¡°la incoherencia que supone implantar un modelo acusadamente restrictivo de indicaciones y al mismo tiempo introducir una exenci¨®n de responsabilidad [penal] total y en todo caso para la mujer¡±.
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