Paso a paso hacia la consulta
La Generalitat y el Parlamento catal¨¢n han acordado de forma unilateral la f¨®rmula legal, la fecha y las preguntas del refer¨¦ndum que el Gobierno rechaza
La Generalitat y el Parlamento de Catalu?a llevan casi dos a?os caminando sin pausa hacia la consulta independentista del 9 de noviembre. Cada paso en ese camino ¡ªla resoluci¨®n de soberan¨ªa, el anuncio de la fecha y las preguntas, la creaci¨®n de un censo, la partida presupuestaria¡ª ha sido unilateral y no pactado con el Gobierno, que se ha negado a discutir sobre lo que califica de ¡°hechos consumados¡± y se ha limitado a avisar de que la consulta no se celebrar¨¢. Ante esa cadena de decisiones, que la Generalitat ha impulsado con el apoyo mayoritario del Parlamento aut¨®nomo, el Ejecutivo ha optado por esperar (salvo en el caso de la declaraci¨®n de soberan¨ªa, que logr¨® anular recurriendo al Constitucional). Este es el relato de lo ocurrido desde la Diada multitudinaria de septiembre de 2012:
Declaraci¨®n de soberan¨ªa. El 27 de septiembre de 2012, el Parlamento catal¨¢n aprueba una resoluci¨®n a favor de que ¡°Catalu?a decida su futuro a trav¨¦s de una consulta, prioritariamente en la pr¨®xima legislatura¡±. Solo cuatro meses m¨¢s tarde, el 23 de enero de 2013, la C¨¢mara declara que ¡°el pueblo de Catalu?a¡± es un ¡°sujeto pol¨ªtico y jur¨ªdico soberano¡± por ¡°razones de legitimidad democr¨¢tica¡±, y acuerda ¡°iniciar el proceso para hacer efectivo el ejercicio del derecho a decidir¡±. Esa declaraci¨®n de soberan¨ªa propia para Catalu?a es recurrida por el Gobierno y declarada ¡°nula¡± por el Tribunal Constitucional en marzo de este a?o. Mientras, el Parlamento catal¨¢n ha creado ¡ªen mayo de 2013¡ª la Comisi¨®n del Derecho a Decidir, encargada de ¡°analizar todas las alternativas¡± para hacerlo efectivo.
Cinco millones de presupuesto. En noviembre de 2013, la Generalitat incluye en los Presupuestos de 2014 una partida de cinco millones para la ¡°organizaci¨®n, gesti¨®n y seguimiento de procesos electorales¡±. La vicepresidenta, Joana Ortega, admite que es una partida para organizar la consulta y afirma que ser¨¢ ampliable ¡°hasta donde sea necesario¡±.
Anuncio solemne de la fecha y las preguntas. Un mes despu¨¦s, el 12 de diciembre, el presidente catal¨¢n, Artur Mas, comparece de forma solemne en el palacio de la Generalitat para anunciar la fecha de la consulta (9 de noviembre de 2014) y las dos preguntas que incluir¨¢: ¡°?Quiere que Catalu?a se convierta en un Estado? En caso afirmativo, ?quiere que ese Estado sea independiente?¡±. El presidente catal¨¢n est¨¢ acompa?ado por varios miembros de su gabinete y por los dirigentes de ERC, ICV y CUP, con los que ha pactado el anuncio. No hay comunicaci¨®n previa al Gobierno de Mariano Rajoy.
Primera petici¨®n de permiso al Estado. En enero de 2014 y con la fecha del refer¨¦ndum ya anunciada (aunque sin convocarlo a¨²n formalmente), el Parlamento catal¨¢n acuerda explorar una primera v¨ªa para dotar de legalidad a la consulta: pedir permiso al Estado, que es el ¨²nico autorizado a convocar referendos. El Congreso responder¨¢ a esa petici¨®n en abril: el 86% de los diputados rechaza ceder la competencia sobre referendos y advierte a Catalu?a de que esa consulta vulnera la Constituci¨®n.
El censo. El censo electoral es propiedad del Estado, y por tanto la Generalitat no puede usarlo para el refer¨¦ndum. El Gobierno catal¨¢n lleva meses buscando v¨ªas para sortear ese escollo fundamental. En marzo, la Generalitat env¨ªa una carta a los 900 alcaldes catalanes para preguntarles si est¨¢n dispuestos a ceder el padr¨®n municipal. Ante la falta de unanimidad, el Parlamento catal¨¢n introduce en la futura ley de consultas otra f¨®rmula: utilizar el Registro de Poblaci¨®n de Catalu?a, un banco de datos estad¨ªstico que se alimenta peri¨®dicamente con los datos del padr¨®n municipal. Por otro lado, la Generalitat anuncia en marzo la creaci¨®n de un censo voluntario de catalanes en el extranjero para votar en la consulta; no permitir¨¢ hacerlo, sin embargo, a los catalanes que residen en otras partes de Espa?a, porque asegura que es t¨¦cnicamente m¨¢s complicado.
Urnas y papeletas. El pasado mayo, la Generalitat presenta en el diario La Vanguardia el modelo de urna para la consulta: una caja plegable de cart¨®n con una ventana plastificada en los dos laterales. El Gobierno catal¨¢n estima que ser¨¢n necesarias 6.000 urnas; las fabricar¨¢ el Centro de Iniciativas para la Reinserci¨®n de Lleida. Tambi¨¦n baraja varios modelos de papeletas de votaci¨®n.
El marco legal. Fracasada la primera v¨ªa elegida para convocar la consulta con un soporte legal (la autorizaci¨®n del Congreso), el Parlamento de Catalu?a se centra en la segunda: una ley de consultas auton¨®mica. El informe de la ponencia se ha aprobado en comisi¨®n, y la ley ser¨¢ previsiblemente ratificada en pleno en septiembre o ya lo m¨¢s cerca posible del 9 de octubre, la fecha l¨ªmite que tiene el presidente Artur Mas para convocar el refer¨¦ndum. Es probable que el Gobierno de Rajoy recurra al Constitucional esa convocatoria y quiz¨¢ tambi¨¦n la ley de consultas. Entonces se ver¨¢ cu¨¢l es el siguiente paso de la Generalitat de Catalu?a.
Una pregunta fuera de la ley
La Constituci¨®n no admite un refer¨¦ndum, ni en Catalu?a ni en toda Espa?a, en el que la pregunta que se plantee implique la ruptura de Espa?a. Si alg¨²n d¨ªa los partidos se plantean esa posibilidad, tendr¨¢n que reformar antes la Constituci¨®n. Esa es la doctrina del Tribunal Constitucional, que ha expuesto en dos ocasiones: la primera, en 2008, para impedir una consulta soberanista en el Pa¨ªs Vasco; la segunda, en marzo de este a?o, para declarar ¡°nula¡± la declaraci¨®n de soberan¨ªa del Parlamento de Catalu?a. Estos son los argumentos del alto tribunal:
La soberan¨ªa es de todos. El Constitucional subray¨® en marzo que el art¨ªculo 1.2 de la Constituci¨®n es la ¡°base de todo nuestro ordenamiento jur¨ªdico¡±, y que ese art¨ªculo atribuye ¡°de manera exclusiva e indivisible¡± la titularidad de la soberan¨ªa al conjunto del ¡°pueblo espa?ol¡±. Por tanto, ¡°a ning¨²n otro sujeto u ¨®rgano del Estado o a ninguna fracci¨®n de ese pueblo puede un poder p¨²blico atribuirle la cualidad de soberano¡±. ¡°Una comunidad aut¨®noma no puede unilateralmente convocar un refer¨¦ndum de autodeterminaci¨®n¡±. Por eso la atribuci¨®n de soberan¨ªa al pueblo de Catalu?a es nula, dijo el tribunal este a?o; por eso tambi¨¦n es ¡°imposible¡± convertir al ¡°pueblo vasco¡± en ¡°titular del derecho a Vinculante o no, es refer¨¦ndum.
El Gobierno vasco aleg¨® en 2008 que la consulta que pretend¨ªa celebrar no era un refer¨¦ndum ni ser¨ªa vinculante; eso mismo recoge la ley de consultas que va a aprobar el Parlamento catal¨¢n. El Constitucional dijo en 2008, sin embargo, que no cab¨ªa esa distinci¨®n, porque lo que convierte una consulta en refer¨¦ndum no es que sea vinculante o no, sino que el ¡°sujeto consultado¡± coincida con ¡°el cuerpo electoral¡± y que la pregunta verse sobre ¡°un asunto de manifiesta naturaleza pol¨ªtica¡±. Con esos dos elementos, es un refer¨¦ndum y solo puede ser convocado por el Estado.
El ¡°inexcusable¡± respeto al procedimiento. Aunque la soberan¨ªa reside en el conjunto del pueblo espa?ol, ni siquiera al conjunto del pueblo espa?ol se le puede consultar cualquier cosa en refer¨¦ndum, seg¨²n el Constitucional. ¡°El planteamiento de concepciones que pretendan modificar el fundamento mismo del orden constitucional¡± solo puede hacerse por una v¨ªa: ¡°en el marco de los procedimientos de reforma de la Constituci¨®n¡±. Respetar esos procedimientos es ¡°inexcusable¡±. Y plantear la ruptura de la unidad de Espa?a afecta al ¡°fundamento mismo del orden constitucional¡±. Se puede hacer, subray¨® el tribunal en 2008 y en 2014, pero por el cauce legal: reformando la Constituci¨®n; no intentando una ¡°inaceptable v¨ªa de hecho para reformar la Constituci¨®n al margen de ella¡±.
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