¡°El ant¨ªdoto contra la corrupci¨®n es abrir las puertas y ventanas de las instituciones¡±
Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, asegura: ¡°Los controles internos son m¨¢s eficaces que la respuesta penal¡±
Ocho meses despu¨¦s de llegar a la presidencia del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de la mano del Gobierno del PP, Carlos Lesmes Serrano (Madrid, 1958) ha impulsado un portal de transparencia donde se detallan los gastos de los miembros de la instituci¨®n. Una vacuna contra la tentaci¨®n a la que sucumbi¨® Carlos D¨ªvar, expresidente de este organismo, quien dimiti¨® por pagar con dinero p¨²blico sus viajes privados en fines de semana que duraban cuatro d¨ªas. Lesmes ejerci¨® como fiscal, alto cargo en los dos Gobiernos de Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar y magistrado de lo contencioso administrativo en el Tribunal Supremo, que ahora preside.
Pregunta. La corrupci¨®n ha vuelto 20 a?os despu¨¦s de que algunos graves esc¨¢ndalos fueran castigados con penas que podr¨ªan haber resultado ejemplarizantes. ?Qu¨¦ ha fallado?
Respuesta. La corrupci¨®n florece con m¨¢s facilidad en situaciones de bonanza econ¨®mica. De hecho, los procesos ahora abiertos vienen referidos a la ¨¦poca de bonanza del pa¨ªs, donde este tipo de comportamientos se producen con mayor facilidad. Ahora, la percepci¨®n de la gravedad que conlleva la corrupci¨®n es mayor precisamente por la situaci¨®n de crisis que vivimos, donde hay muchos ciudadanos que lo est¨¢n pasando mal y la percepci¨®n del corrupto es, en este momento, mucho m¨¢s descalificante.
P. La democracia, seg¨²n algunos expertos, tiene dos armas para combatir la corrupci¨®n: la transparencia y una conciencia p¨²blica despierta y exigente. ?Existen ambas cosas en Espa?a?
R. Siempre ha existido una cierta transparencia, pero con el nivel de exigencia actual, no. De hecho, una de las iniciativas legislativas m¨¢s relevantes de esta legislatura es la Ley de Transparencia y Buen Gobierno, que existe en la medida en que hoy es una demanda importante de la sociedad espa?ola que hace unos a?os no exist¨ªa. Abrir las puertas y ventanas de las instituciones y que lo que se hace en cada una de ellas, empezando por esta, pueda ser observado por los ciudadanos, es claramente un ant¨ªdoto frente a la corrupci¨®n. Y sobre la segunda consideraci¨®n, sin ninguna duda. Las leyes por s¨ª mismas no pueden atajar estos problemas, pueden paliarlos, pero no eliminarlos. Es precisa una conciencia sensible frente a los comportamientos corruptos a trav¨¦s de la propia manifestaci¨®n del voto y la exigencia de la sociedad.
P. ?Cree que la Administraci¨®n debe copiar el modelo implantado en el CGPJ a trav¨¦s de su portal de transparencia, que permite conocer a trav¨¦s de su web todos los gastos de sus miembros, sus viajes, las obras y servicios que se contratan...?
R. No queremos dar lecciones a nadie, sino ser exigentes con nosotros mismos. Queremos que el Consejo sea un ¨®rgano muy transparente para que se gane la confianza de los ciudadanos y de los jueces.
P. Si este portal de transparencia hubiera existido hace cuatro a?os, ?cree que no habr¨ªa dimitido el entonces presidente del Supremo y del Poder Judicial, Carlos D¨ªvar, porque no habr¨ªa gastado dinero p¨²blico en viajes privados que se hubieran conocido?
R. Hacer historia ficci¨®n no me gusta. Lo que s¨ª es verdad es que la transparencia impone exigencias a todos. Somos conscientes de que estamos siendo examinados. Siempre es un l¨ªmite a posibles abusos. Es un ant¨ªdoto frente a los excesos.
P. ?Aumentar las sanciones penales o crear nuevos delitos es la soluci¨®n?
La corrupci¨®n siempre tarda en descubrirse, los procesos tardan en tramitarse y juzgarse¡±
R. El derecho penal no es la ¨²nica soluci¨®n. La existencia de controles internos en las Administraciones es posiblemente m¨¢s eficaz para combatir la corrupci¨®n que la propia respuesta penal, porque esta es tard¨ªa. La corrupci¨®n siempre tarda en descubrirse, los procesos tardan en tramitarse y tardan en juzgarse. La mejor respuesta es la preventiva. Reforzar los controles internos en las instituciones y que estos sean eficaces, creo que es m¨¢s efectivo que la respuesta penal.
P. El fiscal general del Estado defiende que la instrucci¨®n pase a manos de los fiscales porque el actual modelo est¨¢ viciado y contribuye a retrasar todos los procesos. ?Est¨¢ de acuerdo?
R. No creo que el sistema de investigaci¨®n por el fiscal vaya a aportar una mayor eficacia de la que aportan los jueces de instrucci¨®n. El sistema de investigaci¨®n por los jueces tiene unas virtudes muy destacadas: la profesionalidad, que es muy elevada, equivalente a la de nuestros fiscales pero en ning¨²n caso inferior; y la independencia. A los jueces que llevan temas de corrupci¨®n, no hace falta citarlos pero est¨¢n en la mente de todos, se les podr¨¢n reprochar otras cosas, pero no que no sean independientes. Lo son todos ellos. Ahora, esto es una cuesti¨®n de opci¨®n legislativa. En otros pa¨ªses la investigaci¨®n la realizan los fiscales. Si fu¨¦ramos en ese camino, hay que asegurar la imparcialidad del fiscal y tambi¨¦n introducir mecanismos de responsabilidad que hoy tienen los jueces. No creo que la investigaci¨®n del fiscal sea necesariamente mejor que la que actualmente realizan los jueces de instrucci¨®n.
P. ?Entiende por qu¨¦ no est¨¢ tipificado a¨²n en el C¨®digo Penal el delito de financiaci¨®n ilegal de los partidos pol¨ªticos? ?Habr¨ªa que inhabilitar a un partido que se financiase ilegalmente?
Penalizar a los partidos debe estudiarse porque son el instrumento de participaci¨®n democr¨¢tica¡±
R. Penalizar a los partidos debe estudiarse con cierto cuidado, porque son el instrumento de participaci¨®n democr¨¢tica, seg¨²n la Constituci¨®n. Yo no lo inhabilitar¨ªa. La existencia del partido pol¨ªtico es consustancial al derecho fundamental a la participaci¨®n pol¨ªtica. De hecho, en Espa?a se tard¨® mucho en aprobar el mecanismo de ilegalizaci¨®n de los partidos, que existe, pero vinculado siempre a situaciones de extrema gravedad, es decir, a la existencia de voluntad terrorista, que es el caso que dio lugar a supuestos de ilegalizaci¨®n. Que una mera sanci¨®n penal por comportamientos de personas concretas pudiera determinar la exclusi¨®n de un partido pol¨ªtico entero del juego democr¨¢tico tendr¨ªa una enorme trascendencia.
P. El derecho penal llega a la corrupci¨®n mucho despu¨¦s de cometido el delito. ?Ser¨ªa conveniente ampliar los plazos de prescripci¨®n sobre delitos que ahora quedan impunes por esa raz¨®n?
R. Es verdad que la respuesta penal siempre tarda en llegar y tiene determinadas consecuencias como es ¨¦sta. Quiz¨¢s en determinados tipos penales de especial gravedad, entre los que podemos considerar los de corrupci¨®n pol¨ªtica, se podr¨ªa extender el plazo de prescripci¨®n.
P. ?Cree que una soluci¨®n contra los corruptos pasa por limitar el n¨²mero de aforados?
R. El aforamiento no tiene que ver con la corrupci¨®n. Reducir el n¨²mero de aforados, sobre lo que ya me he pronunciado a favor, tiene que ver con la regeneraci¨®n democr¨¢tica, pero no con la corrupci¨®n. Que un determinado delito sea juzgado en el Tribunal Supremo no quiere decir que ese delito vaya a quedar impune, de ninguna manera. En el Supremo hay magn¨ªficos magistrados que van a aplicar la ley tan correctamente como los jueces de instancia. Ahora, el aforamiento es un privilegio procesal y, desde el punto de vista de la regeneraci¨®n, cuantos menos haya, mejor. Creo que hay que reducirlos.
P. ?Tambi¨¦n para jueces y fiscales?
Existe el aforamiento para jueces y fiscales porque no hay otros mecanismos de defensa¡±
R. Pues tambi¨¦n. Existe el aforamiento para jueces y fiscales porque no hay otros mecanismos de defensa frente a la querella o demanda infundada. El riesgo del ejercicio de la funci¨®n por parte del fiscal o del juez es que por la actividad que desarrolla pueden ser objeto con mucha m¨¢s frecuencia que un ciudadano de a pie de querellas o demandas infundadas buscando apartarle de la investigaci¨®n. El aforamiento busca proteger al juez o al fiscal en su funci¨®n, pero hay otros mecanismos procesales que no conllevan el privilegio de ser juzgados por un tribunal distinto del que le corresponder¨ªa.
P. Los pol¨ªticos eligen magistrados del Constitucional, vocales del Poder Judicial o magistrados de Tribunales Superiores de Justicia. ?Es un obst¨¢culo para la regeneraci¨®n democr¨¢tica?
R. La elecci¨®n de los vocales del Consejo General del Poder Judicial no recae en los pol¨ªticos, sino en el Parlamento, que es la sede de la soberan¨ªa nacional. Frente al Parlamento ?cu¨¢l es la alternativa? ?Una corporaci¨®n profesional? ?El Colegio de Abogados? Los ciudadanos dir¨¢n todos no. No creo que la corporaci¨®n vaya a acertar m¨¢s o que sea mejor que el Parlamento, y desde luego lo que no tiene es m¨¢s legitimidad. Es mejor el Parlamento porque ah¨ª estamos representados todos. Lo que ocurre es que el Parlamento, como el resto de las instituciones p¨²blicas, tiene que hacer un ejercicio de sus competencias lo m¨¢s exigente posible, utilizar unos criterios de profesionalidad y de solvencia en las personas elegidas. Es un problema de ejercicio, no de origen. No deslegitimemos al Parlamento.
P. ?Hay un problema de ejercicio al elegir a la c¨²pula judicial?
R. Creo que en la mayor parte de los casos no. Las personas elegidas son personas honorables, que ejercen sus funciones con absoluta correcci¨®n.
P. ?Un ejemplo de mal ejercicio es que el Gobierno eligiera para magistrado del Constitucional a alguien que acab¨® dimitiendo por conducir su moto ebrio y sin casco?
Nos tenemos que exigir m¨¢s para nombrar a los mejores profesionales, los m¨¢s ¨ªntegros¡±
R. No me voy a pronunciar sobre casos concretos. Normalmente se acierta y es verdad que ha habido casos en que puede no haberse acertado. Y lo que tiene que hacer el Parlamento, el Gobierno o el CGPJ cuando ejerce sus competencias es procurar acertar en todos los casos. Nos tenemos que exigir m¨¢s para nombrar a los mejores profesionales, los m¨¢s solventes y los m¨¢s ¨ªntegros. Creo que la regeneraci¨®n va en la autoexigencia de cada instituci¨®n para el buen ejercicio de sus competencias.
P. Los jueces son suspendidos de sus funciones cuando el tribunal que los investiga dicta contra ellos auto de procesamiento o auto de apertura de juicio oral. ?Es un modelo trasladable a los pol¨ªticos imputados?
R. Extraer las consecuencias que de la mera imputaci¨®n debe ocasionar el apartamiento de la responsabilidad p¨²blica creo que es excesivo e injusto. En el caso judicial es cuando se ha dado un paso m¨¢s, cuando el juez ha hecho una valoraci¨®n, le ha o¨ªdo, ha visto las pruebas, y sobre esa base realiza una valoraci¨®n porque hay indicios de delito y es lo que le lleva a dictar el auto de procesamiento o auto de apertura de juicio oral. Y esa valoraci¨®n que realiza un juez tiene consecuencias para el encausado, pues no puede continuar su responsabilidad p¨²blica. Esto podr¨ªa trasladarse a otros ¨¢mbitos. Es incompatible esa valoraci¨®n con la continuaci¨®n en el ejercicio de responsabilidades p¨²blicas. Creo que es un buen criterio para los jueces y puede ser un buen criterio para otros casos pol¨ªticos.
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