Torres-Dulce convoca a la c¨²pula fiscal catalana contra la consulta
El ministerio p¨²blico solo actuar¨ªa en caso de que existiera desobediencia
El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha convocado para este jueves a los fiscales jefes de Catalu?a para estudiar las actuaciones que deber¨¢n emprender ante una hipot¨¦tica consulta ilegal en esa comunidad aut¨®noma. La iniciativa surge a ra¨ªz de la petici¨®n a Torres-Dulce de la fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Barcelona, Ana Mar¨ªa Magaldi Paternostro.
La Constituci¨®n establece en su art¨ªculo 124.1 que el ministerio fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros ¨®rganos, ¡°tiene por misi¨®n promover la acci¨®n de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del inter¨¦s p¨²blico tutelado por la ley, de oficio o a petici¨®n de los interesados, y procurar ante los tribunales la satisfacci¨®n del inter¨¦s social¡±.
A la reuni¨®n convocada por Torres-Dulce asistir¨¢n el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, Jos¨¦ Mar¨ªa Romero de Tejada, y los cuatro jefes de las fiscal¨ªas provinciales: Ana Mar¨ªa Magaldi Paternostro (Barcelona), Juan Francisco Bone Pina (Lleida), Jos¨¦ Mar¨ªa Casadevall Barneda (Girona) y Javier Jou Mirabent (Tarragona).
En este momento no existe ninguna base para la actuaci¨®n de la fiscal¨ªa porque no se ha producido ninguna actuaci¨®n ilegal o delictiva por parte del Gobierno catal¨¢n.
Eso solo podr¨ªa ocurrir en el caso hipot¨¦tico de que la Generalitat celebrara la consulta el 9 de noviembre una vez que el Tribunal Constitucional, a instancias del Gobierno, hubiera suspendido la ley catalana de consultas, que se aprobar¨¢ el viernes, y que hubiera otra resoluci¨®n judicial que suspendiera el decreto de convocatoria que ha anunciado el presidente Artur Mas.
Solo en ese caso ser¨ªa posible actuar contra funcionarios o, en circunstancias extremas, contra aforados (miembros del Gobierno catal¨¢n que hubieran dado ¨®rdenes para desobedecer al Tribunal Constitucional).
La Fiscal¨ªa General del Estado entiende que a¨²n se est¨¢ lejos de que se produzca esa situaci¨®n de ilegalidad, pero, sin anticipar acontecimientos, ha decidido prepararse ante la posibilidad de que eso ocurra. Para ello, Torres-Dulce coordinar¨¢ con la c¨²pula fiscal en Catalu?a las actuaciones que, de acuerdo con la ley, deber¨ªa adoptar en caso de que se produjera una desobediencia del Gobierno catal¨¢n para celebrar la consulta. La reuni¨®n, seg¨²n indicaron fuentes fiscales a este peri¨®dico, tiene por objeto coordinar y estudiar el marco legal.
Torres-Dulce asegur¨® este martes mismo en Bilbao, donde se celebr¨® la reuni¨®n del Consejo Fiscal, que ¡°la Fiscal¨ªa actuar¨¢ en consecuencia¡± si se infringe la ley en Catalu?a, pero como cuando se incumple en Asturias o en Andaluc¨ªa, ¡°porque sin el armaz¨®n de la legalidad, esto ser¨ªa la jungla¡±. Tambi¨¦n pidi¨® a los pol¨ªticos que no ¡°interfieran¡± en las decisiones judiciales ni fiscales.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallard¨®n, ya avis¨® hace casi dos a?os de que la celebraci¨®n de la consulta, en caso de que el Constitucional suspendiera la ley que la habilita y el decreto de convocatoria, podr¨ªa desencadenar una acusaci¨®n por ¡°desobediencia¡± contra el presidente catal¨¢n. La desobediencia est¨¢ recogida en los art¨ªculos 410 y 411 del C¨®digo Penal y es castigada con hasta tres a?os de inhabilitaci¨®n para ejercer cualquier cargo p¨²blico. La iniciativa para esa acusaci¨®n ser¨ªa del ministerio fiscal.
¡°Si hay un acto ilegal por parte de una persona, no creo que haya que castigar a los ciudadanos catalanes. A quien habr¨¢ que exigir responsabilidades es a esa persona¡±, explic¨® el ministro. ¡°Cualquier cargo p¨²blico que actuase en contra de un mandamiento de un tribunal estar¨ªa cometiendo un delito¡±, se?al¨®. El ministro se refer¨ªa, seg¨²n confirm¨® m¨¢s tarde, al delito de desobediencia, castigado en el C¨®digo Penal con multa de tres a doce meses e inhabilitaci¨®n de seis meses a dos a?os (hasta tres a?os si la desobediencia se mantiene).
La ley de consultas que aprobar¨¢ el Parlamento catal¨¢n el pr¨®ximo viernes establece el r¨¦gimen jur¨ªdico, las modalidades y el procedimiento para la convocatoria de consultas populares no referendarias. La norma auton¨®mica tiene por finalidad, seg¨²n se?ala su art¨ªculo 8, ¡°conocer la opini¨®n de la poblaci¨®n sobre la cuesti¨®n sometida a consulta y su resultado no tiene car¨¢cter vinculante¡±. La ley obliga a los poderes p¨²blicos que han convocado la consulta ¡°a pronunciarse sobre su incidencia en la actuaci¨®n p¨²blica sometida a consulta en el t¨¦rmino de dos meses a partir de su celebraci¨®n¡±.
El decreto de convocatoria, seg¨²n establece la ley catalana que se aprobar¨¢ el viernes, debe incluir ¡°la pregunta, preguntas o propuestas sometidas a votaci¨®n¡±.
La consulta ciudadana que promueve el Gobierno catal¨¢n tiene dos preguntas. Por un lado se?ala: ¡°?Quiere que Catalu?a se convierta en un Estado? S¨ª o no¡±. En caso afirmativo, hay una segunda cuesti¨®n: ¡°?Quiere que este Estado sea independiente? S¨ª o no¡±.
El Tribunal Constitucional anul¨® en 2008 por unanimidad de sus magistrados el intento del Gobierno vasco presidido por el entonces lehendakari, Juan Jos¨¦ Ibarretxe, de celebrar una consulta similar a la que pretende ahora el Ejecutivo catal¨¢n. Los magistrados declararon inconstitucional la ley ¡°de convocatoria y regulaci¨®n de una consulta popular al objeto de recabar la opini¨®n ciudadana en la comunidad aut¨®noma del Pa¨ªs Vasco sobre la apertura de un proceso de negociaci¨®n para alcanzar la paz y la normalizaci¨®n pol¨ªtica¡±.
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