El Tribunal Constitucional veta la estaci¨®n de esqu¨ª de San Glorio
Los magistrados anulan los cambios que hizo Castilla y Le¨®n para amparar el proyecto
La justicia vuelve a bloquear las maniobras de la Junta de Castilla y Le¨®n para sacar adelante proyectos con impactos ambientales: el Tribunal Constitucional ha anulado el cambio legal que este Gobierno regional, del PP, hizo en 2010 para dar amparo a la estaci¨®n de esqu¨ª de San Glorio, un pol¨¦mico proyecto ubicado entre Palencia, Le¨®n y Cantabria. El proyecto afecta al parque natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre (Palencia).
La justicia ya anul¨® en 2008 la modificaci¨®n que la Junta introdujo en el plan de ordenaci¨®n del parque para levantar la prohibici¨®n de este tipo de instalaciones de ocio. Pero, en 2010, la Junta volvi¨® a la carga y cambi¨® con el mismo fin la ley por la que se declar¨®, a principios de siglo, el parque de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre. SEO/BirdLife, WWF y Fundaci¨®n Oso Pardo recurrieron y el caso termin¨® en el Constitucional.
El Tribunal Constitucional considera ahora que la modificaci¨®n que la Junta hizo en 2010 de la declaraci¨®n del parque natural "es inconstitucional y nula", seg¨²n la sentencia notificada este mi¨¦rcoles a las partes.
En mayo, el Constitucional admiti¨® esta cuesti¨®n de inconstitucional, presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n contra esa ley regional de 2010 que cambi¨® la declaraci¨®n del parque. Desde entonces, la tramitaci¨®n del proyecto estaba suspendida hasta que el Constitucional se pronunciara.
El Superior de Castilla y Le¨®n consideraba que la norma por la que se modificaron del parque? pod¨ªa ser inconstitucional. Los magistrados indicaban que los cambios realizados sobre estos espacios eran pr¨¢cticamente id¨¦nticos a los que ya hizo la Junta de Castilla y Le¨®n en el plan de ordenaci¨®n del parque en 2006, y que fueron anulados por la justicia en 2008.?
El Constitucional tambi¨¦n comparte esta interpretaci¨®n, y sostiene que el cambio introducido en 2010 por la Junta "reproduce casi mim¨¦ticamente una regulaci¨®n reglamentaria previamente declarada nula". Los magistrados recuerdan que ya se han pronunciado en otras ocasiones en este sentido al sentenciar que "no tiene cabida en nuestra Constituci¨®n aquella ley o el concreto r¨¦gimen jur¨ªdico en ella establecido cuyo efecto sea el de sacrificar, de forma desproporcionada, el pronunciamiento contenido en el fallo de una resoluci¨®n judicial firme".
Tres magistrados -el presidente del Constitucional, Francisco P¨¦rez de los Cobos Orihuel, Pedro Gonz¨¢lez-Trevijano S¨¢nchez y Ricardo Enr¨ªquez Sancho- han emitido un voto particular, en el que discrepan de la sentencia. La disconformidad no es por el fondo del fallo, sino por una cuesti¨®n procesal. En opini¨®n de estos tres magistrados, el tribunal no deber¨ªa haber admitido la cuesti¨®n de inconstitucionalidad planteada. Sin embargo, el resto del pleno del Constitucional (otros nueve magistrados) s¨ª han apoyado la sentencia, que es un nuevo varapalo a la Junta de Castilla y Le¨®n.
Recorrido
Marzo de 2006. La Junta de Castilla y Le¨®n modifica el Plan de Ordenaci¨®n de los Recursos Naturales (PORN) del parque de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Monta?a Palentina. El decreto permite la instalaci¨®n en el espacio protegido de una estaci¨®n de esqu¨ª alpino, algo que estaba vetado hasta entonces.
Enero de 2008. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n anula el decreto de 2006 de la Junta al considerar que "no hab¨ªa quedado acreditada la variaci¨®n de las circunstancias socioecon¨®micas o medioambientales" para cambiar el plan de usos del parque. En 2012, el Supremo confirma la sentencia.
Mayo de 2010. La Junta cambia esta vez la ley por la que se declar¨® este parque natural para permitir la instalaci¨®n de la estaci¨®n de esqu¨ª.
Febrero de 2014. El Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n lleva el caso al Constitucional, al entender que se est¨¢ incumpliendo la sentencia de 2008.
Marzo de 2015. El Constitucional entiende que, efectivamente, el ¨²ltimo cambio introducido por la Junta "reproduce casi mim¨¦ticamente una regulaci¨®n reglamentaria previamente declarada nula". Y anula la modificaci¨®n de la ley por la que se declar¨® este parque natural de Palencia.
El Constitucional tambi¨¦n cree que hay problemas de fondo, en concreto, de justificaci¨®n del cambio que se hizo en 2010 de la ley por la que se declar¨® este espacio como parque natural. La Junta argumentaba que los cambios eran por una necesidad de desarrollo socioecon¨®mico en la zona, que podr¨ªa verse beneficiada por la instalaci¨®n de la estaci¨®n de esqu¨ª. "No existe explicaci¨®n alguna acerca de la prevalencia otorgada al desarrollo socioecon¨®mico de los municipios que integran el espacio natural (...), pues (...) el objetivo prioritario ha de ser conservar, proteger y mejorar los recursos naturales, su vegetaci¨®n, flora, fauna, gea, agua y paisaje, preservando la diversidad gen¨¦tica y manteniendo la din¨¢mica y estructura funcional de los ecosistemas", indica la sentencia del Constitucional. Tanto la Abogac¨ªa del Estado como la fiscal¨ªa hab¨ªan apoyado que el cambio introducido por la Junta se declarara inconstitucional.?
SEO/BirdLife, WWF y Fundaci¨®n Oso Pardo han celebrado este mi¨¦rcoles el fallo y han se?alado que "los municipios de la monta?a leonesa y palentina necesitan un fuerte impulso social y econ¨®mico que contrarreste la p¨¦rdida de poblaci¨®n y de renta que vienen padeciendo, pero esto debe hacerse sin sacrificar sus valores naturales y culturales". Los ecologistas han recordado que la estaci¨®n prevista en San Glorio contemplaba instalar en una zona de alto valor 55,2 kil¨®metros de pistas y que calculaba "un movimiento de remontes de 27.900 personas a la hora".
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