El Gobierno corrige y limita la inmunidad de exdictadores
El Consejo de Ministros aprueba hoy la ley sobre inmunidades y privilegios diplom¨¢ticos
El Consejo de Ministros tiene previsto remitir hoy a las Cortes el proyecto de ley org¨¢nica sobre inmunidades y privilegios, que regula el r¨¦gimen aplicable a la representaci¨®n de los Estados extranjeros (desde el personal hasta las cuentas bancarias), as¨ª como a las organizaciones internacionales con sede en Espa?a y a los participantes en conferencias internacionales.
Con esta norma se completa un paquete legislativo sobre pol¨ªtica exterior que ha incluido la Ley del Servicio Exterior y la Ley de Tratados; as¨ª como el reglamento de la carrera diplom¨¢tica, este ¨²ltimo con rango de decreto. Aunque la legislatura est¨¢ en su recta final, Exteriores cree que hay tiempo para que la ley llegue al BOE, por lo que pedir¨¢ su tramitaci¨®n urgente.
El punto m¨¢s controvertido del texto es el l¨ªmite que impone a la actuaci¨®n de los tribunales espa?oles sobre exmandatarios extranjeros. El dr¨¢stico recorte de la justicia universal de 2014 ya impide a los jueces investigar delitos de lesa humanidad y similares, salvo que el imputado ¡°se encuentre en Espa?a¡± o ¡°resida habitualmente en Espa?a¡±. La nueva ley viene a se?alar qui¨¦nes ser¨¢n intocables incluso si est¨¢n en territorio espa?ol.
Inmunidad para jefes y exjefes de Estado
Art. 21. ¡°Las personas del jefe del Estado, el jefe del Gobierno y el ministro de Asuntos Exteriores del Estado extranjero ser¨¢n inviolables cuando se hallen en territorio espa?ol durante todo el periodo de duraci¨®n de su mandato, con independencia de que se encuentren en misi¨®n oficial o en visita privada. No podr¨¢n ser objeto de? ninguna forma de detenci¨®n¡±.
Art. 23. ¡°Una vez finalizado su mandato, continuar¨¢n disfrutando de inmunidad penal ¨²nicamente en relaci¨®n con los actos realizados durante su mandato en el ejercicio de sus funciones oficiales, con el alcance que determina el Derecho Internacional. En todo caso, quedar¨¢n excluidos de la inmunidad los cr¨ªmenes de genocidio, desaparici¨®n forzada, guerra y lesa humanidad¡±
La ley reconoce la inviolabilidad de jefes de Estado, de Gobierno y ministros de Exteriores extranjeros en activo que est¨¦n en Espa?a en visita oficial o privada, por lo que no podr¨¢n ser detenidos ni citados como testigos, ni siquiera por delitos cometidos antes de acceder al cargo.
Pero esta inmunidad (penal, civil, laboral, administrativa, mercantil y fiscal) se prolongar¨¢ de por vida, tras su cese en el cargo, ¡°en relaci¨®n con los actos realizados durante su mandato en el ejercicio de sus funciones oficiales, con el alcance que determina el Derecho Internacional¡±.
El Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial advirtieron de la necesidad de ¡°evitar la impunidad¡± de los responsables de ¡°cr¨ªmenes internacionales especialmente graves¡± y consideraron insuficiente la referencia gen¨¦rica al Derecho Internacional. Por eso, el Gobierno ha a?adido un p¨¢rrafo seg¨²n el cual, ¡°en todo caso, quedar¨¢n excluidos de la inmunidad los cr¨ªmenes de genocidio, desaparici¨®n forzada, guerra y lesa humanidad¡±.
Con la nueva redacci¨®n, se habr¨ªa podido ordenar la detenci¨®n del exdictador chileno Augusto Pinochet si hubiera visitado Espa?a ¡ªcomo hizo el juez Garz¨®n en 1998 cuando viaj¨® a Londres¡ª; o la del exdictador chadinao Hissene Habr¨¦, detenido en Senegal a instancias de la justicia belga, pero no la del actual presidente sudan¨¦s Al Bashir, reclamado por la Corte Penal Internacional (CPI). Tampoco podr¨ªa suceder en Espa?a lo que le pas¨® al entonces director del Fondo Monetario Internacional (FMI) Dominique Strauss Khan, a quien la polic¨ªa de Nueva York detuvo en 2011 por una denuncia de agresi¨®n sexual, pues la ley reconoce inmunidad a los responsables de organizaciones internacionales.
Otro punto que ha suscitado cr¨ªticas es la obligaci¨®n que impone a los jueces de informar a Exteriores de todos los casos en los que se planteen cuestiones de inmunidad. El Poder Judicial se pregunta cu¨¢les ser¨ªan las consecuencias de incumplir este tr¨¢mite, que se plantea como preceptivo pero no vincunlante.
La ley se inspira en la Convenci¨®n de la ONU de 2004 sobre inmunidades jurisdiccionales de los Estados, que no ha entrado a¨²n en vigor y es improbable que lo haga, ya que s¨®lo ha sido ratificada por 17 estados.
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