El Supremo se opone al indulto de los asaltantes del Parlament de 2011
El alto tribunal argumenta que el asedio implic¨® ¡°un ataque a un pilar de nuestra estructura democr¨¢tica¡±
El Tribunal Supremo se ha opuesto este jueves a que se indulte a los ocho participantes en el asalto al Parlamento de Catalu?a del 15 de junio de 2011 que resultaron finalmente condenados a penas de tres a?os de prisi¨®n. El alto tribunal ha emitido un informe desfavorable a la medida de gracia al entender que los ocho condenados por un delito contra las instituciones del Estado afectaron con su actuaci¨®n ¡°al ejercicio pac¨ªfico de las funciones legislativas por los leg¨ªtimos representantes del pueblo catal¨¢n¡±.
Aquel d¨ªa, el presidente de la Generalitat, Artur Mas, y otros 30 parlamentarios, tuvieron que acceder en helic¨®ptero a la C¨¢mara mientras cerca de un millar de personas ocupaban los accesos del Parlament para evitar que se celebrase la votaci¨®n de los Presupuestos auton¨®micos, que inclu¨ªan duros recortes.
Entre los diputados que sufrieron un mayor acoso figuran la entonces secretaria segunda del Parlament, la socialista Montserrat Tura, a quien un manifestante pint¨® una cruz con spray negro en la gabardina y el bolso; el independentista Alfons L¨®pez Tena, al que un manifestante golpe¨® y empuj¨® repetidamente y otro le sustrajo del bolsillo las llaves de su casa; o la convergente Ana Isabel Marcos, a la que arrojaron por encima ¡°gran cantidad de una sustancia l¨ªquida¡±.
Otro caso es el del convergente Josep Maria Llop, que al ser invidente iba al Parlament con su perro gu¨ªa y del brazo del tambi¨¦n diputado Jordi Turull. Gran n¨²mero de manifestantes ¡°les increparon y acorralaron mediante amenazas e insultos¡± para evitar que entraran al edificio.
El informe, adjuntado al expediente de tramitaci¨®n del indulto cuenta con un voto particular, del magistrado Perfecto Andr¨¦s Ib¨¢?ez, que era partidario del perd¨®n al entender que no result¨® probado en la sentencia que los ocho manifestantes actuaran con ¡°fuerza, violencia, intimidaci¨®n o amenaza grave¡±. Este juez entiende que estas conductas est¨¢n destipificadas penalmente con la l¨®gica constitucional y recuerda que ¡°no han sido pocas las ocasiones ¨Calgunas, adem¨¢s, recientes y particularmente llamativas¨C en que funcionarios policiales responsables de odiosos delitos de tortura se beneficiaron de generosas condonaciones de pena¡±.
Los ocho condenados se encuentran ya cumpliendo sus penas de c¨¢rcel despu¨¦s de que la Audiencia Nacional, que absolvi¨® en primera instancia a los 19 procesados iniciales, viera revocada su sentencia por el Tribunal Supremo, que conden¨® a ocho de ellos el pasado marzo.
En un duro examen al fallo de la Audiencia Nacional, de julio de 2014, el tribunal considera que los argumentos que sirvieron para la absoluci¨®n inicial alteraron ¡°las claves constitucionales que han de presidir la tarea jurisdiccional de ponderaci¨®n¡±. Sostiene que aquella sentencia incurri¨® en una ¡°err¨®nea y traum¨¢ticadesjerarquizaci¨®n del derecho constitucional de participaci¨®n pol¨ªticaa trav¨¦s de los leg¨ªtimos representantes en el ¨®rgano legislativo, que, pese al esfuerzo argumental empe?ado, se aparta de las claves definitorias de nuestro sistema¡±.
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