El crimen machista no tiene pensi¨®n de orfandad
Las trabas de la Seguridad Social para otorgar el subsidio a los hu¨¦rfanos de la violencia de g¨¦nero obligan a los jueces a reinterpretar la ley para proteger a los menores
La ma?ana del 8 de mayo de 2011, como todos los d¨ªas, Aratnxa Espejo sali¨® a pasear con su perro sobre las 10.00 cerca de su casa, en Almer¨ªa. Para entonces, Vicente Fern¨¢ndez, el padre de sus dos hijos y del que se hab¨ªa separado hac¨ªa unas semanas, llevaba ya casi tres horas merodeando por la zona armado con un cuchillo. Cuando vio salir a su expareja, se acerc¨® por detr¨¢s y se abalanz¨® sobre ella. La mujer, de 30 a?os, recibi¨® 21 pu?aladas y falleci¨® a los pocos minutos. La Seguridad Social ha considerado su muerte una ¡°contingencia com¨²n¡± y, por tanto, niega la pensi¨®n de orfandad a los dos hijos de la pareja, que entonces ten¨ªan nueve y seis a?os.
Un juez de Almer¨ªa ha revocado ahora la decisi¨®n del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) despu¨¦s de que los abuelos paternos de los ni?os, que tienen la custodia de los peque?os, llevaran el caso a los tribunales. Pero para concederles la pensi¨®n, de 193,8 euros, el juez de lo Social ha tenido que buscar una pirueta jur¨ªdica y gramatical: considerar que el crimen de g¨¦nero es ¡°un accidente¡±, una de las dos excepciones (la otra es enfermedad laboral) que contempla la ley para otorgar la pensi¨®n de orfandad sea cual sea el tiempo que haya cotizado la persona fallecida.
La Seguridad Social ha anunciado que presentar¨¢ un recurso contra la sentencia porque la mujer no cumpl¨ªa los requisitos para dejar la pensi¨®n de orfandad a sus hijos. Desde 2008, la Seguridad Social no exige un periodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n para conceder la pensi¨®n a los hu¨¦rfanos si el fallecido estaba dado de alta o ¡°en situaci¨®n asimilada¡± al alta en el momento de su muerte. Si no estaba dado de alta, se exige un per¨ªodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n de 15 a?os, a no ser que la muerte se haya debido a una enfermedad laboral o a un accidente (laboral o no). Por eso, para poder otorgar la pensi¨®n, el juez de Almer¨ªa ha optado por determinar que ¡°claramente¡± la muerte de Arantxa debe considerarse un accidente.
¡°Ella no cotizaba porque mi hijo no la dejaba ir a trabajar¡±, dice el suegro
¡°Esta decisi¨®n no procede de criterios de caridad o equidad, sino que es por aplicaci¨®n directa del art¨ªculo 174.1 de la Ley General de la Seguridad Social¡±, se?ala el juez en la sentencia dictada el pasado 10 de noviembre, en la que cita como jurisprudencia una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, de 1998, que consider¨® ¡°un accidente no laboral¡± la muerte de una mujer a manos de su pareja al otorgar la pensi¨®n de orfandad al hijo de la v¨ªctima.
A preguntas de este peri¨®dico, el INSS aclar¨® que este organismo ¡°siempre defiende la legalidad¡±, por lo que no pueden hacer excepciones no contempladas en la ley. Y la de las v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero no lo est¨¢. En el juicio celebrado en Almer¨ªa, la abogada del INSS defendi¨® que la muerte de Arantxa a manos de su expareja se debi¨® a lo que la Seguridad Social considera una ¡°contingencia com¨²n¡±, que exige un m¨ªnimo de d¨ªas cotizados que la v¨ªctima no hab¨ªa alcanzado. ¡°No reun¨ªa ninguno de los requisitos¡±, insisti¨® la abogada.
El asesinato de una mujer se ha tipificado de ¡°accidente¡± para que los ni?os cobren
El abogado de la familia, Francisco Escobar, admiti¨® que la mujer no hab¨ªa cotizado el tiempo que exige la ley, pero pidi¨® una ¡°interpretaci¨®n humanizadora¡± de la norma. ¡°Es una situaci¨®n de justicia social. Son dos ni?os completamente hu¨¦rfanos porque el padre est¨¢ en prisi¨®n. Se podr¨ªa ampliar a pedir la pensi¨®n de orfandad absoluta¡±, advirti¨®, en referencia a otra laguna legal que se solucion¨® hace tres a?os tambi¨¦n a ra¨ªz de una sentencia innovadora de otro juzgado de Almer¨ªa. Aquel caso lo llev¨® la abogada Mar¨ªa V¨¢zquez, que consigui¨® que el INSS pagara una pensi¨®n de orfandad completa (por falta de ambos progenitores) a una menor cuya madre muri¨® a manos de su padre que, tras el crimen, ingres¨® en prisi¨®n. El juez le dio la raz¨®n al entender que hab¨ªa un ¡°vac¨ªo legal¡± y que, ¡°a efectos pr¨¢cticos¡±, la ni?a se hab¨ªa quedado sin madre y sin padre.
Antes de ganar el caso, la abogada present¨® un informe en el Congreso de los Diputados en el que alertaba de la situaci¨®n de especial vulnerabilidad de los ni?os hu¨¦rfanos por violencia de g¨¦nero. A partir de ese texto, el Congreso aprob¨® una proposici¨®n no de ley para que los menores hijos de v¨ªctimas mortales de violencia de g¨¦nero y del agresor cobren la pensi¨®n de orfandad completa en vez de la pensi¨®n simple que les corresponder¨ªa por la muerte de la madre.
El problema de los hijos de Arantxa es que ella no hab¨ªa cotizado lo m¨ªnimo para tener derecho a la pensi¨®n simple, una situaci¨®n, que seg¨²n los expertos, se da con relativa frecuencia entre las v¨ªctimas de violencia machista. El abuelo paterno de los ni?os, que declar¨® en el juicio como testigo, explic¨® al juez por qu¨¦ su nuera no hab¨ªa cotizado m¨¢s. ¡°Mi hijo era muy celoso. La criatura no cotizaba porque ¨¦l no la dejaba trabajar. Era ir a trabajar y ¨¦l se iba en busca de ella¡±, dijo. La mujer vivi¨® as¨ª ¡°ocho o nueve a?os¡±, a?adi¨® el hombre. ¡°Hasta que al final la ha matado. Se ten¨ªa que haber matado ¨¦l¡±.
¡°El INSS es un ¨®rgano administrativo que aplica la Ley General de la Seguridad Social, que es un marco general en el que no hay previstos mecanismos de protecci¨®n para estos ni?os¡±, afirma la abogada Mar¨ªa V¨¢zquez. Las 49 mujeres muertas por violencia machista en lo que va de a?o han dejado 44 menores hu¨¦rfanos. ¡°Estamos al pairo de la imaginaci¨®n y las ganas del profesional y del juez. Cada uno hace lo que puede a su aire¡± afirma V¨¢zquez.
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