Impotencia ante la mala praxis de la Justicia
El abogado de Romano van der Dussen, que se ha pasado 11 a?os en prisi¨®n acusado de varias violaciones que no cometi¨®, reflexiona sobre la Justicia espa?ola
Es muy dif¨ªcil manifestar la impotencia, el vac¨ªo y la pena que siento por la actuaci¨®n de la justicia espa?ola en el caso Van der Dussen. Un ciudadano holand¨¦s en un pa¨ªs extranjero, sin saber apenas el idioma, sin recursos, que de pronto se ve acusado de tres delitos grav¨ªsimos siendo inocente. Le condenaron a quince a?os y seis meses, pero no solo. Esos delitos son los que en la c¨¢rcel tienen una pena adicional: la repulsa y la persecuci¨®n del resto de los presos.
La motivaci¨®n y la fundamentaci¨®n de la sentencia que lo conden¨® solamente se basan en la declaraci¨®n de las dos v¨ªctimas y una testigo, declaraciones totalmente contradictorias ante la polic¨ªa y en la instrucci¨®n de la causa. Adem¨¢s, los reconocimientos fotogr¨¢ficos y en rueda fueron irregulares, contrarios a la ley procesal.
Este abogado ha manifestado al Tribunal Supremo todas y cada una de las violaciones de derechos fundamentales en este proceso. He probado con documentos obrantes en el sumario que cuando se le realiz¨® la prueba de ADN encontrado en la primera v¨ªctima y dio negativa, deber¨ªan haberle dejado inmediatamente en libertad y haber seguido investigando para encontrar al verdadero culpable. Tampoco las huellas dactilares halladas eran suyas, por la sencilla raz¨®n de que nunca estuvo en el lugar del crimen.
He probado con documentos que si la polic¨ªa, el juzgado y el fiscal hubiesen realizado impecablemente su trabajo en los primeros momentos, el primer d¨ªa, recabando y analizando las pruebas, pelos, sangre, huellas o cualquier otro indicio hallado en el lugar del crimen -como el bolso de la segunda v¨ªctima abandonado por el agresor o las prendas de vestir de la tercera v¨ªctima que el agresor hab¨ªa agarrado y manipulado con violencia-, a este hombre no le hubiesen condenado.
Este ciudadano extranjero clam¨® al cielo, a los dioses, a los polic¨ªas, al fiscal y al juez su inocencia cuando fue detenido. Dijo que esa noche hab¨ªa estado en otro lugar a m¨¢s de veinte kil¨®metros de distancia con unos amigos, celebrando una fiesta. Aport¨® datos, nombres, direcciones, tel¨¦fonos... pero estos testigos nunca fueron interrogados ni se les convoc¨® para dar su testimonio en el juicio oral. Nadie le crey¨®.
Se ha vuelto a aportar al Supremo una nueva prueba testifical, la de una persona que estuvo esa noche con ¨¦l celebrando una fiesta en Benalm¨¢dena, pero a esta persona no se le ha interrogado a pesar de la petici¨®n de este abogado
Solamente fueron cre¨ªdas las v¨ªctimas y una testigo que ahora se ha probado que se equivoc¨®. Esta mujer estaba completamente segura de que la persona que vio esa madrugada del d¨ªa 10 de agosto de 2003 desde su ventana en la calle Miguel Bueno de Fuengirola era van der Dussen cuando en realidad se trataba del brit¨¢nico Mark Dixie.
No hab¨ªa, ni hay, una sola prueba objetiva, pericial o indicios fundamentados de la participaci¨®n de Romano van der Dussen en estas agresiones aparte del testimonio de las v¨ªctimas atacadas esa noche en un lugar de poca visibilidad y golpeadas al volverse cuando el agresor se dirigi¨® a ellas. Estoy convencido de que las v¨ªctimas actuaron de buena fe, pero el ADN prueba que se equivocaron.?
En el a?o 2007, la polic¨ªa cient¨ªfica espa?ola solicit¨® que se investigase por el Juzgado de Fuengirola (para ampliar uno par¨¢metros que faltaban en ese informe, de 16 par¨¢metros, faltaban 5 y coincid¨ªan 11), la posible implicaci¨®n de un asesino y violador ingles por haberse encontrado restos de su ADN en la primera v¨ªctima de Fuengirola. A finales de 2007, este juzgado incomprensiblemente archiv¨® el caso sin cumplimentar la comisi¨®n rogatoria para conseguir el ADN del ingl¨¦s, con el benepl¨¢cito del tribunal sentenciador.
En el a?o 2013, ese mismo juzgado designado por turno de reparto volvi¨® a devolver al tribunal sentenciador la comisi¨®n rogatoria pedida a instancias del Tribunal Supremo tras un recurso de revisi¨®n penal que yo hab¨ªa interpuesto en el a?o 2011.?
Por fin, en febrero de 2014, la juez reci¨¦n nombrada del Juzgado de Instrucci¨®n n? 3 de Fuengirola tramit¨® correctamente la comisi¨®n rogatoria, que cumpliment¨® Reino Unido en agosto de 2015. Una odisea de a?os, tr¨¢mites y burocracia judicial y administrativa para conseguir una prueba muy sencilla.
El Tribunal Supremo, a pesar de las razones y pruebas alegadas por este letrado, ha mantenido la condena de la segunda y de la tercera v¨ªctimas, absolviendo a mi defendido solo de la primera agresi¨®n. Acato y respeto la decisi¨®n de los jueces, pero como abogado defensor no puedo compartir esta decisi¨®n. Como he expuesto en el recurso de revisi¨®n penal a los jueces, si no se anula la sentencia y si no se revisan los tres delitos, si no se busca la verdad material en las sentencias, el tribunal superior cometer¨¢ el mismo error que el juzgador de instancia y se mantendr¨¢ la culpabilidad de un inocente para el resto de su vida a pesar de las evidencias de su inocencia.
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