Patrimonio subvenciona misas y rezos en el Valle de los Ca¨ªdos
El organismo pag¨® en 2013 casi 900.000 euros a tres congregaciones religiosas por celebrar ceremonias y cuidar edificios p¨²blicos
El Consejo de Administraci¨®n de Patrimonio Nacional subvenciona todos los a?os con 340.000 euros a la Abad¨ªa Benedictina del Valle de los Ca¨ªdos ¡°por levantar las cargas espirituales" y ¡°atender a la finalidad social de la fundaci¨®n¡±, seg¨²n el informe preliminar que ha redactado el Tribunal de Cuentas sobre la gesti¨®n en 2013 del citado organismo. El tribunal, adem¨¢s, cuestiona otras dos entregas de dinero en forma de subvenci¨®n por un total de 543.000 euros que perciben congregaciones religiosas de los Monasterios de Yuste (C¨¢ceres) y del El Escorial (Madrid). Ambas subvenciones est¨¢n fundamentadas tambi¨¦n en el levantamiento de cargas espirituales (¡°misas diarias, mensuales y anuales¡±) y custodia y atenci¨®n social por parte de los religiosos de bienes propiedad de Patrimonio Nacional, dependiente del Ministerio de Presidencia. As¨ª se indica literalmente como finalidad en los contratos o convenios que existen entre el Estado y estas congregaciones religiosas, y de los que se hace eco en el informe al que ha tenido acceso EL PA?S, cuestion¨¢ndolos, el Tribunal de Cuentas. Uno de los convenios que obligan a Patrimonio a la entrega anual de estos importes (que suman 880.000 euros) fue revisado en 2013, y otro data de 1958.
La subvenci¨®n de 340.000 euros a la Abad¨ªa del Valle de los Ca¨ªdos (tambi¨¦n conocida como Cuelgamuros) ¡°es anual y directa¡± (sin concurrencia ni publicidad) y su motivo es, se?ala el Tribunal de Cuentas, ¡°levantar las cargas espirituales impuesta por el fundador y atender a la finalidad social¡± de la Fundaci¨®n, denominada La Santa Cruz del Valle de los Ca¨ªdos. Y que ¡°principalmente¡±, subraya el informe del ¨®rgano fiscalizador, consiste en la actividad de ¡°un centro de estudios sociales, biblioteca, escolan¨ªa y hospeder¨ªa¡±. Otra condici¨®n para recibir el dinero es que la abad¨ªa ¡°en todo momento cuente con 20 monjes profesos y el correspondiente noviciado¡±.
Los auditores y letrados del Tribunal de Cuentas que han elaborado el informe, que ahora est¨¢ siendo supervisado por sus 12 consejeros (la mayor¨ªa nombrados por el PP) y adelantado este jueves por EL PA?S, se muestran muy cr¨ªticos con estas subvenciones. Y, especialmente, con la del Valle de los Ca¨ªdos. "De esta subvenci¨®n no se ha rendido nunca cuenta justificativa¡±, exponen. Cuando el tribunal pidi¨® que se justificase la subvenci¨®n de 2013 (a?o objeto de la fiscalizaci¨®n, Patrimonio Nacional aport¨® copias de facturas que fueron ¡°compulsadas posteriormente¡± por un funcionario de este organismo que se desplaz¨® hasta la Abad¨ªa.
Alegaciones de Patrimonio
Sobre la subvenci¨®n de 340.000 euros del Estado a la Abad¨ªa del Valle de los Ca¨ªdos, que ¡°nunca ha rendido cuentas, se?ala el Tribunal, Patrimonio Nacional ha explicado al ¨®rgano fiscalizador, como alegaci¨®n al informe, que a¨²n no se ha desarrollado la normativa que debe regular la gesti¨®n del Valle de los Ca¨ªdos y que, por ello, entiende que sigue vigente el antiguo convenio que permite tales ayudas entre la Fundaci¨®n y la Abad¨ªa. La Fundaci¨®n carece de toda actividad desde hace muchos a?os.
¡°A d¨ªa de hoy, Patrimonio Nacional ha venido asumiendo los gastos que genera El Valle de los Ca¨ªdos. Entre estos gastos se incluye una transferencia anual de 340.000 euros a favor de la abad¨ªa benedictina para sufragar la escolan¨ªa y mantener a la comunidad benedictina¡±.
Sobre el pago de 93.000 euros al Obispado de Plasencia, Patrimonio Nacional alude al convenio en el que se estipula que la finalidad es ¡°cubrir los gastos derivados de la residencia permanente de la comunidad religiosa (¡) en la zona asignada del Real Monasterio de San Jer¨®nimo de Yuste, incluidos los derivados de los servicios religiosos en la iglesia del Real Monasterio, y los gastos en que incurra la comunidad religiosa directamente afectados al cumplimiento de las obligaciones contempladas en el convenio".
¡°No se aporta memoria justificativa de haberse cumplido las condiciones y los objetivos del convenio suscrito, ni una explicaci¨®n sobre la vinculaci¨®n de los gastos justificados con el contenido de dicho convenio¡±. Se refiere el tribunal a un convenio entre la Fundaci¨®n de la Santa Cruz del Valle de los Ca¨ªdos y la citada congregaci¨®n religiosa que data de 1958. ¡°En el expediente [de justificaci¨®n por parte de Patrimonio] faltan, adem¨¢s, los informes del ¨®rgano gestor y de la intervenci¨®n sobre su conformidad o reparos a la justificaci¨®n presentada por el beneficiario [de la subvenci¨®n], as¨ª como en su caso, la aprobaci¨®n por el ¨®rgano competente. Este procedimiento, por tanto, no cumple suficientemente los requisitos formales y materiales establecidos para la justificaci¨®n de subvenciones en la Ley General de Subvenciones y en su reglamento¡±, dictamina el informe, elaborado por el departamento de la consejera del tribunal Enriqueta Chicano.
La otra subvenci¨®n que cuestiona el Tribunal de Cuentas es la que se otorga a la comunidad religiosa del Monasterio de El Escorial denominada Provincia Agustiniana Matritense. ¡°De la subvenci¨®n al Real Patronato del Monasterio de El Escorial por importe de 213.400 euros¡±, se?ala el ¨®rgano fiscalizador, ¡°la principal partida justificativa corresponde, a su vez, a una subvenci¨®n del Real Patronato a la Provincia Agustiniana Matritense, por importe de 450.000 euros". Esta subvenci¨®n obedece "a un contrato firmado en 1984 con la citada comunidad religiosa (¡) Y de acuerdo con ello, se ceden por tiempo indefinido [a los citados religiosos] diversos bienes inmuebles del Monasterio de El Escorial: La Real Bas¨ªlica, convento, noviciado, seminario, biblioteca, el edificio La Compa?a, en el que se sit¨²a el Real Colegio de Estudios Superiores Mar¨ªa Cristina, locales estos que integran el Real Colegio de Alfonso XII, huerta, jardines, etc¨¦tera, as¨ª como bienes muebles (pinturas, alhajas, relicarios, vasos y ornamentos sagrados, ropa de iglesia¡)". El citado convenio establece, adem¨¢s, y "a tanto alzado, una subvenci¨®n anual de 45 millones de pesetas (equivalente a 270.455 euros) cuya cuant¨ªa se ha venido revisando hasta llegar a los 450.000 euros abonados en 2013¡±.
A cambio de este dinero, aclara el tribunal, los religiosos ¡°se comprometen al levantamiento de diversas cargas espirituales que se especifican en el contrato (misa diaria, mensuales y anuales) y a colaborar en fines culturales, cient¨ªficos y de custodia¡± aludidos en el convenio ¡°de un modo gen¨¦rico e indeterminado¡±. Seg¨²n el tribunal, ¡°¨²nicamente se detalla de modo espec¨ªfico las obligaciones de custodia y direcci¨®n de la biblioteca por parte de tres religiosos (director y auxiliares), y las de dotar de diez becas para hijos de empleados de Patrimonio Nacional¡±. La ¨²nica justificaci¨®n aportada sobre estos gastos ¡°se limita a una memoria de actividades elaborada¡± por los religiosos ¡°sin aportaci¨®n de facturas¡±. Este procedimiento incumple tambi¨¦n la ley de subvenciones, zanja el tribunal, que adem¨¢s entiende que la regulaci¨®n de esta subvenci¨®n es "laxa" por lo "indeterminado" de sus fines; y se?ala que muchas veces quienes tienen que justificar en que invierten el dinero se limitan a decir, sin m¨¢s, que est¨¢n cumpliendo con lo acordado. Es decir, que las misas se celebran, los bienes se cuidan y las atenciones sociales, en su caso, se han desarrollado.
Y la tercera subvenci¨®n que ha investigado el Tribunal de Cuentas es la destinada al obispado de Plasencia (C¨¢ceres) y que es fruto de un convenio firmado en 2011 entre este y Patrimonio Nacional, y que establece ¡°la cesi¨®n durante 20 a?os, a t¨ªtulo gratuito, para que se instale¡± la denominada "orden de San Pablo, el primer Eremita de Polonia¡±, de clausura, en una parte del Monasterio de Yuste. Adem¨¢s de esa cesi¨®n, Patrimonio se compromete anualmente a pagar 93.000 euros y se hace cargo de las obras de rehabilitaci¨®n, conservaci¨®n y mantenimiento de las dependencias cedidas, entrega del mobiliario, elementos lit¨²rgicos y ajuar dom¨¦stico; y tambi¨¦n a cubrir "los gastos de seguridad, suministro de luz, agua y combustible para calefacci¨®n y agua caliente en sus dependencias¡±. Los religiosos se comprometen, a cambio de ese dinero, ¡°a mantener la residencia permanentemente, atender el servicio de culto en la iglesia del monasterio y a colaborar en actividades de ¨¢mbito cultural, que no se especifican¡± en el convenio, subraya el tribunal.
¡°No consta explicaci¨®n alguna sobre la necesidad o conveniencia para el inter¨¦s p¨²blico de este convenio y de los gastos asumidos (sueldo de los monjes, cotizaciones sociales, alimentaci¨®n, menaje, libros, etc¨¦tera), ni tampoco sobre el c¨¢lculo del importe total de la subvenci¨®n, que no se apoya en presupuesto alguno¡±. Los justificantes que ha presentado el Obispado de Plasencia son los siguientes: "n¨®minas de dos sacerdotes (19.684 euros), paga extra de otro sacerdote (703 euros), cotizaciones a la Seguridad Social (4.857,72), mobiliario sacrist¨ªa (42.915), alojamiento dos meses casa sacerdotal Plasencia (2.244), alimentaci¨®n y gastos varios (16.579) y libros (6.468 euros)".
La subvenci¨®n de 340.000 euros anuales es a cambio de custodiar el inmueble y decir misas todos los d¨ªas
Patrimonio Nacional ha alegado ante el Tribunal, en relaci¨®n a la subvenciones concedida a los religiosos del Monasterio de El Escorial, que ¡°no existe una subvenci¨®n a la Comunidad Agustiniana Matritense, la subvenci¨®n se concede al Real Patronato del Monasterio de El Escorial¡±. Y que este, a su vez, ¡°tiene un contrato¡± con los citados religiosos formalizado ¡°por el Consejo de Administraci¨®n de Patrimonio Nacional, actuando en este caso como administrador del citado Real Patronato¡±. Sobre este asunto, Patrimonio a?ade: ¡°En cuanto a la justificaci¨®n de las subvenciones, en este y en otros patronatos, las debilidades apreciadas [por el tribunal] han servido para que el Consejo de Administraci¨®n de Patrimonio Nacional haya probado en 2015 las [nuevas] normas generales de concesi¨®n, distribuci¨®n y justificaci¨®n de las subvenciones¡±.
El tribunal entiende que las subvenciones y convenios firmados con estas tres congregaciones, m¨¢s que el cuidado de los inmuebles p¨²blicos, tienen como finalidad "casi exclusivamente el mantenimiento de las comunidades religiosas", y subraya que "no consta explicaci¨®n alguna sobre la necesidad o conveniencia para el inter¨¦s p¨²blico" de los citados convenios, "ni tampoco los gastos asumidos (sueldos de los monjes, alimentaci¨®n, menaje, libros, etc¨¦tera)". A?ade, adem¨¢s, que tampoco "consta el c¨¢lculo de los importes de las subvenciones" (es decir, por qu¨¦ se entrega ese monto de dinero y no otro); ni se "especifican los gastos subvencionables ni su justificaci¨®n con relaci¨®n al contenido y finalidad de los convenios". Tambi¨¦n llama la atenci¨®n en el hecho de que dos de las citadas congregaciones "no hayan presentado nunca cuentas justificativas hasta que estas fueron solicitadas por el tribunal", en 2013.
Fuentes judiciales consultadas por este peri¨®dico se?alan: "Con estas entregas importantes de dinero, sin sacar nada a concurso, se vulnera la igualdad de culto en un estado constitucionalmente aconfesional, y se beneficia a una confesi¨®n religiosa a la que se le deja ocupar un edificio p¨²blico; y, encima, se le pagan todos los gastos internos y de conservaci¨®n. ?Qu¨¦ es eso de pagar por misas diarias o levantar cargas espirituales? Esos convenios deben cambiarse y ajustarse al hecho de que Espa?a es un pa¨ªs que no debe primar con dinero de todos a una ¨²nica religi¨®n", entienden las citadas fuentes. Este peri¨®dico intent¨® ayer recabar la opini¨®n de Patrimonio Nacional.
investigacion@elpais.es
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