La Audiencia dice que los cr¨ªmenes de ETA no fueron contra la humanidad
El auto de la Secci¨®n Tercera considera que no se trata de ataques sistem¨¢ticos contra la poblaci¨®n civil por motivos discriminatorios
La Audiencia Nacional ha rechazado que los cr¨ªmenes de la organizaci¨®n terrorista ETA puedan ser considerados delitos de lesa humanidad: sostiene que no se trata de ataques sistem¨¢ticos contra la poblaci¨®n civil por motivos discriminatorios, sino que sus acciones se encuadran en asesinatos o secuestros de personas determinadas.
"Aun cuando consideremos que el terrorismo es una forma de ataque letal, que puede afectar a un n¨²mero elevado de v¨ªctimas, y que puede tener un car¨¢cter trasnacional, ello por s¨ª solo no sirve para hacerle part¨ªcipe de las caracter¨ªsticas t¨¦cnicas que configuran los cr¨ªmenes de lesa humanidad", destaca el auto, notificado este viernes.
As¨ª lo entiende la Secci¨®n Tercera de lo Penal en un auto en el que confirma la decisi¨®n del juez Ismael Moreno de rechazar la querella que present¨® el presidente de Dignidad y Justicia, Daniel Portero, para que se investigara por lesa humanidad a la c¨²pula de ETA que orden¨® el asesinato de su padre, Luis Portero, el 9 de octubre de 2000. Por este crimen fue condenado en 2008 el exdirigente militar de ETA Juan Antonio Olarra Guridi y en 2002 los autores materiales, integrantes del comando Andaluc¨ªa de ETA, Harriet Iragi y Jon Igor Solana.
La resoluci¨®n de la Secci¨®n Tercera dedica 20 p¨¢ginas a distinguir los delitos de terrorismo de los delitos de lesa humanidad. Para que se pueda enmarcar un asesinato por motivos pol¨ªticos en el grupo de cr¨ªmenes contra la humanidad, la acci¨®n debe suponer un "desaf¨ªo real" a las instituciones, debe ser capaz de provocar "reacciones en cadena" y "crear una atm¨®sfera" que "incite" a los cr¨ªmenes de otros.
"Tolerancia de los aparatos de poder"
Para poder hablar de un "ataque generalizado", a?ade el auto, "es preciso que se cuente con la tolerancia de los aparatos de poder" o con la "existencia de una organizaci¨®n capaz de aprovechar ese descontrol por parte de aquellos en un territorio concreto", lo que, afirma la Audiencia, no se ha dado en el medio siglo que ETA ha matado por la independencia del Pa¨ªs Vasco. Seg¨²n el tribunal, "el terrorismo no deja de ser un m¨¦todo dependiente de la voluntad de su autor y de la reacci¨®n de terror que provoca en las v¨ªctimas", mientras que los cr¨ªmenes de lesa humanidad "nacen de la combinaci¨®n de una movilizaci¨®n similar a la que genera un estado de guerra".
Tambi¨¦n advierten los tres jueces que los hechos denunciados difieren del caso del exmilitar argentino Adolfo Scilingo, condenado por participar en los conocidos como vuelos de la muerte, en los que arroj¨® al mar a supuestos opositores detenidos en la Escuela Superior de Mec¨¢nica de la Armada (ESMA). Este caso era invocado por Dignidad y Justicia en su querella contra los miembros de la direcci¨®n de ETA que ordenaron el asesinato del fiscal Portero.
La resoluci¨®n conocida este viernes entra en contradicci¨®n con otra dictada por la Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Penal, que dio por buena la apertura de una investigaci¨®n a cinco exdirigentes de ETA por lesa humanidad, aunque no por genocidio como reclamaron los querellantes, entre ellos Daniel Portero.
Ahora, los magistrados de la Secci¨®n Tercera ¡ªAlfonso Guevara, ?ngeles Barreiro y Ferm¨ªn Echarri¡ª consideran que la "imposibilidad de reconducir estos hechos (...) a un espectro de lesa humanidad es patente" y no s¨®lo porque, seg¨²n ratificaron sus otros compa?eros, ¨²nicamente se pueden investigar por ese delito las acciones terroristas perpetradas desde el 1 de octubre de 2004, cuando entr¨® en vigor en Espa?a esta figura delictiva.
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