Estrasburgo condena a Espa?a por la expulsi¨®n irregular de dos inmigrantes en Melilla
El Tribunal de los Derechos Humanos sentenci¨® este martes que las autoridades espa?olas violaron las normas europeas
Espa?a deber¨¢ pagar 10.000 euros a dos inmigrantes africanos que fueron expulsados de forma irregular y en contra de sus deseos en agosto de 2014. El Tribunal de los Derechos Humanos de Estrasburgo sentenci¨® este martes que, al deportarlos nada m¨¢s saltar las vallas que separan Marruecos del enclave norteafricano de Melilla, las autoridades espa?olas violaron las normas europeas que proh¨ªben expulsiones sumarias y sin posibilidad de recurso. La sentencia puede ser recurrida.
Los inmigrantes, identificados por el tribunal con las iniciales N.D y N.T, proced¨ªan de Mal¨ª y Costa de Marfil. N.D. naci¨® en 1986. N.T, en 1985. El primer hab¨ªa llegado a Marruecos en marzo de 2013; el segundo, a finales de 2012. Resid¨ªan en un campamento en el monte Gurug¨², cerca de la frontera con Melilla, enclave espa?ol en el norte de ?frica. El 13 de agosto salieron del campamento junto con un grupo de subsaharianos para cruzar las tres vallas ¡ªdos de 6 metros y una de 3, dice el comunicado de la sentencia¡ª que separan ambos pa¨ªses. En cuanto hubieron cruzado la ¨²ltima valla, la guardia civil los arrest¨®, los espos¨® y los condujo a Marruecos.
El problema ¡ªy aqu¨ª es donde la actuaci¨®n espa?ola topa con el Convenio Europeo de Derechos Humanos¡ª es que lo hizo sin verificar su identidad, sin dejarles explicarse, sin acceso a abogados, ni traductores ni personal m¨¦dico. Las autoridades marroqu¨ªes trasladaron a N.D. y N.T. a la ciudad de Fez, a 300 kil¨®metros de la frontera. Ambos volvieron a entrar a Espa?a a finales de 2014. El primero fue deportado a Mal¨ª y el segundo se encuentra en paradero desconocido.
La denuncia por lo irregular de la expulsi¨®n de 2012 parti¨® de varias oeneg¨¦s y fue corroborada por v¨ªdeos y testimonios de recogidos por la ACNUR (Agencia de la ONU para los Refugiados). El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, establecido por el Consejo de Europa en 1959, vela por el respeto de los derechos humanos en los 47 estados.
El Gobierno espa?ol aleg¨® en su defensa que los demandantes no pod¨ªan acogerse al estatuto de v¨ªctimas y que t¨¦cnicamente los hechos en cuesti¨®n hab¨ªan ocurrido fuera del territorio espa?ol. Los jueces concluyeron que al cruzar a un territorio bajo control de las autoridades espa?olas ya se encontraban de hecho bajo su jurisdicci¨®n, y que con su relato del viaje desde su pa¨ªs acreditaron debidamente su estatuto de v¨ªctimas. Concluyeron que Espa?a hab¨ªa violado el art¨ªculo 4 del protocolo 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que proh¨ªbe las expulsiones colectivas de extranjeros, y el art¨ªculo 13, que garantiza el derecho a un recurso efectivo. Cada uno de los demandantes recibir¨¢ 5.000 euros de indemnizaci¨®n.
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