?Y ahora qu¨¦?
En el territorio de la Uni¨®n est¨¢ vigente la orden europea de detenci¨®n y entrega, una extradici¨®n simplificada, que excluye la intervenci¨®n de los Gobiernos de los Estados miembros
En la tarde de este jueves hemos tenido noticia de que la Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein ha acordado en principio inadmisible la imputaci¨®n por delito de rebeli¨®n de Carles Puigdemont, pero cree que s¨ª puede ser aceptado el de corrupci¨®n, como malversaci¨®n. Probablemente esta decisi¨®n indiciaria, que no definitiva, sirve para justificar la puesta en libertad con fianza del Sr. Puigdemont, pero parece marcar el sentido de la decisi¨®n final.
No debemos olvidar que estamos hablando del espacio judicial de la Uni¨®n Europea, y de un principio de nuevo cu?o, el reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales de ¨¢mbito penal. A diferencia de lo que sucede por ejemplo en Suiza, pa¨ªs miembro del Consejo de Europa, no estamos en presencia de la extradici¨®n con la intervenci¨®n de la autoridad pol¨ªtica que ello comporta. En el territorio de la Uni¨®n est¨¢ vigente la orden europea de detenci¨®n y entrega, una extradici¨®n simplificada, que excluye la intervenci¨®n de los Gobiernos de los Estados miembros y cuyos motivos de denegaci¨®n de entrega est¨¢n tasados en la ley. Dicho de otro modo, ning¨²n responsable pol¨ªtico puede vetar la entrega, solamente intervienen las autoridades judiciales.
La resoluci¨®n del tribunal alem¨¢n parece retrotraernos en el tiempo a lo acontecido hace meses en B¨¦lgica. En estos procedimientos de la orden europea de detenci¨®n y entrega rige el principio de especialidad, como ocurre en los procedimientos de extradici¨®n. En virtud de este principio la persona entregada no podr¨¢ ser procesada, condenada o privada de libertad por una infracci¨®n cometida antes de la entrega distinta de la que motiv¨® esta. Ello quiere decir que el Sr. Puigdemont no podr¨¢ ser procesado por el delito m¨¢s grave, la rebeli¨®n. Ello sin duda lo pone en mejor condici¨®n que a los otros procesados que se quedaron en Espa?a y est¨¢n en prisi¨®n preventiva.
Ante esta situaci¨®n, caben dos opciones. La primera es retirar la euroorden, tal y como sucedi¨® anteriormente. No debemos olvidar que las ¨®rdenes europeas de detenci¨®n y entrega se pueden retirar hasta que se efect¨²a la entrega efectiva del reclamado. La segunda es que, en el caso de que se produzca definitivamente la entrega, si el Sr. Puigdemont es condenado por el delito de malversaci¨®n, llegado el caso, una vez cumplida la condena ¡ªo si es absuelto del citado delito¡ª, transcurridos sesenta d¨ªas, de permanecer en nuestro pa¨ªs podr¨ªa ser procesado por el delito que hoy las autoridades judiciales alemanas entienden que es inadmisible.
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