La Junta andaluza pagar¨¢ 165 millones a un promotor por paralizar su centro comercial
El Supremo da la raz¨®n al empresario Tom¨¢s Olivo en su pulso judicial por un edificio de Granada
La Junta de Andaluc¨ªa pagar¨¢ 165 millones al promotor urban¨ªstico Tom¨¢s Olivo como indemnizaci¨®n por haber paralizado las obras del centro comercial Nevada Shopping a las afueras de Granada. El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso del Gobierno auton¨®mico tras la resoluci¨®n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) que confirm¨® la desorbitada cifra, establecida como compensaci¨®n al empresario murciano por el lucro cesante que dej¨® de percibir durante los siete a?os que el centro comercial estuvo paralizado.
Tras la providencia del Supremo, la Junta ha alegado que acudir¨¢ al Tribunal Constitucional y as¨ª intentar paliar el varapalo judicial por parte de la Sala Contencioso-Administrativa fechada la semana pasada. El presupuesto anual del Ejecutivo auton¨®mico es de 34.759 millones.
La delegada de la Junta en Granada, Sandra Garc¨ªa, ha confirmado que el Ejecutivo agotar¨¢ todas las v¨ªas y acudir¨¢ al alto tribunal tras el varapalo judicial en el Supremo. "No se ha tenido en cuenta la incidencia en la suspensi¨®n del proyecto que tuvo el procedimiento penal, en el que la Junta no era parte", ha alegado sobre la condena por v¨ªa penal que sufri¨® Olivo, pero que no afect¨® a la v¨ªa contencioso-administrativa.
La empresa reclamaba judicialmente a la Junta 260 millones por la paralizaci¨®n de las obras del edificio, despu¨¦s de que el TSJA avalara la licencia de obras que fue concedida en 2005 por el Ayuntamiento de Armilla, municipio del extrarradio de la ciudad andaluza. En segunda instancia, el alto tribunal andaluz rebaj¨® la cuant¨ªa hasta los 165 millones. Mientras, las obras del centro estuvieron a?os paradas y una sentencia por v¨ªa penal conden¨® a derribar parte de los 370.000 metros cuadrados construidos.
La Junta mantiene que otras resoluciones del Juzgado de lo Penal y de la Audiencia de Granada hicieron "imposible" la apertura del centro comercial, por lo que se ha decido valorar el efecto de tales pronunciamientos "no imputables a la Administraci¨®n auton¨®mica". Tambi¨¦n ha considerado que falta la acreditaci¨®n del lucro cesante, ya que el fallo del TSJA ni siquiera indica el periodo exacto en que se produce, y se?ala "deficiencias" en el tipo de procedimiento empleado por el promotor, entre otras cuestiones.
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